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Resolucion Minsaludps 3803 2016

La resolución establece las nuevas Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana basadas en evidencia científica internacional. Define términos clave relacionados con la nutrición y alimentación saludable. Establece que las RIEN deben ser usadas para evaluar dietas, formular productos alimenticios y diseñar programas de intervención nutricional, con el fin de promover una alimentación equilibrada en Colombia.

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Resolucion Minsaludps 3803 2016

La resolución establece las nuevas Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana basadas en evidencia científica internacional. Define términos clave relacionados con la nutrición y alimentación saludable. Establece que las RIEN deben ser usadas para evaluar dietas, formular productos alimenticios y diseñar programas de intervención nutricional, con el fin de promover una alimentación equilibrada en Colombia.

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RESOLUCIÓN 3803 DE 2016

(agosto 22)

Diario Oficial No. 49.976 de 25 de agosto de 2016

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población col
otras disposiciones.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 173 de la Ley 10
artículo 9o de la Ley 1355 de 2009, los numerales 4, 7 y 30 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el entonces Ministerio de Salud, mediante la Resolución 17855 de 1984, estableció las recomendaciones d
nutrientes para la población colombiana, las cuales el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar posteriormen
de 1990.

Que no obstante, la comunidad científica internacional y nacional ha avanzado en el conocimiento sobre los req
nutrientes y ha evidenciado la relación directa que existe entre dieta y salud, así como la identificación de las de
nutricionales como causas de morbimortalidad y su incidencia en las enfermedades no transmisibles.

Que en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021-PDSP, adoptado mediante Resolución 1841 de
Ministerio, se contempla la dimensión seguridad alimentaria y nutricional, marco técnico que establece como m
de consumo y aprovechamiento biológico de alimentos, lograr que la población colombiana consuma una alime
equilibrada, suficiente y adecuada, y se define en sus líneas de política, la promoción y protección de la salud y
fomento de estilos de vida saludable, el aseguramiento de la calidad e inocuidad de los alimentos, el desarrollo
tecnológico de los cinco ejes de la seguridad alimentaria y nutricional y el desarrollo de las capacidades, potenc
competencias humanas.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 1098 de 2006, “por la cual se expide el Códig
Adolescencia” los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una buena calidad de vida que supone la
condiciones que les aseguren, entre otros aspectos, una alimentación nutritiva y equilibrada desde la concepción
alimentación nutritiva y equilibrada.

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Documento Conpes DNP 113 de 2008 aprobó la Políti
Seguridad Alimentaria y Nutricional (PNSAN) y estableció como estrategia, para el abordaje de la problemátic
seguridad alimentaria y nutricional, la actualización y difusión permanente de orientaciones alimentarias y nutr
las recomendaciones de energía y nutrientes para la población colombiana.

Que el artículo 9o de la Ley 1355 de 2009 dispone que este Ministerio, en aras de buscar una dieta balanceada y
establecerá los mecanismos para evitar el exceso o deficiencia en los contenidos, cantidades y frecuencias de co
nutrientes que, consumidos en forma desbalanceada, puedan presentar un riesgo para la salud.

Que en ese contexto, las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes se convierten en la principal herram
una dieta balanceada y saludable, ya que establece las cantidades adecuadas para cada grupo de edad, sexo, esta
actividad física para la población colombiana.
Que en consonancia con lo señalado en el Documento Conpes DNP 113 de 2008, el artículo 9o de la Ley 1751
que es deber del Estado adoptar políticas públicas dirigidas a lograr la reducción de las desigualdades de los de
de la salud, entendidos como factores sociales, económicos, culturales, nutricionales, entre otros, los cuales inc
efectivo del derecho a la salud, promover el mejoramiento de la salud, prevenir la enfermedad y elevar el nivel

Que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización Mu
(OMS), la Universidad de las Naciones Unidas (UNU) han considerado un nuevo enfoque en la determinación
recomendaciones de ingesta, centrado no solo en los estados de deficiencia nutricional sino también en el exces
de enfermedades no transmisibles.

Que de la revisión de las actuales recomendaciones diarias de calorías y nutrientes para la población colombian
que presentan limitaciones, teniendo en cuenta que no proporcionan información sobre varios nutrientes y para
alimentos como la fibra dietaria y que, así mismo, no existe una guía para orientar al público sobre los potencia
de la ingesta excesiva de nutrientes, dado el creciente interés de la población por consumir alimentos fortificado
nutricionales.

Que de acuerdo al análisis liderado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), con el apoyo téc
Universidades Nacional de Colombia y de Antioquia y de expertos, entre otros, se recomendó la adopción para
Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana, tomando como fue
científica, el Comité de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - Organi
Salud - Universidad de las Naciones Unidas (FAO/WHO/UNU), el Comité de Alimentación y Nutrición del In
de los Estados Unidos (Food and Nutrition Board - FNB of the Institute of Medicine (IOM)) y el Consejo Naci
Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (National Health and Medical Research Councit (NHMRC

Que en cumplimiento del artículo 2.2.1.7.5.6. del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1595 de 20
mediante Oficio número 201621400223031, solicitó concepto previo al Ministerio de Comercio, Industria y Tu
determinar si este proyecto normativo debía surtir el proceso de consulta pública ante la Organización Mundial
(OMC), ante lo cual la Dirección de Regulación de dicho Ministerio, mediante radicado 2-2016-004087 del 14
recibido por este Ministerio el 16 de marzo del 2016 y con radicado 201642300493302, manifestó que “consid
a la luz del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas San
Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, no debe surtir el trámite de notificación contemplado
y 5.6.2 del Acuerdo OTC, ni el señalado en el literal b) del numeral 5 del Anexo 8 del Acuerdo MSF (Ley 170

Que la mencionada cartera ministerial considera conveniente informar al Comité de Medidas Sanitarias y Fitos
miembros, la adopción de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombia
Ministerio, mediante un documento sobre aspectos generales, una vez sea expedida la resolución del proyecto e

Que por las razones anotadas, se hace necesario establecer las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrie
población colombiana, soportadas con la información de los referentes internacionales aquí mencionados así co
realizada con los expertos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto establecer las Recomendaciones de Ingesta d
Nutrientes (RIEN) para la población colombiana contenidas en el Anexo Técnico que forma parte integral de la
encaminadas a promover una dieta equilibrada que aporte la cantidad y calidad necesaria de energía y nutriente

ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en la presente resolución serán
necesaria para:

2.1. Las personas naturales y/o jurídicas que realicen evaluación y planeación de dietas individuales, de grupos
programas de intervención nutricional y alimentaria.

2.2. Las personas naturales y/o jurídicas que diseñen, formulen, procesen y evalúen productos alimentarios, nut
suplementos dietarios.

ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES. Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se adoptan las sig

3.1. Adecuación nutricional de un nutriente: es el nivel de ingesta de un nutriente que cubre las necesidades de
acuerdo a un criterio definido para el mismo, teniendo en cuenta el período de vida, grupo de edad, género, con
que no genera exceso ni deficiencia.

