SENTENCIA de 10 de JUNIO de 2010. Error, sustancial y excusable, en el consentimiento. Compraventa de empresa naviera, por medio de la adquisición de la totalidad de sus acciones, garantizando los vendedores un determinado valor patrimonial de la empresa de que se desprendía su viabilidad, cuando realmente estaba en situación de quiebra de hecho, como pusieron de relieve la auditoría y la tasación pactadas en el propio contrato. Anulación del contrato y recíproca restitución de las prestaciones. Indemnización de daños y perjuicios con base en la responsabilidad contractual.