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Tarifa-Lct 1

Tarifas de Terminal Portuaria Hutchison LCT

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HUTCHISONPORTS {LC Terminal Portuarta de Contenedores S.A. de C.V. Boulevard dos 1, Mi 4, Col a el Cayacl LCT 60850, Ca Lazo Cardenas, hchoscan, ho 1 (62) 788 533 0500, eipe.com.mx Miércoles 28 de Febrero del 2024. Lazaro Cardenas, Michoacan. Direccién General de Puortos. Coordinacién General de Puertos y Marina Mercante. Secretaria de Marina. AT'N: CAPITAN DE ALTURA MARIA MARISA ABARCA HERNANDEZ. Estimada Cap. Alt. Abarca Hemandez, CP. José Alfredo Huesca Sanchez en mi carcter de representante legal de la empresa “LAZARO CARDENAS TERMINAL PORTUARIA DE CONTENEDORES’ misma que acredito con la copia certificada del testimonio notarial nimero 96,224 expedido por el titular de la notaria publica nimero 145 de la Ciudad de México (documento que previo cotejo con su copia solicito me sea devuelto); R.F.C. LCT030408U39 y domicilio fiscal asi como para oir y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Boulevard de las Islas No.1 Médulo 14, Col. Isla del Cayacal, C.P. 60950, Cd. Lazaro Cardenas, Michoacan y autorizando para tales efectos a los, Licenciados en Derecho ENRIQUE OCANA MARTINEZ, LINO LEMUS TRINIDAD, indistintamente, y como responsable de entrega fisica de documentos tarifarios ante la Secretaria de Marina - Direccién General de Puertos a C.JUAN ELADIO ROMERO LOZANO ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente: El depésito de Tarifas se hace en apego a lo dispuesto en el contrato de cesién parcial de derechos “APILAZ01-015/03" y sus respectivas modificaciones celebrado entre la Administracién Portuaria Integral de Lazaro Cérdenas, S.A. de C.V. (actualmente renombrado como Administracién del Sistema Portuario Nacional de Lazaro Cardenas, S.A. de C.V). y mi representada. A través de este medio y en apego a lo dispuesto en el contrato de cesién parcial de derechos iiGpciones vigente “APILAZ01-015/03" y sus respectivas modificaciones celebrado entre la acién Portuaria Integral de Lazaro Cardenas, S.A. de C.V. (actualmente renombrado /Administracién del Sistema Portuario Nacional de Lézaro Cardenas, S.A. de C.V.) y mi ntada, por este conducto con la presentaci6n de este ocurso y su recepcion procedo a las tarifas maximas relacionado con dicho Contrato de Cesién cal de Derechos. | Huesca Sanchez [ge CDAD Reco Gerente General Lazaro Cardenas Terminal Portuaria de Contenedores C.GP: Lio, Francisco Javier Orozco Mendoza ~ Director Comercial de Hutchison Ports México, GLI Ameer or ccnerison iotngs |) TARIFAS 1. 1.3 Estiba de contenedores en buque a) Celda a celda b) Celda-muelle-celda 2, MANIOBRAS DE CONTENEDORES EN TIERRA (CARGA O DESCARGA) CONTENEDORES DE CUALQUIER TAMANO © CLASE 2.1 Acarreo de costado de muelle a patio de contenedores 22 Acarreo de patio de contenedores a costado de muelie 2.3 Carga de contenedor a medio de transporte terrestre 2.4 Descarga de contenedor de medio de transporte terrestre 3. MANIOBRAS ADICIONALES EN TIERRA 3.1 Estiba de contenedor en patio a solicitud de cualquier usuario. 3.2 Acarreo de contenedor dentro de la terminal a solictud de cualquier usuario. 3.3 Acarreo de mercancia (contenedor) a patio para su inspeccién ocular por agente aduanal, autoridad 0 linea naviera, a solicitud de cualquier usuario. (No incluye la carga a transporte reste, servicio pibico federal o a géndola de ferrocarri HL 3:4 Desconsoldeciniconsoliacion de meresneia de contenedor al mismo contenedor pare su aduanal, autoridad o linea naviera, jalquier usuario. 3.5 Desconsolidaciéniconsolidacién de mercanca de contenedor a distinto contenedor. 3.8 Desconsolidacion de mercancia de contenedor a medio 3.7 Consolidacion de mercancia de SPF 0 es gues ccontenedor. 3.8 Acarreo de contenedor para su Desconsolidacién/Consolidacién solicitado por cualquier usuario. (No incluye la maniobra de desconsolidacioniconsolidacion, no incluye la carga a transporte iblico federal o carga a gondola de ferrocarri 3.9 Conexién/desconexién de contenedor ey of © fraccién, transporte (SPF) o 3.12 Armado/Desarmado de atados de contenedores Fiat Rack, abatir paneles o levantar panoles y ‘conformacion. 13 Uso de dique de contencién para atencién a derrame. Posicionamiento de contenedor en estiba baja en gondola de ferrocarri 15 Ventilacién de la mercancia en e! contenedor posterior a fumigaci6n oa solictud del usuario, '3.46 Inspecoln ocular de contenedor, por parte del usuario, sobre plataforma de transporte terrestre 1e Servicio Public Faderal (camién) 4. MANEJO, ALMACENAJE Y CUSTODIA DE MERCANCIAS DE COMERCIO EXTERIOR ‘Servicios aduaneros a mercancias de comercio exterior ingresadas a la terminal, en su carécter de Fecinto fiscalizado, para ser almacenadas, manejadas, custodiadas, y por las cuales se pagaran ol ‘almacenaje (que incluiré el manejo y custodia de acuerdo con los articulos 14-A, 14-B, 15 y 26 de la Ley ‘Aduanera) después de aplicar el periodo libre de almacenamiento, las siguientes tarifas: 8) Contenedor leno, por dia o fraccién, después del periodo libre | | i i la ley. ) Contenedores vacios por dia o fracoién después del tiempo libre Periodo libre de cargo 1 (uno) dla natural a suelta, por dia o fraccién y por tonelada / M3 0 fraccién de mercancia (Lo que sea mi 5. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Monitoreo de inspecci6n previa via web 5.2. Descarga de video de! monitoreo de inspeccién previa via web 53 Control Electrénico y Documental de la Informacion 5.4 Elaboracion de EIR (inspeccion de contenedores para: 5.5 El seaman ite EIR ro 58 He de EIRo EIR somites §.7 _Instalacién de sellos a contenedores de importacion y exportacién, que a peticién del usuario se realicen. (Aprobaci6n anticipada por el prestador del servicio) 6.8 Removericolocar: gee a contenedores. ‘Nota: No incluye acarreo(s) de contenedor(es), ni etiquetas. 6.10 Servicio de limpieza a peticién del usuario, por contenedor, por evento. (No incluye el acarreo del ccontenedor en caso de ser necesario). a) Barrido b)_Lavado Lavado Especial 5.12 Servicio complementatio a) Servicio aye rio con pope sree: sin re 5.14 Acarreo de contenador entre racintos 5.18 _Estiba especial para segragacién de contenedor para (Camién / Ferrocarrly 6. MANIOBRAS DE CARGA SUELTA 1 Garantia de servicios i ‘maniobras en CFS/ Contenedor 6.2 Carga de mercancla suelta a vehiculo de servicio piblico federal 6.3 Descarga de mercancia suelta de vehiculo de servicio piblico federal 6.4 Posicionamiento de mercancia suelta a disposicién de Agente Aduanal, Autoridad o Linea Naviera é su - n 6.5 Acarreo de mercancia suelta para retorno a la posicién dentro de cobertizo posterior a su sere encese cee cli mismo dia 6.6 Servicio de validacion elecirénica de datos pis oa House (Conocimiento de. oe 6.7 Control electrénico i documental de la informacion de ae suelta ‘Nota: Las maniobras correspondientes a mercancias 0 contenedores considerados como especiales {open fp, Hat racks, sotanques, sobredimensionados)o pelgroses, tend un rcargo en tara de! 10096) De ser requerida una carga de mercancia suelta de almacén a vehiculo de Servicio Publico Federal (cami6n) 0 vehiculo de transporte terrestre, se podré realizar en varios esquemas de programacién: 8) Programacién de retiro para 6! mismo dia de su programacién (urgente), para carga de ‘mercancia suelta de almacén a Servicio pablico Federal o vehiculo de transporte torrastre, y que este sea autorizado por el prestador de servicios, se ‘un recargo del 100% adicional a su tarifa, 1b) La programacién flexible o programacién siper-flexible (c vigencia) para Carga de mercancia suelta de almacén a /ehioulo de Servicio Pablico Federal (camién) 0 vehiculo de transporte terrestre, tendré un ‘adicional del 100%, en caso que esta no sea realizada por falta de documentacién presefitada en tiempo (a més tardar a la 1pm 1 dla de su retro); también aplicaré dicho recargo ‘2 pesar de haber presentado la documentacion fa mercancfa suelta de almacén no 1a por e! usuario que lo requiere, boleta pendiente de actvar o sin ——e ©) La programacion aldsice o ascenso para carga de mercancia sueita de almacén a vehiculo de ‘Serviolo Pablico Federal (camién) 0 vehicullo de transporte terrestre, este tipo de programacion Contempla/inoluye la cancelacién, o bien, la no realizaci6n de la maniobra en mencién, este tipo de programacién tendré un recargo adicional del 100%. En general, fa programaoién de los servicios mencionados, en caso de programarios y no sean realizados (no se presenten) 0 bien, dichos servicios sean cancelados por causas imputables al usuario que fo requiere (Ya sea por el importador/exportador, transportiste, naviera, Agente ‘aduanal, Forwarder, consignatario,o usuario que fo solicte) se hard el recargo del 100% de la tarifa ‘establecida, por el (los) servicio(s) requeride(s) y no realizado(s) 0 bien cancelado(s). 