3.2. Alimentación saludable: es aquella que satisface las necesidades de energía y nutrientes en todas las etapas
considerando su estado fisiológico y velocidad de crecimiento; promueve el suministro de nutrientes de la mad
de la lactancia materna e incluye alimentos ricos en nutrientes en la alimentación complementaria y se caracteri
alimentación completa, equilibrada, suficiente, adecuada, diversificada e inocua que previene la aparición de en
asociadas con una ingesta deficiente o excesiva de energía y nutrientes.

3.3. Aporte Dietético Recomendado ((RDA) Recommended Dietary Allowance): es una estimación del nivel de
promedio de un nutriente, que es suficiente para cubrir las necesidades de casi todos los individuos saludables d
(97-98%) por período de vida, condición fisiológica y género.

3.4. Azúcares intrínsecos: son los que se encuentran presentes en las células de las paredes de las plantas princi
(fructosa) o como la lactosa en la leche.

3.5. Azúcares libres: los azúcares libres incluyen los monosacáridos y los disacáridos añadidos intencionalment
las bebidas por el fabricante, el cocinero o el consumidor (sacarosa, jarabe de maíz alto en fructosa, jarabe de m
más los azúcares naturalmente presentes en la miel, los jarabes, los jugos de frutas y los concentrados de jugos

3.6. Biodisponibilidad: capacidad de un nutriente para ser absorbido por el organismo a partir de la combinació
componen la dieta y luego acceder a los procesos metabólicos y fisiológicos; esta capacidad depende, entre otro
forma química del nutriente y su interacción con otros nutrientes.

3.7. Calidad proteica: es una expresión de su capacidad para cubrir el requerimiento de nitrógeno y aminoácido
crecimiento, mantenimiento y reparación de tejidos, y comprende dos factores como son la digestibilidad y la c
aminoácidos esenciales de la proteína.

3.8. Cómputo aminoacídico: relación del aminoácido que se encuentra en menor proporción en la proteína del a
(aminoácido limitante) con respecto al mismo aminoácido en el patrón de requerimiento de aminoácidos, deter
efectividad el nitrógeno dietético absorbido puede cubrir el requerimiento de aminoácidos esenciales para un ni
de proteína.

3.9. Costo energético del crecimiento: comprende la necesidad de energía para la síntesis del tejido de crecimie
depositada en estos tejidos principalmente en forma de grasa y proteína.

3.10. Dieta equilibrada: es aquella que contiene todos los alimentos necesarios para conseguir un estado nutrici
cumpliendo los siguientes objetivos: a) Aportar una cantidad de macronutrientes que generen la energía (caloría
llevar a cabo los procesos metabólicos y de trabajo físico; b) Suministrar suficientes nutrientes con funciones es
reguladoras (proteínas, minerales y vitaminas); c) Ser variada, debido a que no existe ningún alimento que cont
nutrientes esenciales, y d) Que las cantidades de cada uno de los macronutrientes se encuentren en las proporcio
los Rangos de Distribución Aceptable de Macronutrientes (AMDR) como lo muestra la Tabla 1.

Tabla 1. Metas de ingesta de macronutrientes para la población colombiana expresadas en Rangos de Distribuc
Macronutrientes (AMDR)

MACRONUTRIENTES AMDR % DE ENERGÍA TOTAL DIARIA


NIÑOS 1-3 AÑOS NIÑOS 4-18 AÑOS
Proteínas 10-20 10-20
Grasa total 30-40 25-35
Carbohidratos 50-65 50-65

3.11. Digestibilidad: índice que cuantifica el proceso de transformación que sufren los alimentos en el tracto ga
su ingestión hasta la excreción de los residuos de alimentos no aprovechados.

3.12. Distribución de la ingesta usual: se construye con los datos de ingesta usual de un individuo o población (
ingestas observadas obtenidas con mínimo dos recordatorios de 24 horas en días no consecutivos o en tres días
construir esta distribución los datos deben ajustarse estadísticamente por la variabilidad día a día en la ingesta.

3.13. Efecto adverso: cualquier alteración significativa en la estructura o en la función del organismo humano,
en una función fisiológicamente importante, que podría conducir a un efecto no deseable para la salud, como re
excesiva de un nutriente.

3.14. Efecto Calorigénico del Alimento (ECA) o termogénesis inducida por los alimentos: aumento del gasto en
la ingesta de alimentos e incluye la energía necesaria para la digestión, absorción, transporte, metabolismo y alm
macronutrientes.

3.15. Enfermedades no transmisibles: enfermedades relacionadas con la dieta no saludable, la nutrición y otras
estilo de vida, como el sedentarismo, el tabaquismo, el uso abusivo del alcohol; representan una carga importan
pública, tanto en términos de costo directo para la sociedad como en términos de años de vida ajustados por dis
enfermedades incluyen entre otras la enfermedad cardiovascular, enfermedades respiratorias crónicas, obesidad

3.16. Evaluación dietética: comparación de la ingesta usual de un nutriente con el valor de referencia apropiado
UL), para decidir, con un determinado nivel de confianza, si la ingesta del individuo es adecuada, deficiente o e
como la probabilidad de inadecuación por déficit o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva.

3.17. Fibra total: es un constituyente no nutritivo presente principalmente en la pared celular de los tejidos vege
cereales, frutas y verduras. Comprende la suma de la fibra dietaria y fibra funcional.

3.18. Fibra dietaria: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, son carbohidratos, análogos de
lignina, que no son hidrolizados por las enzimas endógenas del tracto gastrointestinal de los humanos.

3.19. Fibra funcional: compuestos aislados constituidos por carbohidratos no digeribles que ejercen efectos ben
que pueden ser aislados, extraídos, purificados y adicionados a los alimentos.

3.20. Gasto de energía en actividad física: componente del gasto energético que depende de las características d
su duración.

3.21. Gasto Total de Energía ((TEE) Total Energy Expediture): es la energía que gasta en promedio un ind
individuos, en un período de 24 horas. Incluye la energía necesaria para cubrir la Tasa Metabólica Basal (TMB
física, termorregulación, síntesis de tejidos en crecimiento. Este último aplica a la energía demandada para la p
de la leche materna.

3.22. Índice de Masa Corporal (IMC): es un indicador simple de la relación entre el peso y la talla. Se obtiene a
expresado en kilogramos entre la talla expresada en metros al cuadrado.

3.23. Ingesta aceptable: término establecido por FAO-OMS, representa la mejor estimación de la necesidad rea
ingesta aceptable, término que únicamente aplica para la vitamina E, que sustenta la función conocida de esta v
los datos disponibles para definir una recomendación fueron insuficientes.

3.24. Ingesta Adecuada ((AI) Adequate intake): nivel de ingesta promedio recomendado sobre la base de est
observada de un nutriente o ingesta determinada por aproximaciones experimentales o a partir de estimaciones
nutrientes para un grupo o grupos de personas aparentemente saludables, en quienes se asume que esta es adecu
de adecuación establecidos para cada nutriente. La AI se establece en lugar del RDA cuando no hay suficiente e
para establecer el EAR y así calcular el RDA.

3.25. Ingesta usual: ingesta promedio a largo plazo, de alimentos, nutrientes o un nutriente específico, de un ind
población.

