Defiende que Lex Irnitana 98 contiene una epistula Domitiani frente al sector doctrinal que considera que constituye un rescripto. Así mismo, establece una conexión entre el fragmento irnitano y Urs. 133. Sostiene que ambas fuentes son probablemente de la misma época y convalidan matrimonios defectuosos celebrados en el municipio de Irni y en la colonia Genetiva Iulia, respectivamente.
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