La excedencia laboral voluntaria es un derecho que permite al trabajador interrumpir la prestación de servicios para atender intereses personales, que no necesita manifestar. Forma parte de los mecanismos de estabilidad en la relación de trabajo asalariado, y es una vicisitud próxima a la suspensión del contrato de trabajo, pero, a diferencia de ella, no atribuye al trabajador el derecho a que se le reserve un puesto de trabajo en la empresa, en el que reincorporarse automáticamente a su termino. El efecto esencial de esta modalidad de excedencia es el derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría a la que desempeñaba el excedente con anterioridad. Esta sustancial distinción que puede establecerse entre ambas figuras conduce a afirmar que no tienen la misma naturaleza jurídica. Por consiguiente, es preciso revisar algunos efectos que se han atribuido a la excedencia voluntaria partiendo de la tesis tradicional que la considera una causa mas de suspensión del contrato de trabajo. Debe también destacarse la originalidad del ordenamiento laboral español frente a otros sistemas de derecho comparado en los que no existe una institucion como esta, que comparte caracteristicas tanto de la suspension como de la extincion del contrato de trabajo.
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