7, MANIOBRAS DE MERCANCIA SUJETA A PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 7.4 Garantia de servicios 2 maniobras en CFS/Contenedor 7.2 De Contenedor a Aimacén. oe de contenedor de medio de coe lores ‘Acarreo de contenedor para su Desconsolidacién/Consolidacion solicitado por el usuario. (No incluye la maniobra de desconsolidacion/consolidacién, no incluye la carga a transporte pablico federal o seas de ferrocarri), c)__Acarreo de contenedor vacio a area de vacios, por contenedor. 4) _Desconsolidacién de mercancfa de contenedor a medio de transporte a SPF 0 patio(cobertizo) ‘Servicios aduaneros a mercancias de comercio exterior ingresadas a la terminal, en su ccardcter de recinto fiscalizado, para ser almacenadas, manejadas, custodiadas, y por las ‘cuales se pagardn el almacenaje (que incluiré el manejo y la custodia de acuerdo con los articulos 14-A, 14-B, 18 26 de la Ley Aduanera) después de aplicar el periodo libre de ‘almacenamiento, las siguientes tarifas: 7.3 De caja seca a almacén @) Descarga de mercancfa suelta de vehiculo de b) _Posicionamiento de mercancia suelta_a disposicién de Agente Aduanal, Autoridad 0 Linea Naviera para su inspeccion ©) _Acarreo de mercancia suetta para retorno a la posicion dentro de cobertizo posterior a su eo ‘caso de no retirarse el mismo dia 4) Servicios aduaneros a mercancias de comercio exterior ingresadas a la terminal, en su ccarécter de recinto fiscalizado, para ser almacenadas, manejadas, custodiadas, y por las ‘cuales se pagarén el almacenaje (que incluiré el manejo y la custodia de acuerdo con los articulos 14-A, 14-B, 15 y 26 de la Ley Aduanera) después de aplicar el period libre de almacenamiento, las siguientes tarfas: de mercancia suelta a vehiculo de servicio pablico federal 5 sspondientes a mercanclas sujetas a pi recargo del 400% sobre la(s) maniobra(s) realizada(s) si se trata de mercancia sensible o pereceders. ll) REGLAS DE APLICACION Las siguientes tarifas se refiere al servicio portuario que presta LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A, de C.V., en la terminal especializada de contenedores del Puerto de Lazaro Cardenas, Michoacan, la cual tiene el carécter de cobro maximo y a partir de ella podrén aplicar cuotas promocionales o de descuento. Descripcién general de las maniobras 1. MANIOBRAS DE CONTENEDOR EN BUQUE MANIOBRAS DE CONTENEDORES EN BUQUE, (CARGA 0 DESCARGA), CONTENEDORES DE CUALQUIER TAMANO 0 CLASE 1.1 Descarga de buque a costado de muelle.- a) Por contenedor lleno 0 vacio, por evento.- La maniobra consiste en izar el contenedor @ bordo del ‘buque con la gria porta contenedores de donde se encuentre estibado y colocarlo sobre la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio en costado de muelle, ») Por contenedor en transbordo lleno o vacio (medio ciclo).- La maniobra consiste en izar el contenedor de a bordo del buque con la gria porta contenedores de donde se encuentre estibado y colocario sobre la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio en costado de muelle para su acarreo al area de estiba en patio, en espera de su cargadura a otro buque. 1.2 Carga de buque do costado de muelle. ) Por contenedor lleno 0 vacfo, por evento.- La maniobra consiste en izar el contenedor de la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio en costado de muelle con la gra porta contenedores y colocario @ bordo del buque. ) Por contenedor en transbordo leno o vacio (medio ciclo). La maniobra consiste en descargar el contenedor, de su estiba en patio, colocarlo en la plataforma de acarreo intemo del prestador de servicio, acarreario a costado de muelle, izar el contenedor de la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio en costado de muelle con la griia porta contenedores y colocarlo a bordo de buque. 1.3 Estiba de contenedores en buque ‘) Estiba de contenedores (celda - colda).- Consiste en izar el contenedor a bordo del buque con la gia porta contenedores de donde se enouentre estibado, desplazarlo y estibario debidamente en el lugar que se indique en la misma embarcacién, sin necesidad de bajar el contenedor al muelle. Si hay necesidad de mover otros contenedores para llegar al que se va a estiber, la tarifa se aplicara por cada contenedor movido, siempre y cuando esos otros contenedores tampoco requieran ser bajados al muelle. b) Estiba de contenedores (celda-muelle-celda).- Consiste en izar el contenedor de a bordo de la ‘embarcacién con la gra portacontenedores de donde se encuentre estibado, descargarlo al muelle y Posteriormente izar el contenedor con la grda portacontenedores y estibario debidamente en el lugar {que se indique en la misma embarcacién, ya sea que sea necesario acarrearlo con equipo del prestador del servicio hasta otra linea de trabajo 0 no, 2, MANIOBRAS DE CONTENEDORES EN TIERRA (CARGA O DESCARGA), CONTENEDORES DE CUALQUIER TAMANO 0 CLASE. 2.1 Acarreo de costado de muelle a patio de contenedores. Por contenedofileno o vacio por evento.- Consiste en acarrear el contenedor sobre la plataforma de acarreo interpfo del prestador de servicio del costado de buque al patio de contenedores, en donde deberd gledar debidamente estibado 0 Viceversa, 2.2 Acarreo de patio de contenedores a costado de muelle. Por contfnedor leno 0 vacio por evento. Consiste en acarrear el contenedor sobre la plataforma de acarreo iterno del prestador de servicio del Patio de contenedores a costado de buque 23 Carga de contenedor a medio de transporte terrestre.- a) Carga a camién, de contenedor lleno 0 vacio (SPF).- Consiste en izar el contenedor con fa gria de patio 0 equipo similar del prestador de servicio y cargarlo sobre el vehiculo de Servicio Pdblico Federal. ‘Nota: De ser requerida una carga de contenedor de patio de contenedores a vehiculo de Servicio Pblico Federal (camién), se podré realizar en varios esquemas de programacién: @) Progremacién de retro para el mismo dia de su programacion (urgente), para carga de Contenedor a Servicio publica Federal, y que este sea auforizado por el prestador de servicios, se aplicaré un recargo del 100% adicional a la maniobra de carga de contenedor a camién. ) La programacién flexible 0 programacién sdper-flexible (con boleta pendiente de actvar o sin vigencia) para Carga de contenedor de patio de contenedores @ vehiculo de Servicio Piblico Federal (camién), tendra un recargo adicional del 100% a la maniobra de carga de contenedor ‘a cami6n, en caso que esta no sea realizada por fata de documentacion presentada en tiempo (@ més tardar a la 1pm el dia de su ratio); también eplicaré dicho recargo, al usuario que 0 Tequiere, cuando a pesar de haber presentado la documentacién el contenedor no sea rotirado para ese evento. ©) La programacién clasica o ascenso para carga de contenedor de patio de contenedoras a vehiculo de Servicio Pablico Federal (cami6n) este tipo de programacion contempla/incluye la cancelacién, o bien, la no realizacion de la maniobra en mencién, este tipo de programacién tendré un recargo adicional del 100% a la maniobra de carga de contenedor a cami6n. En general, la programacién de los servicios mencionados, en caso de programarios y no sean realizados (no se presenten) 0 bien, dichos servicios sean cancelados por causas imputables al usuario que lo requiere (Ya sea por el importador/exportedor, transportiste, naviere, Agente ‘aduanal, Forwarder, consignataro, o usuario que lo solicte) se hard el recargo del 100% de la tarifa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) 0 bien cancelado(s). b) Carga a gondola de ferrocarril, de contenedor lleno o vacio (FFCC).