Las mujeres partimos de grandes diferencias respecto a los hombres en diversos ámbitos, entre los que destaca el mundo rural. Por ello, es preciso poner en marcha acciones específicas, ya no solo en relación a la agricultura en general, sino también en todo lo que tiene que ver, concretamente, con las explotaciones agrarias, lo que posibilitará que las mujeres puedan lograr una participación plena y real en este ámbito.
En el marco de estas explotaciones agrarias, se constata una ausencia de reconocimiento que sitúa a la mujer en un segundo plano, generando una invisibilidad y un carecimiento de los derechos y obligaciones derivados de la actividad agraria respecto al hombre con el que tiene un vínculo matrimonial o una relación de análoga afectividad.
Para solventar esta carencia, tanto de reconocimiento jurídico, social y económico a las mujeres rurales, como de visibilidad a la que están sometidas, se aprueba el Real Decreto 297/2009 y la Ley 35/2011, ambas sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias.
Esta regulación se ve abocada a contemplar la figura de la titularidad compartida en las explotaciones agrarias para dar respuesta a determinadas cuestiones que se suscitan en relación a la misma. Constituye así, un elemento de cambio de estas estructuras, de tal manera que las mujeres del rural disfruten de una igualdad de derechos efectiva en relación a los hombres.
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