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Resumen de Videovigilancia de los trabajadores, es preceptivo informarles de su finalidad disciplinaria: comentario a la STS de 13 de mayo de 2014

José Ángel Folguera Crespo

  • Con carácter previo a la instalación de videocámaras es preceptivo informar a la representación de los trabajadores y a los propios trabajadores afectados de la instalación y de la existencia de estas videocámaras cuando constituyan elementos de control de la actividad laboral, en uso de la facultad empresarial del art. 20.3 ET.


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