Resolucion Minsaludps 3803 2016
Resolucion Minsaludps 3803 2016
(agosto 22)
Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población col
otras disposiciones.
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 173 de la Ley 10
artículo 9o de la Ley 1355 de 2009, los numerales 4, 7 y 30 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el entonces Ministerio de Salud, mediante la Resolución 17855 de 1984, estableció las recomendaciones d
nutrientes para la población colombiana, las cuales el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar posteriormen
de 1990.
Que no obstante, la comunidad científica internacional y nacional ha avanzado en el conocimiento sobre los req
nutrientes y ha evidenciado la relación directa que existe entre dieta y salud, así como la identificación de las de
nutricionales como causas de morbimortalidad y su incidencia en las enfermedades no transmisibles.
Que en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021-PDSP, adoptado mediante Resolución 1841 de
Ministerio, se contempla la dimensión seguridad alimentaria y nutricional, marco técnico que establece como m
de consumo y aprovechamiento biológico de alimentos, lograr que la población colombiana consuma una alime
equilibrada, suficiente y adecuada, y se define en sus líneas de política, la promoción y protección de la salud y
fomento de estilos de vida saludable, el aseguramiento de la calidad e inocuidad de los alimentos, el desarrollo
tecnológico de los cinco ejes de la seguridad alimentaria y nutricional y el desarrollo de las capacidades, potenc
competencias humanas.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 1098 de 2006, “por la cual se expide el Códig
Adolescencia” los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una buena calidad de vida que supone la
condiciones que les aseguren, entre otros aspectos, una alimentación nutritiva y equilibrada desde la concepción
alimentación nutritiva y equilibrada.
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Documento Conpes DNP 113 de 2008 aprobó la Políti
Seguridad Alimentaria y Nutricional (PNSAN) y estableció como estrategia, para el abordaje de la problemátic
seguridad alimentaria y nutricional, la actualización y difusión permanente de orientaciones alimentarias y nutr
las recomendaciones de energía y nutrientes para la población colombiana.
Que el artículo 9o de la Ley 1355 de 2009 dispone que este Ministerio, en aras de buscar una dieta balanceada y
establecerá los mecanismos para evitar el exceso o deficiencia en los contenidos, cantidades y frecuencias de co
nutrientes que, consumidos en forma desbalanceada, puedan presentar un riesgo para la salud.
Que en ese contexto, las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes se convierten en la principal herram
una dieta balanceada y saludable, ya que establece las cantidades adecuadas para cada grupo de edad, sexo, esta
actividad física para la población colombiana.
Que en consonancia con lo señalado en el Documento Conpes DNP 113 de 2008, el artículo 9o de la Ley 1751
que es deber del Estado adoptar políticas públicas dirigidas a lograr la reducción de las desigualdades de los de
de la salud, entendidos como factores sociales, económicos, culturales, nutricionales, entre otros, los cuales inc
efectivo del derecho a la salud, promover el mejoramiento de la salud, prevenir la enfermedad y elevar el nivel
Que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización Mu
(OMS), la Universidad de las Naciones Unidas (UNU) han considerado un nuevo enfoque en la determinación
recomendaciones de ingesta, centrado no solo en los estados de deficiencia nutricional sino también en el exces
de enfermedades no transmisibles.
Que de la revisión de las actuales recomendaciones diarias de calorías y nutrientes para la población colombian
que presentan limitaciones, teniendo en cuenta que no proporcionan información sobre varios nutrientes y para
alimentos como la fibra dietaria y que, así mismo, no existe una guía para orientar al público sobre los potencia
de la ingesta excesiva de nutrientes, dado el creciente interés de la población por consumir alimentos fortificado
nutricionales.