3.26. Kilocaloría (kcal): una kcal es la cantidad de energía necesaria para incrementar la temperatura de 1 litro d
14,5o C a 15,5o C; utilizada de manera habitual, a nivel nacional e internacional, en energía humana y para exp
energético en alimentos.

3.27. Nivel de Ingesta Máximo Tolerable ((UL) Tolerable Upper Level Intake): nivel de ingesta promedio
diaria de un nutriente que probablemente no genera riesgo de efectos adversos para la salud de la mayoría de in
población general; no se debe ingerir de manera crónica más de este valor. El término “tolerable” tiene la conno
ingesta que puede, con alta probabilidad, ser tolerado biológicamente por un individuo.

3.28. Nivel recomendado de ingesta de energía: para un grupo de población, es el requerimiento medio de ener
saludables, bien nutridos, que constituyen el grupo.

3.29. Nivel de Actividad Física (PAL - Physical Activity Level): gasto de energía de 24 horas expresado com
TMB y se calcula como Gasto Energético Total TEE/TMB para 24 horas. Según la intensidad, la actividad físic
clasifica en ligera, moderada y fuerte que se asocian a estilos de vida sedentario, moderado o vigoroso respectiv

3.29.1. Actividad física ligera: comprende ocupaciones que no demandan mucho esfuerzo físico, incluye camin
cortas, por lo general uso de transporte motorizado, no se practica actividad física regular y se gasta el tiempo l
donde el individuo permanece sentado o de pie, invierten largo tiempo viendo televisión, leyendo, usando el co
sin mucho desplazamiento corporal. Ej. Mujer que trabaja en el área urbana en oficina y que solo ocasionalmen
actividades que exigen esfuerzo físico.

3.29.2. Actividad física moderada: ocupaciones no extenuantes, pero con mayor gasto energético que la descrit
sedentarias, realizan actividades moderadas a vigorosas periódicamente, durante su rutina diaria obligatoria o v
se encuentran las labores que realizan los empleados de construcción, las mujeres del área rural que participan e
mujer que trabaja en oficina y realiza actividad física de manera periódica.

3.29.3. Actividad física fuerte: trabajo extenuante con regularidad en tiempo de descanso, en el cual realizan ac
varias horas como bailar, labores agrícolas no mecanizadas, se mueven más que el promedio, caminan diariame
o usan transporte como la bicicleta, se mantienen ocupados en trabajos o tareas domésticas que demandan muc
varias horas al día o practican deporte o ejercicio que exige un alto nivel de esfuerzo físico, durante varias hora
días de la semana.

La siguiente tabla muestra la categoría de la actividad física y el rango de PAL correspondiente:


Tabla 2. Rango de PAL según la categoría de la actividad física

CATEGORÍA ESTILO DE VIDA VALOR PAL (RANGO)


Ligera Sedentaria 1.40-1.69
Moderada Moderadamente activo 1.70-1.99
Fuerte Activo 2.00-2.40

3.30. Nutriente: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, se entiende como cualquier sustanc
normalmente como componente de un alimento que aporta energía, o es necesaria para el crecimiento, el desarr
mantenimiento de la salud, o cuya carencia hará que se produzcan cambios químicos o fisiológicos característic

3.31. Nutriente esencial: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, se entiende como nutriente
por el organismo o es sintetizado en cantidades insuficientes y que debe ser consumido para garantizar el crecim
mantenimiento de la salud.

3.32. Planificación dietética: proceso que tiene como objetivo lograr una dieta usual nutricionalmente adecuada
una probabilidad baja de inadecuación por defecto o exceso de nutrientes.

3.33. Población aparentemente saludable: se refiere a la población con ausencia de enfermedad definida con ba
signos clínicos, síntomas y alteraciones en la función orgánica, evaluados por métodos de laboratorio clínico de
físico.

3.34. Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes ((AMDR) Acceptable Macronutrient Distribu


de ingesta de una fuente de energía que se asocia con reducción en el riesgo de enfermedad crónica, mientras ap
adecuadas de nutrientes esenciales. Se expresa como porcentaje de la ingesta total de energía.

3.35. Programas de intervención nutricional y alimentaria: serie organizada de actividades encaminadas a la con
objetivos y metas orientadas a proporcionar a la población beneficiaria una alimentación que permita satisfacer
sus necesidades de energía y nutrientes en procura de alcanzar el bienestar alimentario y nutricional de los cole
desde allí contribuir al logro de los propósitos de las políticas públicas de alimentación.

3.36. Requerimiento de Energía ((ER) Requirement Energy): nivel de ingesta de energía proveniente de los
para balancear el gasto energético en hombres y mujeres adultos, con el fin de mantener el peso, la composició
de actividad física deseable y necesario, acorde con una buena salud a largo plazo. En los niños y niñas incluye
para el crecimiento y desarrollo óptimo; en la gestación para el depósito de tejidos y durante la lactancia para la
materna.

3.37. Requerimiento de un nutriente: nivel más bajo de ingesta continua de un nutriente, que, según un indicado
mantiene el estado nutricional de un individuo aparentemente saludable.

3.38. Requerimiento Promedio Estimado ((EAR) Estimated Average Requirement): nivel de ingesta prom
que cubre el requerimiento de la mitad de los individuos saludables (50%) de un grupo de edad, por periodo de
fisiológico y género específicos.

3.39. Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN): estimaciones cuantitativas de la ingesta de


que se emplean en la planeación y evaluación de dietas para personas aparentemente sanas. Comprenden un con
referencia como: Requerimiento de Energía (ER), Aporte Dietético Recomendado (RDA), Requerimiento Prom
(EAR), Ingesta Adecuada AI y el Nivel de Ingesta Máximo Tolerable UL, Ingesta aceptable (únicamente aplica

3.40. Tasa Metabólica Basal (TMB): es la energía utilizada para el metabolismo basal referida a un periodo de
general, se expresa como kilocalorías/24 horas. Representa el valor mínimo de gasto energético compatible con
estado de vigilia, posición supina, bajo condiciones estándar de reposo, ayuno, inmovilidad, termoneutralidad,

3.41. Termorregulación: regulación de la temperatura corporal por medio del aumento o disminución del gasto
temperatura ambiental está por debajo o por encima de la zona de termoneutralidad o temperatura del medioam
consumo de oxígeno y la TMB son menores.

ARTÍCULO 4o. USOS GENERALES DE LAS RECOMENDACIONES DE INGESTA DE ENERGÍA Y N


(RIEN). Las recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) tendrán, entre otros, los siguientes us

4.1 Guiar el proceso de fortificación de alimentos y la formulación de suplementos dietarios estableciendo los v
requerimiento poblacional y para evitar la aparición de efectos adversos por déficit o exceso.

4.2 Proveer información básica para establecer las normas y los valores diarios para el etiquetado o rotulado nu
alimenticios.

4.3 Ser referencia para la formulación, seguimiento y evaluación de la política alimentaria y nutricional, con én
del suministro de alimentos y productos alimentarios y nutricionales para cubrir las necesidades de la población

4.4 Servir como marco de referencia para la actualización de las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos (GA
población colombiana.

