Ha sido reseñado en:
Faraldo Cabana, P. "Los delitos leves. Causas y consecuencias de la desaparición de las faltas": Valencia (Tirant lo Blanch), 2016, pp. 235
Francisco Salvador de la Fuente Cardona (res.)
Revista jurídica Universidad Autónoma de Madrid, ISSN 1575-720X, Nº. 36, 2017, págs. 407-411
1. Introducción
2. ¿Se puede hablar de despenalización de las faltas?
3. Razones de la introducción de las faltas en la legislación penal histórica
4. Objetivos que se espera alcanzar con la desaparición de las faltas
1. Determinaciones previas
2. La agilización de la sanción de infracciones leves a través del procedimiento administrativo sancionador
3. La descongestión del sistema judicial
5. Consecuencias inmediatas de la conversión de las faltas en delitos leves
1. Determinaciones previas
2. La agravación de las penas
3. El aumento de la potestad sancionadora de la Administración
6. Novedades en la regulación de los delitos leves en la parte general
1. Determinaciones previas
2. La nueva división tripartita de las infracciones criminales y sus consecuencias
3. El cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa mediante localización permanente
4. La punición generalizada de la tentativa
5. El aumento del plazo de prescripción
6. Las reglas especiales de determinación de la pena para los delitos leves
7. El registro de antecedentes penales por delitos leves
8. La creación de la imprudencia menos grave
9. La posibilidad de imponer medidas de seguridad
7. Novedades en la regulación de los delitos leves en la parte especial
1. Determinaciones previas
2. Las reformas expresas
i. Prevaricación judicial
ii. Acusación y denuncia falsas
iii. Asociación ilícita
iv. Organización criminal
3. Las reformas tácitas: la amplicación de delitos preexistentes
i. Amenazas
ii. Calumnia
iii. Receptación
iv. Blanqueo de bienes
v. Delitos contra la seguridad vial
vi. Abandono de destino y omisión del deber de impedir delitos
vii. Omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
viii. Encubrimiento
ix. Falso testimonio
x. Extensión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a los delitos leves
4. El aumento de la severidad en el tratamiento de la pequeña delincuencia patrimonial
8. Novedades en el sistema de sanciones aplicables a los delitos leves
1. Determinaciones previas
2. ¿Por qué se reduce el uso de la localización permanente?
3. ¿Por qué se mantiene la multa como la pena leve por excelencia?
4. ¿Es justificable un régimen penológico distinto para los delitos relacionados con la violencia doméstica?
9. Novedades en el procedimiento por delitos leves
1. Determinaciones previas
2. La exigencia de denuncia para proceder por algunos delitos leves
3. La regulación del criterio de oportunidad atribuido al Ministerio Fiscal
4. Otros cambios procesales
10. Conclusiones
11. Bibliografía
La supresión del Libro II del Código Penal, dedicado a las faltas, es uno de los aspectos más llamativos de la reforma penal de 2015. En este libro se analiza si se puede hablar de despenalización de las faltas, dada su generalizada transformación en delitos leves y menos graves; se exponen las razones que en su día justificaron la introducción de las faltas en la legislación penal histórica y se estudia si dichas razones ya no están vigentes; se exponen las consecuencias de la conversión de las faltas en delitos leves y menos graves y las novedades que produce tanto en la parte general como en la parte especial, algunas expresas pero otras tácitas; y se interroga sobre las consecuencias procesales de la reforma, prestando particular atención a la concesión al Ministerio Fiscal de un criterio de oportunidad. Para finalizar, se exponen los motivos que llevan a pensar que la desaparición de las faltas es un hito más en el camino hacia un considerable aumento de las penas y una mayor represión administrativa, por lo que no supone una disminución del ius puniendi que pesa sobre los ciudadanos.
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