Que de acuerdo al análisis liderado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), con el apoyo téc
Universidades Nacional de Colombia y de Antioquia y de expertos, entre otros, se recomendó la adopción para
Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana, tomando como fue
científica, el Comité de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - Organi
Salud - Universidad de las Naciones Unidas (FAO/WHO/UNU), el Comité de Alimentación y Nutrición del In
de los Estados Unidos (Food and Nutrition Board - FNB of the Institute of Medicine (IOM)) y el Consejo Naci
Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (National Health and Medical Research Councit (NHMRC
Que en cumplimiento del artículo 2.2.1.7.5.6. del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1595 de 20
mediante Oficio número 201621400223031, solicitó concepto previo al Ministerio de Comercio, Industria y Tu
determinar si este proyecto normativo debía surtir el proceso de consulta pública ante la Organización Mundial
(OMC), ante lo cual la Dirección de Regulación de dicho Ministerio, mediante radicado 2-2016-004087 del 14
recibido por este Ministerio el 16 de marzo del 2016 y con radicado 201642300493302, manifestó que “consid
a la luz del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas San
Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, no debe surtir el trámite de notificación contemplado
y 5.6.2 del Acuerdo OTC, ni el señalado en el literal b) del numeral 5 del Anexo 8 del Acuerdo MSF (Ley 170
Que la mencionada cartera ministerial considera conveniente informar al Comité de Medidas Sanitarias y Fitos
miembros, la adopción de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombia
Ministerio, mediante un documento sobre aspectos generales, una vez sea expedida la resolución del proyecto e
Que por las razones anotadas, se hace necesario establecer las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrie
población colombiana, soportadas con la información de los referentes internacionales aquí mencionados así co
realizada con los expertos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto establecer las Recomendaciones de Ingesta d
Nutrientes (RIEN) para la población colombiana contenidas en el Anexo Técnico que forma parte integral de la
encaminadas a promover una dieta equilibrada que aporte la cantidad y calidad necesaria de energía y nutriente
ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en la presente resolución serán
necesaria para:
2.1. Las personas naturales y/o jurídicas que realicen evaluación y planeación de dietas individuales, de grupos
programas de intervención nutricional y alimentaria.
2.2. Las personas naturales y/o jurídicas que diseñen, formulen, procesen y evalúen productos alimentarios, nut
suplementos dietarios.
ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES. Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se adoptan las sig
3.1. Adecuación nutricional de un nutriente: es el nivel de ingesta de un nutriente que cubre las necesidades de
acuerdo a un criterio definido para el mismo, teniendo en cuenta el período de vida, grupo de edad, género, con
que no genera exceso ni deficiencia.
3.2. Alimentación saludable: es aquella que satisface las necesidades de energía y nutrientes en todas las etapas
considerando su estado fisiológico y velocidad de crecimiento; promueve el suministro de nutrientes de la mad
de la lactancia materna e incluye alimentos ricos en nutrientes en la alimentación complementaria y se caracteri
alimentación completa, equilibrada, suficiente, adecuada, diversificada e inocua que previene la aparición de en
asociadas con una ingesta deficiente o excesiva de energía y nutrientes.
3.3. Aporte Dietético Recomendado ((RDA) Recommended Dietary Allowance): es una estimación del nivel de
promedio de un nutriente, que es suficiente para cubrir las necesidades de casi todos los individuos saludables d
(97-98%) por período de vida, condición fisiológica y género.
3.4. Azúcares intrínsecos: son los que se encuentran presentes en las células de las paredes de las plantas princi
(fructosa) o como la lactosa en la leche.
3.5. Azúcares libres: los azúcares libres incluyen los monosacáridos y los disacáridos añadidos intencionalment
las bebidas por el fabricante, el cocinero o el consumidor (sacarosa, jarabe de maíz alto en fructosa, jarabe de m
más los azúcares naturalmente presentes en la miel, los jarabes, los jugos de frutas y los concentrados de jugos
3.6. Biodisponibilidad: capacidad de un nutriente para ser absorbido por el organismo a partir de la combinació
componen la dieta y luego acceder a los procesos metabólicos y fisiológicos; esta capacidad depende, entre otro
forma química del nutriente y su interacción con otros nutrientes.
3.7. Calidad proteica: es una expresión de su capacidad para cubrir el requerimiento de nitrógeno y aminoácido
crecimiento, mantenimiento y reparación de tejidos, y comprende dos factores como son la digestibilidad y la c
aminoácidos esenciales de la proteína.
3.8. Cómputo aminoacídico: relación del aminoácido que se encuentra en menor proporción en la proteína del a
(aminoácido limitante) con respecto al mismo aminoácido en el patrón de requerimiento de aminoácidos, deter
efectividad el nitrógeno dietético absorbido puede cubrir el requerimiento de aminoácidos esenciales para un ni
de proteína.
3.9. Costo energético del crecimiento: comprende la necesidad de energía para la síntesis del tejido de crecimie
depositada en estos tejidos principalmente en forma de grasa y proteína.
3.10. Dieta equilibrada: es aquella que contiene todos los alimentos necesarios para conseguir un estado nutrici
cumpliendo los siguientes objetivos: a) Aportar una cantidad de macronutrientes que generen la energía (caloría
llevar a cabo los procesos metabólicos y de trabajo físico; b) Suministrar suficientes nutrientes con funciones es
reguladoras (proteínas, minerales y vitaminas); c) Ser variada, debido a que no existe ningún alimento que cont
nutrientes esenciales, y d) Que las cantidades de cada uno de los macronutrientes se encuentren en las proporcio
los Rangos de Distribución Aceptable de Macronutrientes (AMDR) como lo muestra la Tabla 1.