4.5 Planear y desarrollar investigaciones en alimentación y nutrición.

4.6 Ser referencia básica para la planificación y evaluación dietética para individuos y grupos.

ARTÍCULO 5o. COMITÉ ASESOR. En el marco de las competencias otorgadas por el artículo 17 de la Le
Decreto 2055 de 2009, modificado por el Decreto 1115 de 2014 este Ministerio promoverá, a través de la Com
Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cisan), la creación del Comité Asesor para coordinar la implementación
Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana.

ARTÍCULO 6o. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. Con el fin de mantener actualizadas las presentes dispo
con los avances científicos y tecnológicos, nacionales e internacionales este Ministerio tendrá en cuenta las reco
adoptadas por el Comité Asesor para la implementación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutri
población colombiana.

ARTÍCULO 7o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución empezará a regir en un plazo de


meses, contado a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 17855 de 1984, los artículos 49, 50
Resolución 11488 de 1984 y las definiciones de azúcares y kilocaloría establecidas en el artículo 3o, Capítulo I
Resolución 333 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de agosto de 2016.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

ANEXO TÉCNICO.
El presente anexo establece las bases técnicas para las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (R
población colombiana definiendo los valores de referencia para calorías, proteína, carbohidratos, grasas, fibra, a
minerales para los diferentes períodos de la vida y grupos de edad con sus respectivas tablas en donde se registr
valores.

ÍNDICE.

1. BASES CONCEPTUALES.

1.1. Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RI

1.1.1. Población aparentemente saludable:

1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad:

1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia:

1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la p

2. USOS ESPECÍFICOS Y APLICACIONES DE LOS VALORES DE REFERENCIA DE LAS RIEN PARA P


EVALUACIÓN DIETÉTICA

2.1. Planificación dietética para Individuos y para grupos

2.1.1. Planificación dietética para individuos:

2.1.2. Planificación dietética para grupos:

2.2. Evaluación dietética para individuos y para grupos

2.2.1. Evaluación dietética para individuos:

2.2.2. Evaluación dietética para grupos:

3. RECOMENDACIONES DE INGESTA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES (RIEN) ESTABLEC1DOS PARA


COLOMBIANA

3.1. Requerimientos de Energía:

3.2. Recomendaciones de Ingesta de Proteína:

3.3. Recomendaciones de Ingesta de Grasa:

3.4. Recomendaciones de Ingesta de Carbohidratos:

3.5. Recomendaciones de Ingesta de Fibra:

3.6. Recomendaciones de Ingesta de Agua:

3.7. Recomendaciones de Ingesta de Vitaminas liposolubles:

3.8. Recomendaciones de Ingesta de Vitaminas Hidrosolubles:

3.9. Recomendaciones de Ingesta de Macro Minerales:

3.10. Recomendaciones de Ingesta de Micro Minerales:


1. BASES CONCEPTUALES.

1.1. Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RI

Los parámetros que se adoptan para la estimación de las RIEN, son:

1.1.1. Población aparentemente saludable: Las recomendaciones de ingesta aplican para la población aparentem
profesionales responsables de la atención nutricional de individuos con necesidades especiales (enfermos, depo
rendimiento, entre otros) tomarán como base estas recomendaciones haciendo las respectivas adaptaciones a ca
particular.

1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: Los períodos de vida y grupos de edad utilizados pa
RIEN se presentan en la Tabla 1:

Tabla 1. Períodos de vida y grupos de edad utilizados para la expresión de las RIEN en la población colombian

PERIODOS DE LA VIDA GRUPOS DE EDAD


Lactantes 0 - 6 meses
7 - 12 meses
Preescolares 1 - 3 años
Escolares 4 - 8 años
Pubertad y adolescencia 9 -13 años
14 - 18 años
Adultos 19 - 30 años
31 - 59 años
Adultos mayores 60 - 69 años
Mayor 70 años
Gestación y lactancia 14 - 18 años
19 - 30 años
31 - 50 años

1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia:

Los nutrientes para los cuales se establece la recomendación de ingesta y sus respectivos valores de referencia s
Tabla 2.

Tabla 2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia

COMPONENTE VALORES DE REFERENCIA


Agua AI1
Energía Requerimiento de energía
Proteína AI, EAR2, RDA3, AMDR4
Grasa AI, AMDR
Carbohidratos AI, EAR, RDA, AMDR
Fibra AI
VITAMINAS LIPOSOLUBLES

Vitamina A AI, EAR, RDA, UL5


Vitamina D AI, EAR, RDA, UL
Vitamina E “Ingesta aceptable6” UL
Vitamina K AI

VITAMINAS HIDROSOLUBLES

Tiamina AI, EAR, RDA


Riboflavina AI, EAR, RDA
Niacina AI, EAR, RDA, UL
Ácido pantoténico AI
Vitamina 86 AI, EAR, RDA, UL
Vitamina 812 AI, EAR, RDA
Folato AI, EAR, RDA, UL
Vitamina C AI, EAR, RDA, UL
COMPONENTE VALORES DE REFERENCIA

MINERALES

Calcio AI, EAR, RDA, UL


Fósforo AI, EAR, RDA, UL
Magnesio AI, EAR, RDA, UL
Hierro AI, EAR, RDA, UL
Zinc AI, EAR, RDI, UL
Selenio AI, EAR, RDA, UL
Cobre AI, EAR, RDA, UL
Yodo AI, EAR, RDA, UL
Fluoruro AI, UL
Sodio AI, UL
Potasio Al

Convenciones:

1 AI Ingesta Adecuada

2 EAR Requerimiento Promedio Estimado

3 RDA Aporte Dietético Recomendado

4 AMDR Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes

5 UL Nivel de Ingesta Máximo Tolerable


6 Ingesta aceptable - Valor que aplica únicamente para vitamina E

1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la
colombiana. Los valores de referencia para energía, agua, fibra y nutrientes fueron basados en reportes de comi
nivel internacional tales como: el Consejo de Alimentación y Nutrición y el Instituto de Medicina de los Estado
IOM), Consejo Nacional de Salud e Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (NHMRC), acompaña
Conjunto conformado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Universidad de las Naciones Unidas
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). (Ver Tabla 3).

Tabla 3. Fuente de información científica para los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos par
colombiana

FUENTE DE INFORMACIÓN AÑO NU


FAO - OMS 2001
(Ajuste po
V
Vitamina

FNB: IOM 1997

1998
R

Ácid
V
Vi

2000 V
V

2002 - 2005 G
Proteína
Carbohidratos
Fibra
2004 A
Sodio
Potasio
2011 Vita
Calcio
FAO - OMS - UNU 2001
NHMRC Australia y Nueva Zelanda - Grupo Consultivo Internacional de la nutrición del 2005 V
Zinc (IZiNCG)

a: En Vitamina A para la población colombiana se adoptaron los valores de las recomendaciones de ingesta del
En cuanto a las unidades la decisión fue conservar las recomendadas por FAO - OMS 2001.

Las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes que se establecen para la población colombiana fueron
en la información disponible a partir de fuentes de los organismos internacionales referenciados en el cuadro an
1994-2011

Se adoptan los requerimientos de energía establecidos por el Comité FAO - OMS UNU (2001), con base en la p
metodología utilizada para su desarrollo, que reflejan los avances en el conocimiento en este campo de la nutric
considerando que se ajustan a las características de la población colombiana.