- Consiste en izar el contenedor con la gra de patio o equipo similar proporcionado por el prestador del servicio, colocarlo sobre la Plataforma de acarreo interno del prestador de servicio y acarreario al costado de la via del ferrocarri, para ser izado con otra gra de patio 0 equipo similar del prestador de servicio, y colocaro sobre la géndola de ferrocarril, en donde deberé quedar debidamente estibado. ‘Nota: De ser requerida una Carga de contenedor de patio de contenedores a géndola de ferrocartl, 6! ‘mismo dia de su programaci6n, y que éste sea autorizado por el prestador de servicios, se aplicars un recargo del 100% adicional a su tarfa, ademés, en caso de programacién extemporénea se fendré un recargo adicional del 100%. La pre-programaciGn/reserva/apartado de una Carga de contenedor de patio de contenedores a géndola de ferrocarri, por falta de documentacién tendré un recargo adicional de! 100%,.en caso que esta no sea realizada por falta de documentacién presentada en tiempo, se procederé ‘con el cobro de igual manera. En general, la solcitud o programacién de los servicios mencionados, en caso de solicitarfos y no sean realizados por causas imputables al usuario que lo requiore (Ya sea por el importador/exportador, transportsta, naviera, Agente aduenal, Forwarder, consignatario) se haré e! recargo del 100% de la tarfa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s), por concepto solicitado. 24 Descarga de contenedor de medio de transporte torrestre ) Descarga de camién de contenedor Ileno 0 vacio (SPF).- Consiste en descarger el contenedor del vehiculo de servicio publica federal con la grda de patio o equipo similar del prestador de servicio y estibario en el patio Nota: De ser requerida una descarga de contenedor de vehiculo de patio de contenedores, el mismo dia de su programacion, y que éste ‘servicios, se aplicard un recargo de! 100% adicional @ su tarifa, ade {cio Pablico Federal (camién) a ‘autorizado por ol prestador de is, en caso de progra 9 extemporéinea se tendré un recargo adicional de! 100%. La pre-programaciOn/reserva/apartado de una descarga de contenedor de vahfculo de Servicio Pablico Federal (cemién) a patio de contenedores, por falta de documentaci6n tendré un recargo adicional del 100%, en caso que esta no sea realizada por falta de documentacion presentada en tiempo, se procederd con el cobro de igual manera. En general, la solicitud 0 programacién de los servicios mencionados, en caso de solicitarios y no sean realizados Por causas imputables al usuario que fo requiere (Ya sea por e! importador/exportador, transportista, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignaterio) se haré e! recargo del 100% do la tanfa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s), por concepto solicitado. b) Descarga de géndola de ferrocarril de contenedor leno 0 vacio (FFCC).- Consiste en descargar el contenedor de la gondola de ferrocaril con la gria de patio o equipo similar, proporcionado por el prestador del servicio, colocarto sobre la plataforma de acarreo intero del prestador de servicio y acarrearlo al patio, donde serd debidamente estibado. ‘Nota: De ser requerida una descarga de contenedor de géndola de ferrocarril a patio de contenedores, 1 mismo dia de su programacion, y que éste sea autorizado por el prestador de servicios, se aplicaré un recargo del 100% adicional a su tanfa, ademés, en caso de programacion extemporénea se tendré un recargo adicional del 100%. La pre-programaciénfeservafepartedo de una descarga de contenedor de gondola de ferrocarril a patio de contenedores, por falta de documentacién tendré un recargo adicional del 100%, en caso que esta no sea realizada por falta de documentacion presentada en tiempo, se pprocederé con el cobro de igual manera. En general, la solcitud 0 programacion de los servicios ‘mencionados, en caso de solcitarlos y no sean realizados por causes lmputables al usuario que lo roquiero (Ya sea por el importador/exportador, transportista, naviers, Agente aduanal, Forwarder, consignataria) se hard el recargo del 100% de la tara establecida, por el (Ios) servicios) requerido(s) y 1no realizado(s), por cancepto solicitado. 3. MANIOBRAS ADICIONALES EN TIERRA 3.4 Estiba de contenedor en patio a solicitud de cualquler usuario, por contenedor lleno o vacio, por evento.- Consiste en izar el contenedor con gria de patio o equipo similar del prestador de servicio de donde se encuentre estibado y colocarlo en donde requiera ser reubicado, sin la utlizacion de una Plataforma de acarreo interno del prestador de servicio, 3.2 Acarreo de contenedor dentro de la terminal a solicitud de cualquier usuario, por contenedor leno © vaclo, por evento.- Consists izar el contenedor con la gria de patio o equipo similar del prestador de servicio de donde se enouentre estibado y colocario sobre la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio para que sea reubicado en otra zona de la terminal en la que sea requerido y en donde deberd quedar debidamente estibado. 3.3 Acarreo de mercancia (contenedor) a patio para su inspeccién ocular por agente aduanal, autoridad 0 linea naviera, a solicitud de cualquier usuario. (no incluye 1a carga a transporte terrestre, servicio pablico federal o carga a géndola de ferrocarril).- Consiste en izar el contenedor con la grita de patio o equipo similar del prestador de servicio de donde se encuentre estibado en patio, ‘acarreario intemamente sobre la plataforma de acarreo interno del prestador de servicio, posicionarlo en 1 érea solicitada dentro de la terminal, abrir y cerrar las puertas del contenedor y acarreario de regreso al patio de contenedores en donde deberd quedar debidamente estibado, adicional se elabora la confirmacién de servicio. ‘Nota: De ser requerido un acarreo de contenedor para su inspeccion opdiar el mismo dia de su programacion, y que éste sea autorizado por el prestador de servicios, se Aplicaré un recargo del 100% adicional sobre su tarifa. En caso de pre-programaciones/apar 13 del servicio del acarreo de ‘contenedor para su inspeccién, tendrén un recargo del 100% sobre gu tanta. En caso de requerir el ‘servicio de aoarreo de cantenedor para su inspeccién ocular en rea VP, érea de revisién con autoridad y/o en rea especial para contenedores, estos tendrén un recargo del 100% sobre su terfa. En general, 34 38 36 37 realizados por causas imputables al usuario que lo requiere (Ya sea por el importador/exportador, transportista, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignatario) se haré el recargo del 100% sobre su tarifa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) por concepto solicitado. DesconsolidaciéniConsolidacién de mercancia de contenedor al mismo contonedor, por tonelada o fracclén (cobro minimo de 22 toneladas)~ Son las maniobras de vaciado y llenado de un mismo contenedor, ‘Nota: De ser requerido una desconsolidacién/consolidacién el mismo dia de su programacién, y que éste ‘sea autorizado por el prestador de servicios, se aplicard un recargo del 100% adicional sobre su tarfa. En caso de pre-programaciones/apartados/reservas del servicio de desconsolidacién/consolidacién, tendrén un recargo del 100% sobre su tarfa. En caso de requetir el servicio de vaciedoflenado en érea VIP, area de revisiin con autoridad y/o en érea especial para contenedores, estos tendrén un recargo del 100%. En ‘general, fa solictud 0 programacién de los servicios previamente mencionados, en caso de solicitarios y no sean realizados por causas imputables a! usuario que lo requiere (Ya sea por el importadorfexportador, transportista, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignatario) se hard el recargo del 100% sobre su tanfa establecida, por e! (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) por concepto solictado. En caso de ‘ser productos ensacados, se aplicaré un cargo adicional del 60%. Desconsolidacién/Consolidacién de mercancia de contenedor a distinto contenedor, por tonelada o fraccién (cobro minimo 22 toneladas).