Tabla 1. Metas de ingesta de macronutrientes para la población colombiana expresadas en Rangos de Distribuc
Macronutrientes (AMDR)
3.11. Digestibilidad: índice que cuantifica el proceso de transformación que sufren los alimentos en el tracto ga
su ingestión hasta la excreción de los residuos de alimentos no aprovechados.
3.12. Distribución de la ingesta usual: se construye con los datos de ingesta usual de un individuo o población (
ingestas observadas obtenidas con mínimo dos recordatorios de 24 horas en días no consecutivos o en tres días
construir esta distribución los datos deben ajustarse estadísticamente por la variabilidad día a día en la ingesta.
3.13. Efecto adverso: cualquier alteración significativa en la estructura o en la función del organismo humano,
en una función fisiológicamente importante, que podría conducir a un efecto no deseable para la salud, como re
excesiva de un nutriente.
3.14. Efecto Calorigénico del Alimento (ECA) o termogénesis inducida por los alimentos: aumento del gasto en
la ingesta de alimentos e incluye la energía necesaria para la digestión, absorción, transporte, metabolismo y alm
macronutrientes.
3.15. Enfermedades no transmisibles: enfermedades relacionadas con la dieta no saludable, la nutrición y otras
estilo de vida, como el sedentarismo, el tabaquismo, el uso abusivo del alcohol; representan una carga importan
pública, tanto en términos de costo directo para la sociedad como en términos de años de vida ajustados por dis
enfermedades incluyen entre otras la enfermedad cardiovascular, enfermedades respiratorias crónicas, obesidad
3.16. Evaluación dietética: comparación de la ingesta usual de un nutriente con el valor de referencia apropiado
UL), para decidir, con un determinado nivel de confianza, si la ingesta del individuo es adecuada, deficiente o e
como la probabilidad de inadecuación por déficit o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva.
3.17. Fibra total: es un constituyente no nutritivo presente principalmente en la pared celular de los tejidos vege
cereales, frutas y verduras. Comprende la suma de la fibra dietaria y fibra funcional.
3.18. Fibra dietaria: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, son carbohidratos, análogos de
lignina, que no son hidrolizados por las enzimas endógenas del tracto gastrointestinal de los humanos.
3.19. Fibra funcional: compuestos aislados constituidos por carbohidratos no digeribles que ejercen efectos ben
que pueden ser aislados, extraídos, purificados y adicionados a los alimentos.
3.20. Gasto de energía en actividad física: componente del gasto energético que depende de las características d
su duración.
3.21. Gasto Total de Energía ((TEE) Total Energy Expediture): es la energía que gasta en promedio un ind
individuos, en un período de 24 horas. Incluye la energía necesaria para cubrir la Tasa Metabólica Basal (TMB
física, termorregulación, síntesis de tejidos en crecimiento. Este último aplica a la energía demandada para la p
de la leche materna.
3.22. Índice de Masa Corporal (IMC): es un indicador simple de la relación entre el peso y la talla. Se obtiene a
expresado en kilogramos entre la talla expresada en metros al cuadrado.
3.23. Ingesta aceptable: término establecido por FAO-OMS, representa la mejor estimación de la necesidad rea
ingesta aceptable, término que únicamente aplica para la vitamina E, que sustenta la función conocida de esta v
los datos disponibles para definir una recomendación fueron insuficientes.
3.24. Ingesta Adecuada ((AI) Adequate intake): nivel de ingesta promedio recomendado sobre la base de est
observada de un nutriente o ingesta determinada por aproximaciones experimentales o a partir de estimaciones
nutrientes para un grupo o grupos de personas aparentemente saludables, en quienes se asume que esta es adecu
de adecuación establecidos para cada nutriente. La AI se establece en lugar del RDA cuando no hay suficiente e
para establecer el EAR y así calcular el RDA.
3.25. Ingesta usual: ingesta promedio a largo plazo, de alimentos, nutrientes o un nutriente específico, de un ind
población.
3.26. Kilocaloría (kcal): una kcal es la cantidad de energía necesaria para incrementar la temperatura de 1 litro d
14,5o C a 15,5o C; utilizada de manera habitual, a nivel nacional e internacional, en energía humana y para exp
energético en alimentos.
