La presunción de inocencia es un derecho fundamental, ampliamente desarrollado por la jurisprudencia, si bien todavía siguen planteándose dudas en cuanto a su naturaleza jurídica y sus repercusiones en el ámbito de la carga de la prueba. Por otro lado, las presunciones se han convertido en una forma ordinaria y común de acreditar la pretensión punitiva, con las diferencias existentes entre las judiciales y las legales, ejemplos de éstas últimas que podemos encontrar en el ordenamiento penal y procesal penal español. La finalidad de esta breve aportación consiste en analizar si las presunciones legales iuris tantum en el proceso penal son compatibles con el derecho a la presunción de inocencia o, por el contrario, suponen una inversión en la carga de la prueba que desplaza al acusado la de probar su inocencia.
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