El presente artículo ha sido redactado con motivo de la ratificación española del Convenio de Montreal de 1999 sobre transporte aéreo (BOE núm. 122, de 20 de mayo de 2004). Lejos de un examen exhaustivo de su contenido punto por punto y en comparación con sus antecedentes -labor cuyas exigencias no pueden ser colmadas con la redacción de un artículo- lo que se pretende es hacer un breve análisis y valoración de los factores que han impulsado la redacción de este Convenio, la clave del que entendemos ha sido su rapidísimo éxito y algunos de los aspectos de su normativa que se consideran más destacados y que presentan un mayor grado de variación respecto del esquema preexistente. De entre las ideas alcanzadas en la señalada labor una puede ser adelantada, y es que la uniformización del Derecho (en nuestro caso sobre el transporte aéreo de personas) ha demostrado (no por vez primera, bien es cierto) ser un fenómeno que tiene un camino de ida, hacia el plano internacional, y uno de vuelta, hacia el plano doméstico, que cada vez con más frecuencia tienden a desembocar en una misma solución para los dos ámbitos.
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