3.27. Nivel de Ingesta Máximo Tolerable ((UL) Tolerable Upper Level Intake): nivel de ingesta promedio
diaria de un nutriente que probablemente no genera riesgo de efectos adversos para la salud de la mayoría de in
población general; no se debe ingerir de manera crónica más de este valor. El término “tolerable” tiene la conno
ingesta que puede, con alta probabilidad, ser tolerado biológicamente por un individuo.
3.28. Nivel recomendado de ingesta de energía: para un grupo de población, es el requerimiento medio de ener
saludables, bien nutridos, que constituyen el grupo.
3.29. Nivel de Actividad Física (PAL - Physical Activity Level): gasto de energía de 24 horas expresado com
TMB y se calcula como Gasto Energético Total TEE/TMB para 24 horas. Según la intensidad, la actividad físic
clasifica en ligera, moderada y fuerte que se asocian a estilos de vida sedentario, moderado o vigoroso respectiv
3.29.1. Actividad física ligera: comprende ocupaciones que no demandan mucho esfuerzo físico, incluye camin
cortas, por lo general uso de transporte motorizado, no se practica actividad física regular y se gasta el tiempo l
donde el individuo permanece sentado o de pie, invierten largo tiempo viendo televisión, leyendo, usando el co
sin mucho desplazamiento corporal. Ej. Mujer que trabaja en el área urbana en oficina y que solo ocasionalmen
actividades que exigen esfuerzo físico.
3.29.2. Actividad física moderada: ocupaciones no extenuantes, pero con mayor gasto energético que la descrit
sedentarias, realizan actividades moderadas a vigorosas periódicamente, durante su rutina diaria obligatoria o v
se encuentran las labores que realizan los empleados de construcción, las mujeres del área rural que participan e
mujer que trabaja en oficina y realiza actividad física de manera periódica.
3.29.3. Actividad física fuerte: trabajo extenuante con regularidad en tiempo de descanso, en el cual realizan ac
varias horas como bailar, labores agrícolas no mecanizadas, se mueven más que el promedio, caminan diariame
o usan transporte como la bicicleta, se mantienen ocupados en trabajos o tareas domésticas que demandan muc
varias horas al día o practican deporte o ejercicio que exige un alto nivel de esfuerzo físico, durante varias hora
días de la semana.
3.30. Nutriente: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, se entiende como cualquier sustanc
normalmente como componente de un alimento que aporta energía, o es necesaria para el crecimiento, el desarr
mantenimiento de la salud, o cuya carencia hará que se produzcan cambios químicos o fisiológicos característic
3.31. Nutriente esencial: conforme con el artículo 3o de la Resolución 333 de 2011, se entiende como nutriente
por el organismo o es sintetizado en cantidades insuficientes y que debe ser consumido para garantizar el crecim
mantenimiento de la salud.
3.32. Planificación dietética: proceso que tiene como objetivo lograr una dieta usual nutricionalmente adecuada
una probabilidad baja de inadecuación por defecto o exceso de nutrientes.
3.33. Población aparentemente saludable: se refiere a la población con ausencia de enfermedad definida con ba
signos clínicos, síntomas y alteraciones en la función orgánica, evaluados por métodos de laboratorio clínico de
físico.
3.35. Programas de intervención nutricional y alimentaria: serie organizada de actividades encaminadas a la con
objetivos y metas orientadas a proporcionar a la población beneficiaria una alimentación que permita satisfacer
sus necesidades de energía y nutrientes en procura de alcanzar el bienestar alimentario y nutricional de los cole
desde allí contribuir al logro de los propósitos de las políticas públicas de alimentación.
3.36. Requerimiento de Energía ((ER) Requirement Energy): nivel de ingesta de energía proveniente de los
para balancear el gasto energético en hombres y mujeres adultos, con el fin de mantener el peso, la composició
de actividad física deseable y necesario, acorde con una buena salud a largo plazo. En los niños y niñas incluye
para el crecimiento y desarrollo óptimo; en la gestación para el depósito de tejidos y durante la lactancia para la
materna.
3.37. Requerimiento de un nutriente: nivel más bajo de ingesta continua de un nutriente, que, según un indicado
mantiene el estado nutricional de un individuo aparentemente saludable.
3.38. Requerimiento Promedio Estimado ((EAR) Estimated Average Requirement): nivel de ingesta prom
que cubre el requerimiento de la mitad de los individuos saludables (50%) de un grupo de edad, por periodo de
fisiológico y género específicos.