Se adoptan las recomendaciones de ingesta definidas por el Comité de Alimentación y Nutrición y el Instituto d
Estados Unidos, así: FNB: IOM 1997-2011 para agua, proteínas, grasa, carbohidratos, fibra, vitamina A, tiamin
niacina, ácido pantoténico, vitamina B6, vitamina B12, folato, vitamina C, fósforo, magnesio, hierro, selenio, c
sodio y potasio, calcio y vitamina D, teniendo en cuenta que la metodología para determinación de las recomen
una descripción detallada del procedimiento que se siguió para la obtención de los valores estimados en cada pe
fundamentada en la mejor evidencia científica disponible.

Se adoptan las recomendaciones de ingesta para vitamina E del comité FAO - OMS (2001) el cual estableció un
aceptable” teniendo en cuenta que la principal función de la vitamina E parece ser la prevención de la oxidació
Grasos Poliinsaturados - PUFA.

Para proteínas y el hierro se hacen ajustes para la población colombiana teniendo en cuenta las características d
que se consume en el país:

a) Proteínas: El Comité FNB - IOM fija los requerimientos para una calidad de proteína del 100%, sin embargo
que la dieta de la población colombiana es mixta, se ajustan los requerimientos de proteína a partir de los 7 mes
días cumplidos, según los valores de digestibilidad (80%) y cómputo aminoácidico (90%), según el criterio esta
Fundación Cavendes de Venezuela para la dieta latinoamericana;

b) Hierro: Los valores de referencia de ingesta de hierro, se ajustaron a una biodisponibilidad del 12% que está
propuestos por la FAO - OMS (2001) y que responde a las características de la dieta colombiana acorde a la En
Situación Nutricional (Ensin) 2005 .

Para Colombia se adoptan los valores de referencia de ingesta del Zinc y vitamina K del Comité NHMRC de A
Zelanda, y además , para el zinc se aplican los ajustes y correcciones del Grupo Consultivo Internacional de la N
(IZiNCG, 2004).

2. USOS ESPECÍFICOS Y APLICACIONES DE LOS VALORES DE REFERENCIA DE LAS RIEN PARA P


EVALUACIÓN DIETÉTICA

Las RIEN se aplican en todas las actividades de planeación y evaluación dietética, considerando la variabilidad
en cuanto a sus requerimientos y su ingesta, con el fin de hacer una estimación más razonable del nivel del nutr
lograr adecuación nutricional, prevenir déficit y efectos adversos para la salud por ingesta en exceso.

2.1. Planificación dietética para Individuos y para grupos.


2.1.1. Planificación dietética para individuos: Se utilizan los valores de referencia de ingesta para planificación
una dieta nutricionalmente adecuada, esto es, con una probabilidad baja de inadecuación por deficiencia o exce
energía y nutrientes.

2.1.2. Planificación dietética para grupos: La meta de planificación dietética en grupos es lograr que las ingesta
cubran los requerimientos de la mayoría de los individuos (97 - 98%).

En la Tabla 4 se muestra el resumen de los usos de los valores de referencia de ingesta para la planificación en

Tabla 4. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la planificación dietética en individuos y

VALOR DE USOS RECOMENDADOS DE LA PLANIFICACIÓN DIETÉTIC


REFERENCIA
PARA INDIVIDUOS PARA GRUP
Nutriente con valor de El EAR no se utiliza. El EAR se usa junto con l
EAR ingesta usual del nutriente pa
prevalencia baja de ingesta in
Nutriente con valor de El RDA se usa para planificación dietética, para El RDA no se utiliza.
RDA reducir la probabilidad de inadecuación en la ingesta
de un 2 a 3% (0.02 a 0.03).
Nutriente con valor de AI Se usa como el objetivo de planeación para los Usar para la planeación media
nutrientes que no tienen definnido un valor de EAR,
para alcanzar una probabilidad baja de inadecuación.
Nutriente con valor de Se usa para planificar con una probabilidad baja de Se usa para planificar con un
UL efectos adversos por ingestas excesivas. riesgo por ingestas excesivas.
Nutriente con valor de Se utiliza para planificación en individuos puesto que Se utiliza como objetivo de p
AMDR cada rango recomendado se asocia con un riesgo una distribución de macronu
reducido de enfermedades crónicas, mientras que porcentaje de ingesta de cada
aporta cantidades adecuadas de nutrientes esenciales. la mayoría de los miembros d
del rango aceptable recomend
ER Se planea con la ingesta promedio de energía Se utiliza en la planeación d
requerida para mantener un peso corporal y un nivel energía para un grupo con e
de actividad física consistentes con buena salud a una prevalencia aceptableme
largo plazo, en adultos; en niños, para el óptimo inadecuada y de exceso poten
crecimiento; durante la gestación para el incremento
de tejidos, y durante la lactancia para la secreción de
leche, para asegurar buena salud de la madre y el
niño.

2.2. Evaluación dietética para individuos y para grupos

2.2.1. Evaluación dietética para individuos: Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética e
Requerimiento Promedio Estimado (EAR) que permite decidir con determinado nivel de confianza si la ingesta
adecuada; la Ingesta Adecuada (AI) se utiliza para nutrientes que no tienen valor de EAR, no se debe usar como
estimar la proporción de la población con ingesta inadecuada (deficiente); y el Nivel de Ingesta Máximo Tolera
evaluar la probabilidad de inadecuación o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva del nutriente. Tam
Requerimiento de Energía (ER) y el Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes - AMDR.
2.2.2. Evaluación dietética para grupos: Se utiliza para determinar la prevalencia de la inadecuación o de exces
energía y nutrientes. Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética son EAR, UL, AI, ER, A
para evaluación dietética en grupos el RDA, debido a que cuando se calcula la proporción de individuos en un g
ingestas inferiores al RDA, siempre conduce a sobrestimación de la verdadera prevalencia de inadecuación.

En la Tabla 5 se presentan los usos de los valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individ

Tabla 5. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individuos y gr

VALOR DE USOS RECOMENDADOS EN LA EVALUACIÓN DIETÉTICA


REFERENCIA
PARA INDIVIDUOS PARA GRU
Nutriente con Se usa para estimar la probabilidad de que la ingesta usual Se utiliza para estimar
valor de EAR sea inadecuada. inadecuación de ingesta dent
Nutriente con No se utiliza. No se utiliza
valor de RDA
Nutriente con Se utiliza para evaluar la ingesta dietética cuando el Su uso permite inferir única
valor de AI nutriente no tiene valor de EAR, se considera que la ingesta media usual en o por encima
usual en o por encima de este nivel tiene una probabilidad una prevalencia baja de inade
baja de inadecuación.
Nutriente con Se usa para evaluar si un nivel de ingesta superior al UL Se usa para estimar el porce
valor de UL ocasiona al individuo un riesgo de efectos adversos para la en riesgo potencial de ef
salud por ingesta excesiva. ingesta excesiva de un nutrie
Nutriente con Se utiliza en evaluación de ingesta individual para verificar Permite la evaluación de la
valor de AMDR que su valor se encuentre dentro de los rangos poblaciones mediante la d
recomendados para cada macronutriente. proporción del grupo que s
dentro del rango.
ER Se recomienda el empleo del IMC como uno de los Se utiliza para estimar
indicadores útiles en la adecuación de la ingesta usual de inadecuación de la ingesta
energía para adultos. relación al IMC o el peso par

3. RECOMENDACIONES DE INGESTA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES (RIEN) ESTABLECIDOS PARA


COLOMBIANA

3.1. Requerimientos de Energía: Se adopta como expresión de la ingesta dietética de energía, el requerimiento p
de población referido como la cantidad de energía que debe suministrar la dieta para mantener el balance de ene
género, estatura, peso y un grado de actividad física compatible con buena salud a largo plazo, mientras se apor
nutrientes para conformar una alimentación saludable.