- Son las maniobras de vaciado y llenado de un contenedar a otro, ‘Nota: De ser requerido una desconsolidacién/consolidacién e! mismo dla de su programacion, y que éste ‘sea autorizado por el prestador de servicios, se aplicard un recargo del 100% adicional sobre su tarifa. En ‘caso de pre-programaciones/apartados/reservas del servicio de desconsolidacién/consolidacién, tendrén un recargo del 100% sobre su tarfa. En caso de requerir el servicio de vaciadoflenado en érea VIP, érea de revision con autoridad y/o en érea especial para contenedores, estos tendrén un recargo del 100%. En general, la solictud o programacién de los servicios previaments mencionados, en caso de solictarios y no ‘sean realizados por causas imputables al usuario que lo requiere (Ya sea por el importadorfexportador, transportista, naviera, Agente aduansl, Forwarder, consignatario) se hard el recargo del 100% sobre su tarifa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) por concepto solicitado. En caso de ‘ser produatos ensacados, se aplicaré un cargo adicional del 60%. Desconsolidacién de mercancia de contenedor a medio de transporte a SPF o patio (cohertizo).- Son as maniobras de vaciado total o parcial del contenedor, ya sea para carga a vehiculo de Servicio Pblico Federal (SPF) y/o depésito en patio (Cobertizo). ‘Nota: De ser requerido una desconsolidacién de mercancia ol mismo da de su programacion, y que éste sea autorizado por el prestedor de servicios, se aplicaré un recargo del 100% adicional sobre su tarifa. En caso de pre-programaciones/apartados/esarvas del servicio de desconsolidacién de mercanola, tendréin tun recargo del 100% sobre su tanfa. En general, la solicitud 0 programacién de los servicios previamente ‘mencionados, en caso de solctertos y no sean realizados por causas imputables al usuario que lo requlere (Ya sea por el importador/exportador, transportista, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignateio) se hharé el recargo del 100% sobre su tara establecida, por el (los) servicios) requerido(s) y no reelizado(s) por concepto solictedo. Consolidacién de mercancia de SPF a patio (cobertizo) a contenedof.- Son las maniobras realizadas para el lenado de un contenedor, cuyas mercancias provienen de vehigyfo de servicio piblico federal (SPF) © patio (cobertizo) ‘Nota: De ser requerido una desconsolidacién de mercancia el mismp dla de su programacion, y que ésto ‘80a autorizado por el prestador de servicios, se aplicars un recargo Nel 100% adiclonal sobre su tanta. En "1 38 39 3.10 ant 342 3.13 3.44 ‘caso de pre-progremaciones/epartados/reservas del servicio de desconsolidacién de mercancia, tendrén tun recargo del 100% sobre su farifa. En general, la solcitud o programacién de los servicios previamente ‘mencionados, en caso de solictarlos y no sean realizados por causes imputables al usuario que fo requiere (Ya sea por el importador/exportador, transportista, naviera, Agente advanal, Forwarder, consignatario) se hharé el recargo de! 100% sobre su tarfa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) or concepto solcitado. ‘Acarreo de contenedor para su DesconsolidaciéniConsolidacién solicitado por cualquier usuario. (No incluye la mantobra de desconsolidaciéniconsolidacién, no incluye la carga a transporte piiblico federal o carga a géndola de ferrocartl).- Consiste en izar el contenedor con la gria de patio 0 equipo similar del prestador de servicio de donde se encuentre estibado en patio, acarreario internamente sobre la Plataforma de acarreo interno del prestador de servicio, posicionario en el rea solicitada dentro de la terminal, y acarrearlo de regreso al patio de contenedores en donde deberd quedar debidamente estibado. Conexiénidesconexién de contenedor refrigerado, por dia o fracclén.. Consiste en conectar el contenedor reftigerado, a la toma de comfiente eléctrica en el cart de refrigerados de la terminal y ‘monitoreario cada 4 horas (Incluye desconexién). De igual forma, este cargo aplicara para un contenedor refrigerado cuando durante la operacién del buque ‘sea necesario conectario temporalmente en el carril de refrigerados, para posteriormente desconectarlo y ser nuevamente cargado al mismo buque del que fue descargado. Pesaje de contenedor.- Consiste en que ya posicionado el vehiculo de Servicio Puiblico Federal o la Plataforma de acarreo interno del prestador de servicio en la bascula de pesaje de contenedores, se realice el proceso de pesaje del contenedor mediante el software o aplicacion que para ello disponga el prestador del servicio. Posicionamiento de contenedor en drea estratégica para su inspeccién.- Consiste en posicionar el ccontenedor en un drea estratégica dentro de las éreas de inspeccién, faclitando su posterior carga a medio de transporte. ‘Nota: Se brindard el servicio una vez que se haya programado 1 dla habil antes de la fecha do la realizacién de fa inspeccién, de acuerdo a los horarios de programacién y que éste sea autorizado por él prestador de ‘servicios, (No incluye el acarreo a area de Inspecci6n, ni desconsolidacion /consolidacién, ni la carga @ transporte terrestre). Armado/Desarmado de atados de contenedores Flat Rack, abatir paneles o levantar paneles y su conformacién.- E| Amado consiste en abatir los paneles de los Flat Rack e izar el contenedor con la gria del prestador de servicio para realizar la conformacién del atado, estibandolos y trincandolos correctamente uno sobre otro de acuerdo a la cantidad deseada (maximo 4 contenedores Flat Rack por atado). El Desarmado consiste en destrincar los contenedores Flat-Rack e izar el contenedor con gra del prestador de servicio para librar los contenedores que conforman el atado (maximo 4 contenedores Flat Rack por atado) y levantar los paneles, Uso de dique de contencién para atencién a derrame.- Consiste en la atencién inmediata que se brinda Por parte del proveedor de servicios para contener cualquier tipo de derrame de sustancias en un Contenedor, sean 0 no ciasificadas como peligrosas, utiizando los insumos incluidos en la tarifa mencionada. No incluye maniobras de acarreo de contenedor de patio de almacenamiento dique de ccontencién de derrames y/o viceversa, su tratamiento posterior y las maniobras necesarias para esta actividad Nota: La maniobra tendré un recargo del 100% en tarifa en caso de trata ‘rea de dique de contenci6n, esta sujeta a disponiblided de espacio. de mercancias peligrosas. E} Posicionamiento de contenedor en estiba baja en géndola de ferrokarril~ Consiste en posicionar el contenedor en estiba baja de la géndola dal ferrocarril a solicitud del usuario (cuando la operacién lo permita) 12 345 346 Ventilacién de la mercancia en el contenedor posterior a fumigacién o a solicitud del usuario Consiste en realizar la apertura del contenedor por un periodo de tiempo determinado (maximo 8hrs) para realizar la ventilacién adecuada de la mercancia en el contenedor por solicitud de! usuario en érea especial. Inspeccién ocular de contenedor, por parte del usuario, sobre plataforma de transporte terrestre de Servicio Pablico Federal (camién) El servicio consiste (una vez Izado el contenedor y cargado sobre el vehiculo de servicio pilblco federal, el vehiculo se trasladaré al area de inspeccién ocular sobre plataforma) en abrir el candado de seguridad, abrir las puertas del contenedor donde el representante del agente aduanal