Mondragón, España
La UE (Schola Europæa 2018) propone 8 competencias que habrán de ser útiles y desarrolladas a lolargo de todo el periodo vital de la persona; competencias que no son específicas o transversales, sinobásicas o necesarias para vivir en sociedad en el vaticinado siglo XXI, tecnocientífico, digital,socialmente plural y atento al daño causado a la naturaleza (UNESCO 2019; 2021). Sin embargo, apesar del esfuerzo por unificar la terminología (CEDEFOP 2014), el modo en que cada país entiende,promulga y propone el desarrollo de las competencias no es igual, pues está ligado a su tradiciónsociocultural y laboral (López de Guereñu 2018, 30-33; Navarro/Estensoro 2019, 1). Por lo tanto, másallá del general marco europeo, y dentro del ámbito de la FP, ¿las competencias son, o habrán de ser,también más transversales que técnicas o profesionalizantes para un oficio o labor particular (Acosta2016; Albizu/Estensoso 2020, 15; Gamboa eta Moso 2020, 37, 45; Gobierno Vasco 2019, 33)? ¿Cuálserá la aportación de las CC.SS.HH., exigidas explícitamente (UNESCO 2020), para el desarrollo delas cualidades ligadas a la flexibilidad y riqueza personal, diálogo informado y democrático, ciudadaníaactiva y manejo lingüístico-cultural (Aikenhead 1985; Felt et al., 2017, 259-88)?
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