El cálculo de los requerimientos de energía en todas las edades se basó en la medición y estimación del gasto to
más la necesidad de energía para crecimiento, gestación y lactancia. Los componentes del requerimiento de ene
Metabolismo Basal, la respuesta metabólica a los alimentos (ECA), la actividad física, el costo energético del c
y lactancia.

Tabla 6. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de lactantes de 0 a 12 meses alimentado
con fórmula y con leche materna + fórmula
EDAD REQUERIMIENTO DIARIO DE ENERGÍA EN KCAL/KG/DÍA
(MESES)
PESO (KG) Alimentados con leche Alimentados con Alimentados con leche materna +
materna fórmula
Niño Niña Niño Niña Promedio Niño Niña Promedio
0-1 4,58 4,35 106 99 102 122 117 120
1-2 5,50 5,14 98 95 97 110 108 109
2-3 6,28 5,82 91 90 90 100 101 100
3-4 6,94 6,41 79 80 79 86 89 87
4-5 7,48 6,92 79 79 79 85 87 86
5-6 7,93 7,35 78 79 78 83 85 84
6-7 8,30 7,71 76 76 76 81 81 81
7-8 8,62 8,03 77 76 76 81 81 81
8-9 8,89 8,31 77 76 77 81 81 81
9-10 9,13 8,55 79 77 78 82 81 81
10-11 9,37 8,78 79 77 78 82 81 81
11-12 9,62 9,00 79 77 78 82 81 81

Tabla 7. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de niños y niñas de 1 a 18 años, con tre
física habitual

Edad Requerimiento diario de energía


(años)
Actividad Actividad Actividad física vigorosa
física ligera física
moderada
Niños Niñas Niños Niñas Niños Niñas
Kcal/día Kcal/kg/día Kcal/día Kcal/kg/día Kcal/día Kcal/kg/día Kcal/día Kcal/kg/día Kcal/día Kcal/kg/día
1-2 - - - - 950 82 850 80 - -
2-3 - - - - 1.125 84 1.050 81 - -
3-4 - - - - 1.250 80 1.150 77 - -
4-5 - - - - 1.350 77 1.250 74 - -
5-6 - - - - 1.475 74 1.325 72 - -
6-7 1.350 62 1.225 59 1.575 73 1.425 69 1.800 84
7-8 1.450 60 1.325 57 1.700 71 1.550 67 1.950 81
8-9 1.550 59 1.450 54 1.825 69 1.700 64 2.100 79
9-10 1.675 56 1.575 52 1.975 67 1.850 61 2.275 76
10-11 1.825 55 1.700 49 2.150 65 2.000 58 2.475 74
11-12 2.000 53 1.825 47 2.350 62 2.150 55 2.700 72
12-13 2.175 51 1.925 44 2.550 60 2.275 52 2.925 69
13-14 2.350 49 2.025 42 2.775 58 2.375 49 3.175 66
14-15 2.550 48 2.075 40 3.000 56 2.450 47 3.450 65
15-16 2.700 45 2.125 39 3.175 53 2.500 45 3.650 62
16-17 2.825 44 2.125 38 3.325 52 2.500 44 3.825 59
17-18 2.900 43 2.125 37 3.400 50 2.500 44 3.925 57

Tabla 10. Requerimientos adicionales de energía para la población colombiana de la mujer gestante
Período de Cantidad adicional de energía requerida Situaciones especiales
gestación para una ganancia promedio de peso de
12 kg
Distribución en tres trimestres (kcal/día) Distribución en dos trimestres (kcal/
Primer 85 – Gestación y desnutrición: requiere aumentar l
trimestre para lograr mayor ganancia de peso vs
pregestacional adecuado.
Segundo 285 360
trimestre
Tercer 475 475 Gestación y adolescencia: mayores requerimie
trimestre satisfacer la demanda de adolescencia y la formac

Requerimiento diario de energía (Kcal/día) = Requerimiento de energía de mujer no gestante + cantidad adicion
Ganancia Promedio de Peso deseable durante la gestación de 12 kg)

Tabla 11. Requerimiento adicional de energía durante la lactancia para la mujer colombiana

CONDICIONES DE LA MADRE LACTANTE CANTIDAD EXTRA DE ENERGÍA REQUERIDAa (


Durante los primeros seis meses de lactancia exclusiva -- Con adecuada reserva de grasa
-- Madre lactante desnutrida y con deficiente ganancia de peso gestacional
Durante los siguientes seis meses de lactancia 460

Requerimiento diario de energía (kcal/día) = Requerimiento de energía de mujer no lactante + cantidad adicion
producción adecuada de leche materna.

a Esta cantidad de kilocalorías se adiciona al requerimiento de energía de la mujer no gestante por grupo edad.

3.2. Recomendaciones de Ingesta de Proteína:

Para proteínas se establece el valor de EAR, RDA, UL, y AMDR, para los diferentes grupos de edad, excepto p
de 7 meses, grupo para el cual se adopta una Ingesta Adecuada (AI).

Tabla 12. Recomendaciones de ingesta de proteínas para la población colombiana

PERÍODOS DE LA VIDA / PROTEÍNA

GRUPOS DE EDAD
EAR RDA AMDR % AI

g/kg/día g/kg/día g/kg/día

Lactantes (meses)

0-6 ND ND ND 1,52
7-11 1,39 1,67 ND -

Niños y Niñas (años)


1-3 1,21 1,46 10-20 -
4-8 1,05 1,32 10-20 -
9-13 1,05 1,32 10-20 -
PERÍODOS DE PROTEÍNA
LA VIDA /

GRUPOS DE
EDAD
EAR RDA AMDR AI
%
g/kg/día g/kg/día g/kg/día

Hombres (años)

14-18 1,01 1,18 10- -


20
19-30 0,92 1,11 14- -
20
31-50 0,92 1,11 14- -
20
51-70 0,92 1,11 14- -
20
> 70 0,92 1,11 14- -
20

Mujeres (años)

14-18 0,99 1,18 10- -


20
19-30 0,92 1,11 14- -
20
31-50 0,92 1,11 14- -
20
51-70 0,92 1,11 14- -
20
> 70 0,92 1,11 14- -
20

Gestación (años)

Todas las 1,22 o + 1,53 o + 14-20 -


edades 29 g 35 g

Lactancia (años)
Todas las 1,46 o + 1,80 o + 14-20 -
edades 29 g 35 g

Convenciones: ND - No Determinado. AI - Ingesta Adecuada EAR - Requerimiento Promedio Estimado RDA

Recomendado. Los valores de EAR y RDA han sido ajustados por calidad de proteína (digestibilidad 80% y có
90%).