revisaré el contenedor sin extract la mercancia, esta inspeccién deberé realizarse en un tiempo no mayor a 10 minutos, una vez Concluida la inspecoién, se procederd a cerrar las puertas del contenedor y se colocara el candado que proveerd el representante del agente aduanal Para la realizacién del servicio, el representante del agente aduanal deberd presentarse en el horario establecido con la terminal y contaré con 5 minutos de tolerancia para realizar el servicio de inspeccén ocular sobre plataforma, a partir de que el transporte se encuentre posicionado en el area de inspeccion ‘cular sobre piataforma: en caso de no presentarse en el tiempo anteriormente mencionado, se dara por Conciuido el servicio de inspeccién ocular sobre plataforma. MANEJO, ALMACENAJE Y CUSTODIA DE MERCANGIAS DE COMERCIO EXTERIOR. Es la remuneracién por dia o fraccién, por contenedor, 0 por tonelada o fraccién (mercancia suelta, cobro minimo de 17 toneladas 0 17 metros cibicos o fraccion, por consecutivo), que cobra la terminal en su cardcter de recinto fiscalizado por ia prestacién de sus servicios establecidos en los articulos 14-A, 14-B, 15 y 26 de la Ley Aduanera. ‘SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 5.1 Monitoreo de inspeccién previa via web. Consiste en colocarle, al contenedor una camara con brazo telescépico, activar la sefial via web al momento de dar inicio a la inspeccién previa y dar al usuario acceso remoto a las imagenes en tiempo real durante la revisién del contenedor. 5.2 Descarga de video del monitoreo de inspeccién previa via web.- Consiste en permit el acceso al video previamente grabado de! contenedor que fue programado con “Monitoreo de inspeccion previa vvia web" permitiendo el almacenamiento o descarga del mismo en la base de datos del usuario. 5.3 Control Electrénico y Documental de la informacién.-. Consiste en el cargo por los servicios ‘administratives que LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A. de C.V., presta para el control documental 0 electronico de la informacién asociada con los contenedores y con las mercancias ‘sueltas (por consecutive) depositadas en LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A de C.V., plicable por una sola ocasién durante su estadia dentro de la Terminal, 54 Elaboracién de Equipment interchange Receipt (EIR) (Inspeccién de contenedores para su reparaci6n).- Consiste en revisar ocularmente el contenedor dafiado y elaborar el reporte de datios correspondiente. 5.5 Elaboracién y entrega de EIR fotografico a solicitud de cualquier usuario.- Consiste en elaborar 1 EIR en formato digital (fotografia) del contenedor y entregarlo al usuario en formato electronico. 5.6 Copia de EIR o EIR fotogréfico.- Consiste en proporcionar al usuario una copia del EIR en formato 5.7 Instalacién de sellos a contenedores de importacién y exportacion, que a peticion del usu: 5.8 — Remover! Colocar etiquetas a contenedores. electrénico, previamente elaborado. io ‘se realicen. (Aprobacién anticipada por el prestador del servicio, ng/icluye acarreo del contenedor ni el sello). 5.9 Etiquetas para mercancia (Incluye etiqueta e impresién)./consiste en la impresion de etiquetas para mercancia, en base al disefio ¢ informacién previamehtte elaborado por el cliente y/o Agente ‘Aduanal; el servicio es cobrado por etiqueta e incluye el papel la tinta (cuya medida esténdar es Tom x 10cm). 3 5.40 511 5.12 513 5.14 SAS Nota: El servicio no inaluye: costo del portalonero, maniobras necesarias pare colocar les etiquetas, ni los acarreos de la mercancia 0 del contenedor. Servicio de limpleza a peticion del usuario, por contenedor, por evento. (No incluye el acarreo del contenedor en caso ser necesario); 2a) Barrido,-Consiste en el barrido de la parte interior del contenedor. 'b) Lavado.- Consiste en el lavado de la parte interior del contenedor. ©) Lavado especial.- El servicio de lavado especial aplicard a los contenedores que ingresen con basura (ejemplo: unicel, cartén, plastica, etc.) El servicio no incluye el acarreo del contenedor al rea de lavado, asi como tampoco el retomo y estiba del mismo en el patio de contenedores. Etiquetado 0 marbeteo de mercancias. Servicio complementario a) Servicio complementario con programacién.- Consiste en la verificacién de la masa bruta del ‘contenedor con previa programacion antes del ingreso del contenedor a la Terminal, a través de dispositivs y/o equipos calibrados y certificados, utlizados por el prestador del servicio; ademas de la emisi6n fisica y/o electronica del certiicado VGM (Verification Gross Mass).Consiste en el barrido de la parte interior del contenedor. ') Servicio complementario sin programacién.- Consiste en la verficacion de la masa bruta del ccontenedor sin previa programacién antes del ingreso del contenedor a la Terminal; consiste en la toma del contenedor donde se encuentra estivado dentro de la Terminal y a través de dispositives ylo equipos calibrados y certificados, utilizados por el prestador del servicio; ademas de la emision fisica y/o electronica del certificado VGM (Verification Gross Mass) Reexpedicion de constancia de certificacién VGM.- Consiste en entregar en formato electrénico ylo fisioo el certiicado VGM, previamente elaborado por el prestador de servicio, ‘Acarreo de contenedor entre recintos.- Consiste en acarrear en plataforma de transporte, el 0 los contenedores del recinto fiscalizado de origen, al recinto fiscalizado destino, dentro del puerto de Lazaro Cardenas. Por causas ajenas al prestador del servicio, donde él o los contenedores no se fencuentren disponibles para su acarreo, se hard un cobro del 100% de la tarifa Estiba especial para segregacién de contenedor para carga a medio de transporte terrestre (camién o ferrocarril).- Consiste en la ejecucion de acomodo de contendores en patio partiendo desde la descarga de un buque a patio de almacenamiento 0 dentro del mismo patio, donde los contenedores son segregados acorde a un pian de retro proporcionado previamente por el cliente para ser retiradas or Camign o Ferrocarril 6, MANIOBRAS DE CARGA SUELTA 63 64 65 Garantia de servicios por manlobras en CFS/Contenedor.- Consiste en el pago de una garantia por Parte del usuario por la recepcién de mercancia suelta en el almacén CFS/Contenedor del prestador de servicios, en espera de ser retirado en un plazo no mayor a 60 dias habiles. Carga de mercancia suelta a vehiculo de servicio pablico federal.~Consiste en cargarla mercancia suetta, donde se encuentre estibada dentro de la terminal, al vehiculo de servicio pablico federal. Descarga de mercancia suelta de vehiculo de servicio piblico federal.- Consiste en descargar la ‘mercancfa suelta, del vehiculo de servicio pablico federal, para ser debidamente estibada dentro de la terminal Posicionamiento de mercancia suolta a disposicién de Agente Aduanal, Autoridad o Linea Naviera.- Consiste en acarrear y posicionar la mercancia sueita, al area destinada para su inspeccion de la misma, dentro de la terminal. Con el equipo necesario Acarreo de mercancia suelta para retomo a la posic ingpeccién en caso de no retirarse ol mismo dia Consiste en acarrear la mercancia suelta desde el area d dentro de la terminal. Gon el equipo necesari. ‘dentro de cobertizo posterior a su inada para su inspeccién al cobertizo “4 66 Servicio de validacién electronica de datos partida por BL House (Conocimiento de embarque). Consiste en una herramienta digital que permite que los agentes aduanales puedan realizar los procesos correspondientes para la revalidacién electrénica de las mercancias a través de nuestro sistema en linea. 6.7 Control Electrénico y Documental de Ia informacién de carga suelta.- Consiste en el cargo por los servicios administratives que LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A. de C.V., presta para el control documental 0 electrénico de la informacion asociada con las mercancias sueltas (por consecutive) depositadas en LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A de C.V., aplicable por una sola ocasién durante su estadia dentro de la Terminal 7. Para las cargas en proceso administrativo aplicaran las tarifas extraordinarias enunciadas en el apartado 7 de Tarifas. 