3.40. Tasa Metabólica Basal (TMB): es la energía utilizada para el metabolismo basal referida a un periodo de
general, se expresa como kilocalorías/24 horas. Representa el valor mínimo de gasto energético compatible con
estado de vigilia, posición supina, bajo condiciones estándar de reposo, ayuno, inmovilidad, termoneutralidad,
3.41. Termorregulación: regulación de la temperatura corporal por medio del aumento o disminución del gasto
temperatura ambiental está por debajo o por encima de la zona de termoneutralidad o temperatura del medioam
consumo de oxígeno y la TMB son menores.
4.1 Guiar el proceso de fortificación de alimentos y la formulación de suplementos dietarios estableciendo los v
requerimiento poblacional y para evitar la aparición de efectos adversos por déficit o exceso.
4.2 Proveer información básica para establecer las normas y los valores diarios para el etiquetado o rotulado nu
alimenticios.
4.3 Ser referencia para la formulación, seguimiento y evaluación de la política alimentaria y nutricional, con én
del suministro de alimentos y productos alimentarios y nutricionales para cubrir las necesidades de la población
4.4 Servir como marco de referencia para la actualización de las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos (GA
población colombiana.
4.6 Ser referencia básica para la planificación y evaluación dietética para individuos y grupos.
ARTÍCULO 5o. COMITÉ ASESOR. En el marco de las competencias otorgadas por el artículo 17 de la Le
Decreto 2055 de 2009, modificado por el Decreto 1115 de 2014 este Ministerio promoverá, a través de la Com
Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cisan), la creación del Comité Asesor para coordinar la implementación
Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana.
ARTÍCULO 6o. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. Con el fin de mantener actualizadas las presentes dispo
con los avances científicos y tecnológicos, nacionales e internacionales este Ministerio tendrá en cuenta las reco
adoptadas por el Comité Asesor para la implementación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutri
población colombiana.
Publíquese y cúmplase.
ANEXO TÉCNICO.
El presente anexo establece las bases técnicas para las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (R
población colombiana definiendo los valores de referencia para calorías, proteína, carbohidratos, grasas, fibra, a
minerales para los diferentes períodos de la vida y grupos de edad con sus respectivas tablas en donde se registr
valores.
ÍNDICE.
1. BASES CONCEPTUALES.
1.1. Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RI
1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia:
1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la p
1.1. Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RI
1.1.1. Población aparentemente saludable: Las recomendaciones de ingesta aplican para la población aparentem
profesionales responsables de la atención nutricional de individuos con necesidades especiales (enfermos, depo
rendimiento, entre otros) tomarán como base estas recomendaciones haciendo las respectivas adaptaciones a ca
particular.
1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: Los períodos de vida y grupos de edad utilizados pa
RIEN se presentan en la Tabla 1:
Tabla 1. Períodos de vida y grupos de edad utilizados para la expresión de las RIEN en la población colombian
1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia:
Los nutrientes para los cuales se establece la recomendación de ingesta y sus respectivos valores de referencia s
Tabla 2.
Tabla 2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia
VITAMINAS HIDROSOLUBLES
MINERALES
Convenciones:
1 AI Ingesta Adecuada
1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la
colombiana. Los valores de referencia para energía, agua, fibra y nutrientes fueron basados en reportes de comi
nivel internacional tales como: el Consejo de Alimentación y Nutrición y el Instituto de Medicina de los Estado
IOM), Consejo Nacional de Salud e Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (NHMRC), acompaña
Conjunto conformado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Universidad de las Naciones Unidas
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). (Ver Tabla 3).
Tabla 3. Fuente de información científica para los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos par
colombiana
1998
R
Ácid
V
Vi
2000 V
V
2002 - 2005 G
Proteína
Carbohidratos
Fibra
2004 A
Sodio
Potasio
2011 Vita
Calcio
FAO - OMS - UNU 2001
NHMRC Australia y Nueva Zelanda - Grupo Consultivo Internacional de la nutrición del 2005 V
Zinc (IZiNCG)
a: En Vitamina A para la población colombiana se adoptaron los valores de las recomendaciones de ingesta del
En cuanto a las unidades la decisión fue conservar las recomendadas por FAO - OMS 2001.
Las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes que se establecen para la población colombiana fueron
en la información disponible a partir de fuentes de los organismos internacionales referenciados en el cuadro an
1994-2011
Se adoptan los requerimientos de energía establecidos por el Comité FAO - OMS UNU (2001), con base en la p
metodología utilizada para su desarrollo, que reflejan los avances en el conocimiento en este campo de la nutric
considerando que se ajustan a las características de la población colombiana.