Se adoptan para Colombia, el valor de EAR y el RDA, para los nueve aminoácidos esenciales para todos los gr
excepción en el menor de 6 meses para quien se establece el valor de AI.

Tabla 13. Ingesta adecuada de aminoácidos esenciales para población colombiana de niños de 0 a 6 meses, EAR
aminoácidos esenciales para niños y niñas entre 7 meses y 8 años de edad

AMINOÁCIDOS ESENCIALES (mg/kg/día) GRUPOS DE EDAD


0-6 MESES 7 – 12 MESES 1–3 AÑOS 4 – 8 AÑOS
AI EAR RDA EAR RDA EAR RDA
Histidina 36 22 32 16 21 13 16
Isoleucina 88 30 43 22 28 18 22
Leucina 156 65 93 48 63 40 49
Lisina 107 62 89 45 58 37 46
Metionina + Cisteína 59 30 43 22 28 18 22
Fenilalanina + Tirosina 135 58 84 41 54 33 41
Treonina 73 34 49 24 32 19 24
Triptófano 28 9 13 6 8 5 6
Valina 87 39 58 28 37 23 28

Convenciones: AI - Ingesta Adecuada. EAR - Requerimiento Promedio Estimado.

RDA - Aporte Dietético Recomendado

Tabla 14. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de niños y niñas entre 9 y 18 a

AMINOÁCIDOS ESENCIALES mg/kg/día GRUPO DE EDAD EN AÑOS


NIÑOS 9-13 AÑOS NIÑAS 9-13 AÑOS NIÑOS 14-18 NIÑAS 14-18
EAR RDA EAR RDA EAR RDA EAR RDA
Histidina 13 17 12 15 12 15 12 14
Isoleucina 18 22 17 21 17 21 16 19
Leucina 40 49 38 47 38 47 35 44
Lisina 37 46 35 43 35 43 32 40
Metionina + Cisteína 18 22 17 21 17 21 16 19
Fenilalanina + Tirosina 33 41 31 38 31 38 28 35
Treonina 19 24 18 22 18 22 17 21
Triptófano 5 6 5 6 5 6 4 5
Valina 23 28 22 27 22 27 20 24
Convenciones: AI - Ingesta adecuada EAR - Requerimiento promedio estimado

RDA: Aporte dietético recomendado

Tabla 15. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de adultos (19 años y más), mu
lactantes

AMINOÁCIDOS ESENCIALES (mg/kg/día) PERIODO DE LA VIDA


ADULTOS 19 AÑOS Y MÁS GESTANTES LACTANTES
EAR RDA EAR RDA EAR RDA
Histidina 11 14 15 18 15 19
Isoleucina 15 19 20 25 24 30
Leucina 34 42 45 56 50 62
Lisina 31 38 41 51 42 52
Metionina + Cisteína 15 19 20 25 21 26
Fenilalanina + Tirosina 27 33 36 44 41 51
Treonina 16 20 21 26 24 30
Triptófano 4 5 5 7 7 9
Valina 19 24 25 31 28 35

Convenciones: AI - Ingesta Adecuada EAR: Requerimiento Promedio Estimado

RDA - Aporte Dietético Recomendado

3.3. Recomendaciones de ingesta de grasa:

Para grasa se establecen recomendaciones de ingesta de grasa total y ácidos grasos esenciales n-6 (ácido linolei
linolénico) para la población de niños y niñas mayores de un año y para adultos se expresan como el AMDR pa
macronutriente y además se adoptan valores guías para minimizar la ingesta de Ácidos Grasos Saturados, trans
y se muestra la forma de cálculo para Ácidos Grasos Monoinsaturados.

Tabla 16. Recomendación de ingesta de grasa total, ácidos grasos y colesterol por grupos de edad para la poblac
GRASA DIETÉTICA O ÁCIDOS INGESTA RANGO ACEPTABLE DE DISTRIBUC
GRASOS ADECUADA AI ENERGÍA TOTAL)
LACTANTES (MESES) NIÑOS (AS)ADOLESCENTES ADULT
(AÑOS)
0-6 7-12 1-3
Grasa total 31 g/día 30 g/día 30-40
Ácidos Grasos Poliinsaturados n-6 4.4 g/día 4.6 g/día 5-10
(ácido linoleico)
Ácidos Grasos Poliinsaturados n3 0.5 g/día 0.5 g/día 0.6-1.2 0
(ácido alfa linolénico)
Ácidos Grasos Saturados – – –
Ácidos Grasos Trans – – –
Ácidos Grasos Monoinsaturados – – Ácidos Gras
= grasa total

– (Ácidos
Ácidos Gras

Poliinsaturad
Trans)
Colesterol – – –

Convenciones: AI - Ingesta Adecuada EAR - Requerimiento Promedio Estimado

RDA - Aporte Dietético Recomendado.

3.4. Recomendaciones de ingesta de carbohidratos:

Para carbohidratos se establecen las recomendaciones de ingesta expresadas como Requerimiento Promedio Es
Aporte Dietético Recomendado - RDA y el Rango Aceptable de Distribución - AMDR para niños y niñas mayo
adultos. En niños y niñas menores de un año se adopta la Ingesta Adecuada - AI.

Tabla 17. Recomendaciones de ingesta de carbohidratos para la población colombiana

PERÍODOS DE LA VIDA / GRUPOS DE EDAD RECOMENDACIONES DE


INGESTA
EARa g/día RDAb g/día AMDRc % AId

Lactantes (meses)

0-6 - - - 60
7- - - - 95
12

Hombres y Mujeres (años)


1-3 100 130 50-65 -
4-8 100 130 50-65 -
9-13 100 130 50-65 -
14-18 100 130 50-65 -
19-30 100 130 50-65 -
31-50 100 130 50-65 -
PERÍODOS DE LA VIDA / RECOMENDACIONES DE INGESTA
GRUPOS DE EDAD
EARa g/día RDAb g/día AMDRc % AId
51-70 100 130 50-65 -
>70 100 130 50-65 -

Gestación (Años)

= 18 135 175 50- -


65
19-30 135 175 50- -
65
31-50 135 175 50- -
65

Lactancia (Años)

= 18 160 210 50- -


65
19-30 160 210 50- -
65
31-50 160 210 50- -
65

Convenciones: a EAR - Requerimiento Promedio Estimado b RDA - Aporte Dietético Recomendado c AMDR
de Distribución de Macronutrientes d AI - Ingesta Adecuada

Azúcares libres: Se adopta un valor guía de ingesta de azúcares libres para la población colombiana correspond
Requerimiento Promedio de Energía por grupo de edad y género.

Nota: Las recomendaciones que se establecen de azúcares libres no se aplican al consumo de azúcares intrínsec
frutas y verduras frescas.

