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El efecto Ribalda II en la admisión de prueba de videovigilancia en un despido disciplinario.

  • Autores: María Pilar Rivas Vallejo
  • Localización: Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL), ISSN-e 2659-787X, Nº. 8, 2021
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      A partir de la doctrina europea y constitucional, el Tribunal Supremo considera que no es necesario informar a los trabajadores afectados por seguimiento a través de cámaras de videovigilancia de su finalidad disciplinaria si ya conocen su existencia previamente. Se reitera la doctrina sentada en sentencia de 7 de julio de 2016 y posteriores y se aplica a un supuesto de subcontratación del servicio de vigilancia.

    • English

      On an European and constitutional doctrinal basis, the Supreme Court decides that the workers affected by monitoring through video surveillance cameras don't need to be informed of their disciplinary purpose if they already know of its existence previously. Application of doctrine established in judgement of July 7, 2016 to outsourced security service.


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