Se adoptan las recomendaciones de ingesta definidas por el Comité de Alimentación y Nutrición y el Instituto d
Estados Unidos, así: FNB: IOM 1997-2011 para agua, proteínas, grasa, carbohidratos, fibra, vitamina A, tiamin
niacina, ácido pantoténico, vitamina B6, vitamina B12, folato, vitamina C, fósforo, magnesio, hierro, selenio, c
sodio y potasio, calcio y vitamina D, teniendo en cuenta que la metodología para determinación de las recomen
una descripción detallada del procedimiento que se siguió para la obtención de los valores estimados en cada pe
fundamentada en la mejor evidencia científica disponible.
Se adoptan las recomendaciones de ingesta para vitamina E del comité FAO - OMS (2001) el cual estableció un
aceptable” teniendo en cuenta que la principal función de la vitamina E parece ser la prevención de la oxidació
Grasos Poliinsaturados - PUFA.
Para proteínas y el hierro se hacen ajustes para la población colombiana teniendo en cuenta las características d
que se consume en el país:
a) Proteínas: El Comité FNB - IOM fija los requerimientos para una calidad de proteína del 100%, sin embargo
que la dieta de la población colombiana es mixta, se ajustan los requerimientos de proteína a partir de los 7 mes
días cumplidos, según los valores de digestibilidad (80%) y cómputo aminoácidico (90%), según el criterio esta
Fundación Cavendes de Venezuela para la dieta latinoamericana;
b) Hierro: Los valores de referencia de ingesta de hierro, se ajustaron a una biodisponibilidad del 12% que está
propuestos por la FAO - OMS (2001) y que responde a las características de la dieta colombiana acorde a la En
Situación Nutricional (Ensin) 2005 .
Para Colombia se adoptan los valores de referencia de ingesta del Zinc y vitamina K del Comité NHMRC de A
Zelanda, y además , para el zinc se aplican los ajustes y correcciones del Grupo Consultivo Internacional de la N
(IZiNCG, 2004).
Las RIEN se aplican en todas las actividades de planeación y evaluación dietética, considerando la variabilidad
en cuanto a sus requerimientos y su ingesta, con el fin de hacer una estimación más razonable del nivel del nutr
lograr adecuación nutricional, prevenir déficit y efectos adversos para la salud por ingesta en exceso.
2.1.2. Planificación dietética para grupos: La meta de planificación dietética en grupos es lograr que las ingesta
cubran los requerimientos de la mayoría de los individuos (97 - 98%).
En la Tabla 4 se muestra el resumen de los usos de los valores de referencia de ingesta para la planificación en
Tabla 4. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la planificación dietética en individuos y
2.2.1. Evaluación dietética para individuos: Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética e
Requerimiento Promedio Estimado (EAR) que permite decidir con determinado nivel de confianza si la ingesta
adecuada; la Ingesta Adecuada (AI) se utiliza para nutrientes que no tienen valor de EAR, no se debe usar como
estimar la proporción de la población con ingesta inadecuada (deficiente); y el Nivel de Ingesta Máximo Tolera
evaluar la probabilidad de inadecuación o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva del nutriente. Tam
Requerimiento de Energía (ER) y el Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes - AMDR.
2.2.2. Evaluación dietética para grupos: Se utiliza para determinar la prevalencia de la inadecuación o de exces
energía y nutrientes. Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética son EAR, UL, AI, ER, A
para evaluación dietética en grupos el RDA, debido a que cuando se calcula la proporción de individuos en un g
ingestas inferiores al RDA, siempre conduce a sobrestimación de la verdadera prevalencia de inadecuación.
En la Tabla 5 se presentan los usos de los valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individ
Tabla 5. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individuos y gr
3.1. Requerimientos de Energía: Se adopta como expresión de la ingesta dietética de energía, el requerimiento p
de población referido como la cantidad de energía que debe suministrar la dieta para mantener el balance de ene
género, estatura, peso y un grado de actividad física compatible con buena salud a largo plazo, mientras se apor
nutrientes para conformar una alimentación saludable.
El cálculo de los requerimientos de energía en todas las edades se basó en la medición y estimación del gasto to
más la necesidad de energía para crecimiento, gestación y lactancia. Los componentes del requerimiento de ene
Metabolismo Basal, la respuesta metabólica a los alimentos (ECA), la actividad física, el costo energético del c
y lactancia.