3.5. Recomendaciones de ingesta de fibra:

Se establecen las recomendaciones de ingesta para fibra total (incluye fibra dietaría y fibra funcional) expresada
Adecuada - AI para los grupos de edad y estado fisiológico a partir del primer año de vida.

Tabla 18. Recomendaciones de ingesta de fibra para la población colombiana


GRUPO DE EDAD/PERÍODOS RECOMENDACIONES DE INGESTA g/día AIa

DE LA VIDA
HOMBRES MUJERES HOMBRES Y MUJERES

Lactantes (Meses)

0 – bND ND ND
6
7- ND ND ND
12

Niños y Niñas (Años)

1- 3 19 19 14
4- 25 25 14
8
9- 31 26 14
13
14 - 38 26 14
18

Adultos (Años)

19-30 38 25 14
31-50 38 25 14
51-70 30 21 14
Mayor 30 21 14
de 70

Gestación (Años)

= - 28 14
18
19- - 28 14
50

Lactancia (Años)

= - 29 14
18
19- - 29 14
50

Convenciones: a AI - Ingesta Adecuada b ND - No Determinado

3.6. Recomendaciones de ingesta de agua:


Se establecen las recomendaciones de ingesta para agua total (contenida en alimentos sólidos y líquidos) como
(AI), para todos los grupos de edad y estado fisiológico. Se deben hacer ajustes adicionales para las personas qu
caliente y los individuos físicamente muy activos.

Tabla 19. Recomendaciones de ingesta de agua total para la población colombiana, por grupos de edad y género

GRUPOS DE EDAD / PERÍODOS DE INGESTA ADECUADA (AI) b DE AGUA


LA VIDA / GÉNERO
TOTAL / DÍAa L/DÍA BEBIDAS Y AGUAc
L/DÍA TAZASd/D
0 - 6 meses 0.7 0.7 (solo leche materna) Libre demanda (lech
7 - 12 meses 0.8 0.6 3
1 - 3 años 1.3 0.9 4
4 - 8 años 1.7 1.2 6

9 - 13 años

Niño 2.4 1.8 8 ½


Niña 2.1 1.6 7 ½

14 - 18 años

Hombre 3.3 2.6 12


Mujer 2.3 1.8 8 ½

19 - > 70 años

Hombre 3.7 3.0 14


Mujer 2.7 2.2 10

Gestación

= 18- 3.0 2.3 11


50 años

Lactancia

= 18- 3.8 3.1 15


50 años

Convenciones: a La ingesta total de agua incluye toda el agua contenida en los alimentos (alimentos sólidos), la
líquidos) y el agua como tal. En el caso de los lactantes, AI contempla: 0 - 6 meses: agua contenida en la leche
exclusiva), en lactantes de 7 - 11 meses el agua total incluye la contenida en la leche materna y/o fórmula más e
sólidos y bebidas de la alimentación complementaria. b AI - Ingesta Adecuada. c Aportan entre el 70 y 85% del

d Taza = 210 cc

3.7. Recomendaciones de ingesta de vitaminas liposolubles:


Se establecen las recomendaciones de ingesta para las cuatro vitaminas liposolubles para todos los grupos de ed
fisiológico, de la siguiente forma: a) Vitamina A, expresada con los valores de referencia AI, EAR, RDA y UL
expresada en los valores de referencia AI, EAR, RDA y UL; c) Vitamina E, expresada como Ingesta aceptable y
expresada como AI.

Tabla 20. Recomendaciones de ingesta de vitaminas liposolubles para la población colombiana

PERÍODOS DE LA VIDA/ VITAMINA VITAMINA D VITAMINA E VITAMINA


GRUPOS DE EDAD A UI/díab mg/día

g/día (ER)a (E -T)c,d


EAR RDA AI UL EAR RDA AI UL

Lactantes (Meses)

0-6 - - 400 600 - - 400 1.000 2,7 - 2,0


7-11 - - 500 600 - - 400 1.500 2,7 - 2,5

Niños y Niñas (Años)

1-3 210 300 - 600 400 600 - 2.500 5 70 25


4-8 275 400 - 900 400 600 - 3.000 5 100 35

Hombres (Años)

9-13 445 600 - 1.700 400 600 - 4.000 10 180 45


14-18 630 900 - 2.800 400 600 - 4.000 10 250 55
19-30 625 900 - 3.000 400 600 - 4.000 10 300 70
31-50 625 900 - 3.000 400 600 - 4.000 10 300 70
51-70 625 900 - 3.000 400 600 - 4.000 10 300 70
> 70 625 900 - 3.000 400 800 - 4.000 10 300 70

Mujeres (Años)
9-13 420 600 - 1.700 400 600 - 4.000
14-18 485 700 - 2.800 400 600 - 4.000
PERÍODOS DE LA VIDA/ VITAMINA VITAMINA D VITAMINA E VITAMINA K
GRUPOS DE EDAD A UI/díab mg/día

g/día (ER)a (E -T)c,d


EAR RDA AI UL EAR RDA AI UL

19-30 500 700 - 3.000 400 600 - 4.000


31-50 500 700 - 3.000 400 600 - 4.000
51-70 500 700 - 3.000 400 600 - 4.000
> 70 500 700 - 3.000 400 800 - 4.000

Gestación (Años)

= 18 530 750 - 2.800 400 600 - 4.000 7,5 300 60


19-30 550 770 - 3.000 400 600 - 4.000 7,5 300 60
31-50 550 770 - 3.000 400 600 - 4.000 7,5 300 60

Lactancia (Años)

= 18 885 1.200 - 2.800 400 600 - 4.000 7,5 300 60


19-30 900 1.300 - 3.000 400 600 - 4.000 7,5 300 60
31-50 900 1.300 - 3.000 400 600 - 4.000 7,5 300 60

3.8. Recomendaciones de ingesta de vitaminas hidrosolubles:

Se establecen las recomendaciones de ingesta para ocho vitaminas hidrosolubles, para todos los grupos de edad
expresadas de la siguiente forma: a) Vitamina B6, Folato, Niacina y Vitamina C, expresadas en los valores de r
RDA y UL; b) Vitamina B12, Tiamina y Riboflavina, expresadas con los valores de referencia AI, EAR y RDA
Pantoténico expresado en el valor de referencia AI.
3.9. Recomendaciones de Ingesta de Macro Minerales: Se establecen las recomendaciones de ingesta para 5 ma
todos los grupos de edad y estado fisiológico, expresadas de la siguiente forma: a) calcio, fósforo y magnesio ex
EAR, RDA, AI y UL; b) sodio expresadas con los valores de referencia AI, UL; c) potasio expresado como AI.

Tabla 22. Recomendaciones de ingesta de macro minerales para la población colombiana.

3.10. Recomendaciones de Ingesta de Micro Minerales: Se establecen las recomendaciones de ingesta para mic
todos los grupos de edad y estado fisiológico, expresadas de la siguiente forma: a) hierro, zinc, yodo, selenio, c
los valores de referencia AI, EAR, RDA y UL; b) fluoruro, expresadas con los valores de referencia AI, UL.

Tabla 23. Recomendaciones de ingesta de micro minerales para la población colombiana.


Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Normograma del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA
n.d.
Última actualización: 21 de septiembre de 2020

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