8, De manera general a todos los servicios que se prestan en LC Terminal Portuaria de Contenedores, de ‘ser requeridos el mismo dia de su programacion, y que estos sean autorizados por el prestador de servicios, se aplicara un recargo del 100% adicional a su tarifa. En caso de pre- programaciones/apartadosireservas tendrén un recargo del 100%. En caso de requerir el servicio en area ‘especial VIP, érea de revision con autoridad y/o en area especial, estos tendrén un recargo adicional del 100%. En general, la solcitud de los servicios mencionados, en caso de solictarios y no sean realizados or causas imputables al usuario que lo requiere (Ya sea por el importadoriexportador, transportsta, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignatario) se hard el cargo del 100% de la tarifa establecida, por el (los) servicio(s) requerido(s) y no realizado(s) por concepto solicitado. Las maniobras ylo servicios ‘correspondientes a mercancias 0 contenedores considerados como especiales (open top, flat racks, isotanques, sobredimensionados y otros) o peligrosos, tendrén un recargo en tarifa del 100%. En las inspecciones efectuadas por el representante de la Agencia Aduanal, el prestador del servicio no ‘se hace responsable por los darios ocasionados por condiciones climatolégicas, ni responsable por rningin riesgo de dafo a ia mercancfa en contenedores secos o reftigerados. ‘Todos los servicios estan sujetos a programacién y su realizacién esta sujeta a las reglas de aplicacién. Todas las maniobras aqut referidas, inciuyen equipo y herramienta, suficiente. En caso de servicios Lrgentes se podré asignar con cargo adicional: servicios exprés, equipo y herramienta. El material de trinca (cables, tensores, bandas nylon, etc.) no estén incluidos, estos los debe proporcionar el solicitante © cubrir el costo que ello implique. 9. La maniobra y/o servicio especial o de mayor lentitud tendra un cargo del 100%, comprendiéndose bajo este concepto los siguientes casos: contenedores dafiados, defectuosos 0 mal estibados, contenedores con carga sobredimensionada y los contenedores llenos o vacios y/o su mercancia consideradas dentro de ‘cualquiera de las ciasificaciones de la Organizacién Marltima Internacional, as{ como cualquier otra que por sus caracteristicas implique para la terminal mayores riesgos y/o uso de tiempo, equipo o espacio especial EI usuario esté obligado a declarar y eliquetar estos contenedores conforme a lo dispuesto por la Organizacién Maritima Intemacional. Lo anterior sin distincién de la cantidad de bultos o piezas al interior del contenedor y que se encuentren dentro de este supuesto; dicho recargo aplicaré tanto a las maniobras, servicios y servicios exprés que se requiera para la realizacion de la misma 10. Los cargos listados en las secciones de cuotas 1.1, 1.2, 1.3 y la maniobra especial de esta tarifa son por servicios a contenedores durante horas laborales de buque que son: dé lunes a sabado 24 horas al dia. Las 24 horas del dia se consideran de las 08:00 horas de un dia a las‘08:00 del siguiente dia. Por lo tanto los domingos se consideran de fas 08:00 horas del domingo a las 08;00 del lunes. Para labores en domingos ylo dias festivos se aplicara un sobrecargo de 100% a las tarifas rfencionadas en este parrafo, 11. Los conceptos descritos en los puntos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 3.1 y 3.2 [son por servicios a contenedores durante horas laborales que son: de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas y sdbado de 09:00 a 13:00 horas. 18 ‘Cuando se entreguen contenedores fuera de estos horarios y en domingos o dias festivos, se hard un cargo adicional del 100% a las tarifas mencionadas en este parrafo. 112. Los cargos listados en el inciso 4 seccién a) incluyen aquellos gastos en que incurre la terminal para cumplir ‘con las obligaciones impuestas por las autoridades aduaneras referentes al control de inventarios y abandonos, suministro de informacion via electronica y notificaci6n a los consignatarios del ingreso de ‘mercancias del comercio exterior al recinto, guarda y custodia del contenedor, entre otra construccién y mantenimiento de sistemas de cémputo para llevar a cabo estos controles y actividades conexas. 413, Cualquier servicio a contenedores y/o carga suelta que no esté contemplado en las cldusulas 10 y 11 de estas reglas de operacién, y que se realicen en dia festivo o fuera de las horas laborales que son: de lunes ‘a sébado de 08:00 horas a 18:00 horas, causarén un cargo adicional del 100% respecto a su tarfa normal ‘Se consideran dias de descanso obligatorios: 1° de enero, el primer lunes de febrero en conmemoracién del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo, en conmemoracién del 21 de Marzo, 1° de mayo, 16 de ‘septiembre, el tercer lunes de noviembre, en conmemoracion del 20 de noviembre, 25 de diciembre y 1° de diclembre de cada 6 afios cuando corresponda a la transmision del poder ejecutivo federal. El 24 de diciembre a partir de las 16:00 horas y el 31 de diciembre a partir de las 16:00 horas, 14. En los casos en los que a solicitud de los usuarios se interrumpa el previo y se decida hacer una des- ‘consolidacién total al almacén, se adicionaré a la factura del servicio de inspeccion los siguientes conceptos: ‘Acarreo de contenedor vacio a area de vacios, por contenedor $1,254.00 ‘Acarreo de carga suelta a almacén CFS, portonelada /m3 (lo que sea go7 op nayor} (cobro min. 22 ton o 22 m3) i 18. En los casos en que a solicitud de los usuarios se realice el previo y en el momento se decida ingresar pparcialmente la mercancia al almacén, se adicionara a la factura del servicio previo, el siguiente concepto: Acarreo de carga suelta a almacén CFS, por toneladalm3 (lo que sea § 67,00 nayor) (cobro min. 22 ton 0 22 m3) En los casos que a solicitud de los usuarios se realice el paletizado, trincado, empaquetado, plastficado, fiejado u otro servicio a carga suelta, la terminal aplicaré el cobro de una revision de carga suelta, por tonelada o metro edibieo de mercancia suelta o fraccién, mas el cobro correspondiente al portalonero y a los materiales proporcionados por la terminal a los cuales se les aplicard un recargo del 35% al costo de compra por concepto de gastos administrativos. 17.En los casos que a solicitud de los usuarios, se requiera realizar un servicio de desconosolidacién/consolidacién o maniobras adicionales en tierra, en drea especial bajo techo, y que éste sea autorizado por el prestador de servicios, se adicionard a la factura del servicio de inspeccién el siguiente concept: Uso de instalacién de area especial bajo techo, por contenedor, por dia, porturno $1,292.00 18. Todos los materiales necesarios para la desconsolidacién/consolidacién, trincado, paletizado, etc., serdn aadquitidos por la terminal y se les aplicara un recargo del 35% al costo de compra por concepto de gastos administrativos. 19. Para los contenedores tipo Fiat- Rack cuando se encuentren abatidos y/estén apllados (atados), serén ‘cobrados como un contenedor vacfo cada contenedor Flat-Rack dentro del atado, esto serd aplicable para ‘cualquier maniobra y/o servicio realizado por el prestador de servicio. 20. Para los casos de carga de tapas de buque y descarga de tapas de blique, se cobraran como maniobra de Carga a buque de costado de muelle por contenedor lleno por evenlo y descarga de buque a costado de muelle por contenedor leno por evento respectivamente. 