Template:PD-Peru-1961law/es
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Acorde a la ley 13714 (1961), bajo la administración del gobierno de Manuel Prado, la obra no fue renovada en la fecha URAA y está dominio público en Perú porque se cumplen los siguientes criterios:
En caso de obras colectivas se considera el plazo a partir de la muerte del último autor. En obras conyugales, se considera los derechos morales. Más información y ejemplos en COM:Peru.
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