Tabla 6. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de lactantes de 0 a 12 meses alimentado
con fórmula y con leche materna + fórmula
EDAD REQUERIMIENTO DIARIO DE ENERGÍA EN KCAL/KG/DÍA
(MESES)
PESO (KG) Alimentados con leche Alimentados con Alimentados con leche materna +
materna fórmula
Niño Niña Niño Niña Promedio Niño Niña Promedio
0-1 4,58 4,35 106 99 102 122 117 120
1-2 5,50 5,14 98 95 97 110 108 109
2-3 6,28 5,82 91 90 90 100 101 100
3-4 6,94 6,41 79 80 79 86 89 87
4-5 7,48 6,92 79 79 79 85 87 86
5-6 7,93 7,35 78 79 78 83 85 84
6-7 8,30 7,71 76 76 76 81 81 81
7-8 8,62 8,03 77 76 76 81 81 81
8-9 8,89 8,31 77 76 77 81 81 81
9-10 9,13 8,55 79 77 78 82 81 81
10-11 9,37 8,78 79 77 78 82 81 81
11-12 9,62 9,00 79 77 78 82 81 81
Tabla 7. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de niños y niñas de 1 a 18 años, con tre
física habitual
Tabla 10. Requerimientos adicionales de energía para la población colombiana de la mujer gestante
Período de Cantidad adicional de energía requerida Situaciones especiales
gestación para una ganancia promedio de peso de
12 kg
Distribución en tres trimestres (kcal/día) Distribución en dos trimestres (kcal/
Primer 85 – Gestación y desnutrición: requiere aumentar l
trimestre para lograr mayor ganancia de peso vs
pregestacional adecuado.
Segundo 285 360
trimestre
Tercer 475 475 Gestación y adolescencia: mayores requerimie
trimestre satisfacer la demanda de adolescencia y la formac
Requerimiento diario de energía (Kcal/día) = Requerimiento de energía de mujer no gestante + cantidad adicion
Ganancia Promedio de Peso deseable durante la gestación de 12 kg)
Tabla 11. Requerimiento adicional de energía durante la lactancia para la mujer colombiana
Requerimiento diario de energía (kcal/día) = Requerimiento de energía de mujer no lactante + cantidad adicion
producción adecuada de leche materna.
a Esta cantidad de kilocalorías se adiciona al requerimiento de energía de la mujer no gestante por grupo edad.
Para proteínas se establece el valor de EAR, RDA, UL, y AMDR, para los diferentes grupos de edad, excepto p
de 7 meses, grupo para el cual se adopta una Ingesta Adecuada (AI).
GRUPOS DE EDAD
EAR RDA AMDR % AI
Lactantes (meses)
0-6 ND ND ND 1,52
7-11 1,39 1,67 ND -
GRUPOS DE
EDAD
EAR RDA AMDR AI
%
g/kg/día g/kg/día g/kg/día
Hombres (años)
Mujeres (años)
Gestación (años)
Lactancia (años)
Todas las 1,46 o + 1,80 o + 14-20 -
edades 29 g 35 g
Recomendado. Los valores de EAR y RDA han sido ajustados por calidad de proteína (digestibilidad 80% y có
90%).
Se adoptan para Colombia, el valor de EAR y el RDA, para los nueve aminoácidos esenciales para todos los gr
excepción en el menor de 6 meses para quien se establece el valor de AI.
Tabla 13. Ingesta adecuada de aminoácidos esenciales para población colombiana de niños de 0 a 6 meses, EAR
aminoácidos esenciales para niños y niñas entre 7 meses y 8 años de edad
Tabla 14. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de niños y niñas entre 9 y 18 a
Tabla 15. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de adultos (19 años y más), mu
lactantes
Para grasa se establecen recomendaciones de ingesta de grasa total y ácidos grasos esenciales n-6 (ácido linolei
linolénico) para la población de niños y niñas mayores de un año y para adultos se expresan como el AMDR pa
macronutriente y además se adoptan valores guías para minimizar la ingesta de Ácidos Grasos Saturados, trans
y se muestra la forma de cálculo para Ácidos Grasos Monoinsaturados.