16 241. En aquellos casos en que por cualquier motivo no imputable a la terminal se requiera modificar o adicionar informacion en la documentacion que se utiliza para la recepcién o entrega de contenedores, la terminal aplicara los siguientes cargos adicionales: Estiba por cambio de posicién en patio (cambio de carril) $ 3,307.00 Estiba por cambio de buque (cambio de buque) $3,307.00 Estiba por cambio de puerto de descarga (puerto mal declarado) $3,307.00 Estiba por peso mal declarado enn Cancelacién de transbordo gion Estiba por cambio de posici6n en patio (cambio de transporte) Siasaoroe Ingreso de contenedores de FFCC con falta de informacion 3 330700 requerida para su embarque 22, Los usuarios 0 sus representantes deberdn solictar los servicios con la anticipacion establecida, con un rminimo de 24 horas de anticipacién, ademas deberén notificar la llegada de buques y transportes terrestres ‘acompariando plan de estiba y copia de la documentacién correspondiente cuando menos con 12 horas hhabiles de anticipacién para aquella para la cual fue solicitado el servicio. !gualmente al presentar su solicitud, deberan cubrir el Importe de las maniobras y servicios que requieren. Los servicios se Proporcionaran en el orden de presentacion de las solicitudes correspondientes. 23, Sera obligatorio por parte de las lineas navieras entregar a la terminal en tiempo y forma la documentacién ylo listados correspondientes en donde se manifiesten el nombre y domiciio de los consignatarios de las mercancias de comercio exterior que van a ser ingresadas en status de importacién, 24, No se permit el retio de la mercancia sin que se presente el conocimiento de embarque revalidado por la agencia naviera correspondiente. 28. Para el despacho y liberacion de mercancias de exportacién aplicard un cierre de buque de 12 horas antes de su arribo, considerando el horario administrative del prestador del servicio; si la planeacién y operaciones del buque lo permiten, la terminal recibiré posterior al cierre de buque tnicamente documentacién para el despacho y liberacion de mercancia de exportacién previamente liberada y modulada, dentro de los horarios establecidos en la cldusula 10 de estas reglas de aplicacién y en cuyo ‘caso se aplicard un recargo por cierre de buque como a continuacién se indica: Recargo por cierre de buque, por contenedor $ 3,307.00 26. En los casos de desistimiento del régimen de exportacién, las mercancfas de que se trate deberdn cubrir los cargos correspondientes al almacenaje desde el primer dia en que hubieran quedado depositadas en el interior de la terminal 27. Enel caso de que se efectile un retorno de mercancias de importacion, independientemente de que estas retornen en el mismo contenedor, previo a su retiro de la terminal se deberén cubrir los cargos ccorrespondientes al almacenaje desde la fecha de arribo a la terminal 28. Si por causas imputables al usuario o sus representantes los servicios no se inician a la hora para la cual fueron solicitados, o si ya iniciadas las maniobras son interrumpidas o suspendidas por estos, deberd cubrir al prestador del servicio el tiempo muerto por hora por equipo (con un cobro minimo de ocho horas) de acuerdo can las siguientes cuotas nicas, en cualquler dla y horario. Arrendamiento de Griia de Pértico (QC) Quay Crane $ 18,147.00 Arrendamiento de Griia RTG (Rubber Tyre Gantry Craner) $5,550.00 Arrendamiento de Equipo Frontal Reach Stacker $ 1,223.00 Arrendamiento de Plataforma de Acarreo interno $ 1,119.00 Arrendamiento de Tractor de Ferrocarril (MRM) $ "446.00 Arrendamiento de montacargas $965.00 Arrendamiento de Via Ferrocarril (por metro de via) S$ 119.00 7 29, En caso de que él usuario requiera disponibilidad de equipo de la terminal, las cuotas aplicables por hora Por equipo, serdn las siguientes, (con un cobro minimo de ocho horas, el arrendamiento estaré sujeto a disponibilidad del equipo Arrendamiento de Gria de Pértico (QC) Quay Crane Arrendamiento de Grda RTG (Rubber Tyre Gantry Crane) Arrendamiento de Equipo Frontal Reach Stacker 18,147.00 5,880.00 1,223.00 Arrendamiento de Tractor de Ferrocarril (MRM) Arrendamiento de montacarga ‘448.00 965.00 119.00 s $ § Arrendamiento de Plataforma de Acarreo interno $ 1,118.00 s s § 30. Si a solicitud del usuario se presenta el requerimiento complementario de un portalonero con la finalidad de atender las maniobras de carga/descarga, directas o integradas; la terminal aplicard el cobro de: Portalonero, (por portalonero / por tumno o fraccién):, $ 1,388.00 ‘31. Las operaciones no especificadas en estas tarifas y sus reglas de aplicacién deberdn ser solicitadas al ‘operador de la terminal y seran fjadas de comin acuerdo. Cualquier queja 0 consulta serd atendida por el prestador de servicio. 32. No se realizaran reducciones a las tarifas en los casos que el servicio sea interrumpido por causas imputables al usuario o sus representantes. 33. La responsabilidad del prestador de servicio portuario de maniobras por dafios que sufran los buques y las mercancias propiedad de terceros, en relacién con sus actividades, siempre y cuando sean imputables a lia, serd hasta 3.5 millones de pesos. En todos los casos se excluyen los perjuicios. ‘34, Se cobraran los servicios que por el reconocimiento aduanero del sistema aleatorio se generen, de acuerdo con las tarifas de des consolidacién / consolidacién de contenedores. ‘35. En caso de requerir energia eléctrica para la conexién de méquinas de coser para el servicio solicitado este tendré un costo adicional de $69.00 (sesonta y nueve pesos 00/100 MLN.) mas IVA por turno por maquina conectada. ‘36. Cuando por indicaciones del cliente sea necesario cancelar y/o sustituir una factura, cada servicio de cancelacién tendré un costo de $641.00 (seiscientos cuarenta y un pesos 00/100 M.N.) més IVA, si la factura corresponde al mismo mes; en caso de que las facturas correspondan a meses anteriores la ccancelacién tendré un costo de $1,067.00 (mil sesenta y siete pesos 00/100 MLN.) mas IVA, 37. Cuando un camién, que por los horarios establecidos por la Autoridad Aduanera no pueda salir de la Terminal o por causas ajenas a la misma y se quede cargado a resguardo de la Terminal, aplicaré un cargo por estadia (por dia) del mismo que se cobrara como a continuacién se indica: ‘Servicio de resguardo de camién, por unidad sencill $1,922.00 Servicio de resguardo de camién, por unidad doble: $ 2,115.00 38. Cuando un contenedor lieno o vacio cambie de trafico, dentro del recinto fispélizado, el cobro de almacenaje respectivo se hara como una continuacién de su status anterior. 38. En los casos en que al cliente le sea autorizado un servicio nario por parte de la autoridad, fa pesos 00/100 MLN) por contenedor. En domingos y dias festivos sobre la tarfa normal. 18 40. En los casos en que los usuarios directos de la terminal (Representantes de agencias aduanales, de lineas navieras, agencias navieras y asociaciones), requieran ingreso a la terminal, sera necesario el tramite directo con la terminal de dicho acceso; para que esta otorgue una credencial personalizada, cuyo costo sera de $610.00 (selscientos diez pesos 00/100 M.N.), ya sea por trémite de renovacion, reposicion y/o primera vez 41. El prestador de servicios no ser responsable por dafios y perjuicios de mercancias ocasionados por casos fortuitos 0 de fuerza mayor 0 los denominados actos de dios, 42. En los casos en que la terminal brinde a tas ineas navieras el servicio de Administraci6n de contenedores: vacios el costo sera de $2,709.00 (dos mil setecientos nueve pesos 00/100 MLN.) por contenedor de 20", 40" 0 45" por evento (Se acordara entre la terminal y la linea naviera), puede aplicar un Cobro de Extra TEU de contenedor vacio; el costo sera de $753.00 (setecientos cincuenta y tres pesos 00/100 M.N.) por dia, por TEU. 43. En caso de ser requerido por la Autoridad Competente La revision del contenedor sobre plataforma de Acarreo intemo de terminal o equipo de transporte de Servicio Piblico Federal dentro del recinto (Revision de rayos gama o revision de rayos X dentro del recinto), el costo seré de $1,927.00 (mil noveclentos veintisiete pesos 00/100 M.N.) por contenedor de 20", 40” 0 46”, por evento. 