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@ MVOTMA Ministerio de Vivienda Ordenamniento Territorial y Moaio Ambiente 01896 E ARTIGAS ‘Unio be (os Putatos Lives ‘icentenaeto.uy A ae DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS ASUNTO 39/2014 Montevideo, 24 JUL 2014 VISTO: la configuracién del interés general de incorporar bienes inmuebles a la Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social, creada por la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008; RESULTANDO: 1) que el Estado, adquirié los inmuebles empadronados con los nimeros 2.143 y 35.460 de la Localidad Catastral de Montevideo, por escritura de Dacién en Pago-tradicién otorgada con los BANCO DE CREDITO- FONDO DE RECUPERACION DE PATRIMONIO BANCARIO, segun escritura que el 29 de octubre de 2013 autorizé la Esc. Verénica Cassinelli, inscripta en el Registro de la Propiedad, seccién Inmobiliaria de Montevideo con el némero 46243 el 14 de noviembre siguiente; Il) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente manifesté su interés en los inmuebles referidos en el Resultando I), para ser afectados a la Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social, por las caracteristicas y ubicacién de los predios para el desarrollo de los Programas de Viviendas de Interés Social incluidos en el Plan Quinquenal aprobado por la Ley de Presupuesto numero 18.719; IIT) que se ha planteado contribuir sustantivamente en el logro de los objetivos prioritarios del Gobierno Nacional: la erradicacién de la indigencia y la reduccién de la pobreza, para lo cual es necesario ampliar la cobertura en cantidad y calidad y realizar el mejor aprovechamiento de las tierras y bienes pUblicos, de acuerdo a las potencialidades de cada uno de ellos y de los lugares donde estan ubicados; IV) que los citados bienes son un area vacante ubicada en un drea de la ciudad, consolidada y servida, que admite la construccin agrupada de viviendas de interés social, lo cual es una oportunidad de calificar el area, de contribuir a revertir procesos de degradacién urbana y generar tejidos residenciales socialmente heterogéneos; V) que con fecha 27 de enero de 2014, el Ministerio de Economia y Finanzas, presté su conformidad, para la afectacion a la Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social de la Direccién Nacional de Vivienda, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; CONSIDERANDO: que es interés del Estado, Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el aprovechamiento de los bienes publicos disponibles, para el desarrollo de sus Programas de Viviendas de Interés Social, en zonas urbanas consolidadas y suburbanas necesarias para construccién de viviendas de interés social; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el articulo 8 de la ley 16.112 de 30 de mayo de 1990, articulo 400 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Ley 18.362 del 6 de octubre de 2008 y su decreto reglamentario No. 258 /010 de 24 de agosto de 2010; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE: 1° - Aféctase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, desafectandolo de su actual destino, Ministerio de Economia y Finanzas los inmuebles empadronados con los nimeros 2.143 y 35.460 sitos en la Localidad Catastral de Montevideo, adquiridos por titulo Dacién en Pago y modo tradicién, en escritura otorgada con BANCO DE CREDITO- FONDO DE RECUPERACION DE PATRIMONIO. BANCARIO, que el 29 de octubre de 2013 autorizé la Escribana Verénica Cassinelli, cuya primera copia se inscribié en el Registro de la Propiedad, seccién Inmobiliaria de Montevideo, con el numero 46.243, el 14 de noviembre siguiente, los que JOSE ARTIGAS Untbn 0 (8 Pussios Lincs ‘eewrewanto.uy segtin Plano de Mensura del Agrimensor Juan S. Canavesi de mayo de 1967 inscripto en la Direccién General de Catastro con el numero 57.050 el 8 de junio siguiente, se describen asi: A) Terreno con edificio ubicado en la localidad catastral de Montevideo, zona urbana, padrén 2.143, tiene un drea de doscientos cuarenta y un metros ocho mil veinte centimetros que se deslinda asi: 2 metros 87 centimetros al Norte de frente a la calle Isla de Flores, distando el punto medio 41 metros 585 milimetros de la esquina con la calle Magallanes, 43 metros al Este lindando con padrén 2.142; 10 metros 94 centimetros al Sur lindando con padrén 2.144 y al Oeste linea quebrada compuesta de tres tramos rectos que a partir del limite anterior miden y corren de la siguiente manera: el primero de 14 metros 72 centimetros de Sur a Norte, el segundo de 8 metros 22 centimetros de Oeste a Este y el tercero de 28 metros 39 centimetros de Sur a Norte, lindando el primero con los padrones 2.149 y 2.148 y los dos restantes con padrén 35.460 y B) Terreno con edificio, ubicado en la localidad catastral de Montevideo, zona urbana, padrén 35.460, tiene un drea de doscientos treinta y cinco metros doscientos diez centimetros que se deslinda asi: 8 metros 35 centimetros de frente al Norte a la calle Isla de Flores, distando su punto mas cercano 31 metros 80 centimetros de la esquina que forma con la calle Magallanes, 28 “ metros 39 centimetros al Este lindando con padrén 2.143, 8 metros 22 centimetros al Sur lindando con el padrén citado en Ultimo término y 28 metros 35 centimetros al Oeste lindando con padrones 2.144 y 2.148. 2° - Cométase a la Divisién Notarial del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la inscripcién del Testimonio de esta Resolucidn, en el Registro correspondiente y resguardo junto con los antecedentes dominiales y gréficos. 3° - Dese cuenta a la Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social (CIVIS), de la Direccién Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y al Registro Unico de Inmuebles del Estado (RUTE) de la Contaduria General de la Nacién. 4° - Comuniquese, etc. JOSE MUSICA Presidente de ke Repabien

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