Tabla 16. Recomendación de ingesta de grasa total, ácidos grasos y colesterol por grupos de edad para la poblac
GRASA DIETÉTICA O ÁCIDOS INGESTA RANGO ACEPTABLE DE DISTRIBUC
GRASOS ADECUADA AI ENERGÍA TOTAL)
LACTANTES (MESES) NIÑOS (AS)ADOLESCENTES ADULT
(AÑOS)
0-6 7-12 1-3
Grasa total 31 g/día 30 g/día 30-40
Ácidos Grasos Poliinsaturados n-6 4.4 g/día 4.6 g/día 5-10
(ácido linoleico)
Ácidos Grasos Poliinsaturados n3 0.5 g/día 0.5 g/día 0.6-1.2 0
(ácido alfa linolénico)
Ácidos Grasos Saturados – – –
Ácidos Grasos Trans – – –
Ácidos Grasos Monoinsaturados – – Ácidos Gras
= grasa total
– (Ácidos
Ácidos Gras
Poliinsaturad
Trans)
Colesterol – – –
Para carbohidratos se establecen las recomendaciones de ingesta expresadas como Requerimiento Promedio Es
Aporte Dietético Recomendado - RDA y el Rango Aceptable de Distribución - AMDR para niños y niñas mayo
adultos. En niños y niñas menores de un año se adopta la Ingesta Adecuada - AI.
Lactantes (meses)
0-6 - - - 60
7- - - - 95
12
Gestación (Años)
Lactancia (Años)
Convenciones: a EAR - Requerimiento Promedio Estimado b RDA - Aporte Dietético Recomendado c AMDR
de Distribución de Macronutrientes d AI - Ingesta Adecuada
Azúcares libres: Se adopta un valor guía de ingesta de azúcares libres para la población colombiana correspond
Requerimiento Promedio de Energía por grupo de edad y género.
Nota: Las recomendaciones que se establecen de azúcares libres no se aplican al consumo de azúcares intrínsec
frutas y verduras frescas.
Se establecen las recomendaciones de ingesta para fibra total (incluye fibra dietaría y fibra funcional) expresada
Adecuada - AI para los grupos de edad y estado fisiológico a partir del primer año de vida.
DE LA VIDA
HOMBRES MUJERES HOMBRES Y MUJERES
Lactantes (Meses)
0 – bND ND ND
6
7- ND ND ND
12
1- 3 19 19 14
4- 25 25 14
8
9- 31 26 14
13
14 - 38 26 14
18
Adultos (Años)
19-30 38 25 14
31-50 38 25 14
51-70 30 21 14
Mayor 30 21 14
de 70
Gestación (Años)
= - 28 14
18
19- - 28 14
50
Lactancia (Años)
= - 29 14
18
19- - 29 14
50
Tabla 19. Recomendaciones de ingesta de agua total para la población colombiana, por grupos de edad y género
9 - 13 años
14 - 18 años
19 - > 70 años
Gestación
Lactancia
Convenciones: a La ingesta total de agua incluye toda el agua contenida en los alimentos (alimentos sólidos), la
líquidos) y el agua como tal. En el caso de los lactantes, AI contempla: 0 - 6 meses: agua contenida en la leche
exclusiva), en lactantes de 7 - 11 meses el agua total incluye la contenida en la leche materna y/o fórmula más e
sólidos y bebidas de la alimentación complementaria. b AI - Ingesta Adecuada. c Aportan entre el 70 y 85% del
d Taza = 210 cc
Lactantes (Meses)
Hombres (Años)
Mujeres (Años)
9-13 420 600 - 1.700 400 600 - 4.000
14-18 485 700 - 2.800 400 600 - 4.000
PERÍODOS DE LA VIDA/ VITAMINA VITAMINA D VITAMINA E VITAMINA K
GRUPOS DE EDAD A UI/díab mg/día
Gestación (Años)
Lactancia (Años)
Se establecen las recomendaciones de ingesta para ocho vitaminas hidrosolubles, para todos los grupos de edad
expresadas de la siguiente forma: a) Vitamina B6, Folato, Niacina y Vitamina C, expresadas en los valores de r
RDA y UL; b) Vitamina B12, Tiamina y Riboflavina, expresadas con los valores de referencia AI, EAR y RDA
Pantoténico expresado en el valor de referencia AI.
3.9. Recomendaciones de Ingesta de Macro Minerales: Se establecen las recomendaciones de ingesta para 5 ma
todos los grupos de edad y estado fisiológico, expresadas de la siguiente forma: a) calcio, fósforo y magnesio ex
EAR, RDA, AI y UL; b) sodio expresadas con los valores de referencia AI, UL; c) potasio expresado como AI.
3.10. Recomendaciones de Ingesta de Micro Minerales: Se establecen las recomendaciones de ingesta para mic
todos los grupos de edad y estado fisiológico, expresadas de la siguiente forma: a) hierro, zinc, yodo, selenio, c
los valores de referencia AI, EAR, RDA y UL; b) fluoruro, expresadas con los valores de referencia AI, UL.