44, _En.caso de requerirse un servicio que este contemplado dentro de las fracciones I y Ill del art 44 de la Ley de Puertos y no este contemplado en estas tarifas y sus regias de aplicacion deberan ser solictados al operador de la terminal y serdn fjadas de comdn acuerdo. Cualquier queja o consulta seré atendida por el prestador de servicio, Cuando fuere el caso y en ambito de su competencia se someterdn a la opinién de! Comité de Operacion de! Puerto y en caso de que el planteamiento no sea resyelto, se remitiré a la Direccién General de Puertos para su dictamen. 45. Las quejas y consultas por parte de los usuarios de la terminal podran ser Atendidas por el Médulo de Atencion Clientes (MAC) de la terminal o bien de asi preferirlo por Administracjén del Sistema Portuario Nacional de Lazaro Cardenas (ASIPONA). 19 ) TARIFAS ‘CUOTAS PESOS 4. MANIOBRAS DE CARGA GENERAL EN BUQUE (CARGA O DESCARGA) 1.1 Descarga de buque a costado de muelle (Cobro minimo 9 m3 0 tonetadas) 2) _Cuotas por unidad 'b) _Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 1.2 Carga a buque de costado de muelle (Cobro minimo 9 m3 o toneladas) a) _Cuotas por unidad b) Cuotas a granel (Por tonelada 0 fraccién) 1.3 Estiba en buque (Cobro minimo 9 m3 o toneladas) Bodega-Bodega a) Cuotas por unidad ‘Eee Gr alas de tints 2000 KG / 23, or toniofraeedon ft )/ 9S 2 AAO b)__Cuotas a grane! (Por tonelada o fraccién) Bodega-Muslle-Bodega a) _Cuotas por unidad b)__Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 2. MANIOBRAS DE CARGA GENERAL EN TIERRA (CARGA 0 DESCARGA) 2.1 Acarreo de Costado de muelle a patio de almacenamiento (Cobro minimo 9 m3 0 toneladas) a) Cuotas por unidad, 'b) Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 2.2 Acarreo de patio de almacenamiento a Costado de muelle (Cobro minimo 9 m3 0 toneladas) ) Cuotas por unidad 'b) Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 2.3 Carga de unidad a medio de transporte terrestre (Cobro minimo 9 m3 o toneladas) 23.1 Garga a vehiculo de Servicio Pablico Federal (camién) de patio de almacenamlento @) Cuotas por unidad b) Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 2.3.2 Carga a géndola de Ferrocarril de patio de almacenamiento ) Cuotas por unidad b) Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 2.4 Descarga de unidad de medio de transporte terrestre (Cobro minimo 9 m3 0 toneladas) 2.41 Descarga de vehiculo de Servicio Pablico Federal (camién) a patio de almacenamiento a) _Cuotas por unidad b) _Cuotas a granel (Por tonelada o fraccién) 24,2 Descarga de géndola de Ferrocarril a patio de almacenamiento a) _Cuotas por unidad b)__Cuotas a granel (Portonelada o fraccion) 3. Manejo, almacenaje y custodia de mercancias de comercio exterior (Por tonelada/m3 o fraccién cobro minimo 17 toneladas / 17m3 por consecutivo) Mercancias de comercio exterior ingresadas a la terminal, en su cardcter de recinto fiscalizado, para ser ‘almacenadas, manejadas, custodiadas y por las cuales se pagarén después de aplicar el perodo libre de almacenamiento las siguientes tarifas de acuerdo con los articulos 14a, 15 y 26 de la ley aduanera. ) Almacenaje de unidades no contenerizadas, después del periodo libre Por tonelada, por dia b) Almacenaje de granel por area Por metro cuadrado, por da ‘Nota: Periodo de almacenaje libre de cargo, conforme a lo que marca la ley ‘Se pagaré por cada dia o fraccién de almacenaje el doble de las cuofls establecidas anteriormente, ‘cuando se trate de las sigulentes mercancias: ) Las contenidas en cajas, cartones, rejas y otros empaques y enfases, cuyo volumen sea de més de Sm? 'b) Las que deban guardarse en cajas fuertes 0 bajo custodia ©) Las explosivas, infiamables, contaminantes, radioactivas y ) Todas las categorias de la Organizacién Maritima Intemaci 2) Las que por su naturaleza deban conservarse en condiciones especiales dentro del recinto fiscalizado. 1) Los animales vivos. 4, OTROS SERVICIOS 4.1 Posicionamiento de mercancia suelta a disposicion de Agente Aduanal, Autoridad o Lin Naviera para su inspeccion Cobro minimo de 17 m3 o toneladas por consecutivo de mercancla, suelta, Cobro minimo de 22 m3 o toneladas por consecutivo de mercancfa ensacada hasta 50kg por saco. 4.2 Acarreo de mercancia suelta para retomo a la posicion dentro de cobertizo posterior a su inspeacién en caso de no retirarse el mismo dia 43 Estiba de carga general en patio 4.4 Estiba especial para segregacién de carga general para carga a medio de transporte terrestre. (camién o ferrocarri) Nota: Las maniobras correspondientes @ mercancias consideradas como especiales, sobredimensionadas o peligrosas, tendran un recargo en tarifa del 100%. En general, la programacin de los servicios mencionados, en caso de programarios y no sean raalizados (no se presenten) o bien, dichos servicios sean cancelados por causas imputables al usuario que lo requiere (Ya sea por ef importador/exportador, transportista, naviera, Agente aduanal, Forwarder, consignatario, 0 usuario que 10 solicits) se hard el recargo del 100% de la tanita cestablecida, por el (los) servicio(s) requerkdo(s) y no realizado(s) o bien cancelado(s). 4. REGLAS DE APLICACION Las presentes tarifas se refieren al servicio portuario que presta LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A de C.V. en lo sucesivo Hutchison Ports LCT, en la terminal especializada de contenedores del Puerto de Lazaro Cardenas, Michoacén, la cual tiene el caracter de cobro méximo y a partir de ella podran aplicar cuotas promocionales o de descuento. Desoripcion general de las maniobras: 4. MANIOBRAS DE CARGA GENERAL EN BUQUE 414 12 13 a) D) Descarga de buque a costado de muelle.- Consiste en tomar ia carga general de donde ‘se encuentre estibada a bordo de la embarcacién, formar la lingada, estibaria e izaria con el ‘aparejo de la embarcacién y colocarta sobre las pianas, montacargas, carreilas, o cualquier ‘otro equipo suministrado por el prestador de servicio. Carga a buque de costado de muelle.- Consiste en tomar la carga general de donde se ‘enouentre estibada a bordo de la embarcacién, formar la lingada, estibaria e izaria con el ‘aparejo de la embarcacién y colocaria sobre las pianas, montacargas, carretillas, o cualquier ‘fro equipo suministrado por el prestador de servicio. Estiba en buque Estiba bodega-bodega.-Consiste en tomar la carga general a bordo de buque de donde ‘se encuentre estibada, formar la lingada, estibarla e izarla con el aparejo de la embarcacién y colocaria debidamente en el lugar que se indique en la misma ‘embarcacion, sin necesidad de bajar la carga general del buque. Si hay necesidad de mover otra carga general para llegar a la que se va a estibar, la tarifa se aplicaré por ‘cada carga general movida, siempre y cuando esa carga general tampoco requiera ser bajada de buque. Esta maniobra de estiba, causara un cargo equivalente al 60% de la tarifa de la Maniobra de descarga de buque, por tonelada o fraccion, por evento. Estiba bodega-muelle-bodega.- Consiste en tomar la carga general a bordo de buque de donde se encuentre estibada, formar la lingada, estibaria e izarla con el aparejo de la ‘embarcacion y descargarla a costado de muslle y posteriormente cargarla a bordo de buque y estibarla debidamente en el lugar que se indique en la misma embarcacion. Esta maniobra de estiba bodega-muelle-bodega, implicara el cargo del 100% de la tarifa de maniobra de descarga, y un 100% de la tarifa de la maniobra de carga, en su totalidad. 2, MANIOBRAS DE CARGA GENERAL EN TIERRA 24 234 Carga a Acarreo de costado de muelle a patio de almacenamiento o viceversa.- Consiste en conducir la carga por medios mecanicos hasta la bodega, cobertizo o érea abierta dentro del perimetro sesionado del prestador del servicio que se indique, en donde debera quedar convenientemente estibada 0 viceversa. Acarreo de costado de muelie a patio de almacenamiento o viceversa.- Consiste en ‘condueir la carga por medios mecanicos hasta la bodega, cobertizo o area abierta dentro

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