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Nuevas perspectivas en relación con la extinción del contrato laboral de los pilotos de vuelos comerciales una vez cumplida la edad de 65 años: (a propósito de la S. TJUE de 5 de julio de 2017, asunto C-190/16, caso "Fries" C. Lufthansa)

    1. [1] Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

      Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

      Leioa, España

  • Localización: El transporte como motor del desarrollo socioeconómico / María Victoria Petit Lavall (dir.), Achim Puetz (dir.), 2018, ISBN 978-84-9123-604-7, págs. 515-533
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El establecimiento de un límite de edad para los pilotos de vuelo en el transporte aéreo comercial internacional es una cuestión compleja pues debe conjugarse no solamente con el Derecho del trabajo de este colectivo, sino también con el mantenimiento de la seguridad aérea Estas dos circunstancias han justificado en el ámbito comunitario que los pilotos, a lo sumo, desarrollaban sus funciones hasta que cumplían la edad máxima para la posesión de licencia de operaciones comerciales. Sin embargo, un reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre la posibilidad de que estos profesionales continúen con su trabajo una vez superen dicha edad, lo que supondría un importante cambio, sobre todo, en el caso de España, donde ni el ordenamiento jurídico establecido ni las medidas introducidas por la negociación colectiva parecen casar con la nueva perspectiva comunitaria.


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