RIEN Resolución 3803 de 2016 PDF
RIEN Resolución 3803 de 2016 PDF
RIEN Resolución 3803 de 2016 PDF
( 2 2 AGO 2016 )
Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN
para la población colombiana y se dictan otras disposiciones.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del
artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 9 de la Ley 1355 de 2009, los numerales 4, 7
y 30 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, y
CONSIDERANDO
Que el entonces Ministerio de Salud, mediante la Resolución 17855 de 1984, estableció las
recomendaciones diarias de calorías y nutrientes para la población colombiana, las cuales el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar posteriormente actualizó en el año de 1990.
Que en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 - PDSP, adoptado mediante
Resolución 1841 de 2013 de este Ministerio, se contempla la dimensión seguridad alimentaria
y nutricional, marco técnico que establece como metas del componente de consumo y
aprovechamiento biológico de alimentos, lograr que la población colombiana consuma una
alimentación completa, equilibrada, suficiente y adecuada, y se define en sus líneas de
política, la promoción y protección de la salud y la nutrición y el fomento de estilos de vida
saludable, el aseguramiento de la calidad e inocuidad de los alimentos, el desarrollo científico
y tecnológico de los cinco ejes de la seguridad alimentaria y nutricional y el desarrollo de las
capacidades, potencialidades y competencias humanas.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 1098 de 2006 "Por la cual
se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia." los niños, las niñas y los adolescentes
tienen derecho a una buena calidad de vida que supone la generación de condiciones que
les aseguren, entre otros aspectos, una alimentación nutritiva y equilibrada desde la
concepción cuidado, protección, alimentación nutritiva y equilibrada.
Que el artículo 9 de la Ley 1355 de 2009 dispone que este Ministerio, en aras de buscar una
dieta balanceada y saludable, establecerá los mecanismos para evitar el exceso o deficiencia
en los contenidos, cantidades y frecuencias de consumo de aquellos nutrientes que,
consumidos en forma desbalanceada, puedan presentar un riesgo para la salud.
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO"‘ 0038ü3 2016 HOJA No 2 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
Que de acuerdo al análisis liderado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF,
con el apoyo técnico de las Universidades Nacional de Colombia y de Antioquia y de expertos,
entre otros, se recomendó la adopción para Colombia de las Recomendaciones de Ingesta
de Energía y Nutrientes - RIEN para la población colombiana, tomando como fuente de
información científica, el Comité de la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación -Organización Mundial de la Salud - Universidad de las Naciones
Unidas (FAOANHO/UNU), el Comité de Alimentación y Nutrición del Instituto de Medicina de
los Estados Unidos (Food and Nutrition Board - FNB of the lnstitute of Medicine -I0M) y el
Consejo Nacional de Salud e Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (National
Health and Medical Research Council - NHMRC).
Que en cumplimiento del artículo 2.2.1.7.5.6. del Decreto 1074 de 2015, modificado por el
Decreto 1595 de 2015, este Ministerio, mediante oficio número 201621400223031, solicitó
concepto previo al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para determinar si este
proyecto normativo debía surtir el proceso de consulta pública ante la Organización Mundial
del Comercio — OMC, ante lo cual la Dirección de Regulación de dicho Ministerio, mediante
radicado 2-2016-004087 del 14 de marzo de 2016, recibido por este Ministerio el 16 de marzo
del 2016 y con radicado 201642300493302, manifestó que "considera que este proyecto a la
luz del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y del Acuerdo sobre la Aplicación de
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, no debe surtir
el trámite de notificación contemplado en los artículos 2.9.2 y 5.6.2 del Acuerdo OTC, ni el
señalada en el literal b del numeral 5 del anexo 8 del Acuerdo MSF. (Ley 170 de 1994)."
Que por las razones anotadas, se hace necesario establecer las Recomendaciones de
Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN para la población colombiana, soportadas con la
avyvyA?
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMEROW 003803 2016 HOJA No 3 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer las Recomendaciones
de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN para la población colombiana contenidas en el
Anexo Técnico que forma parte integral de la presente resolución, encaminadas a promover
una dieta equilibrada que aporte la cantidad y calidad necesaria de energía y nutrientes.
2.1 Las personas naturales y/o jurídicas que realicen evaluación y planeación de dietas
individuales, de grupos poblacionales o programas de intervención nutricional y alimentaria.
2.2 Las personas naturales y/o jurídicas que diseñen, formulen, procesen y evalúen productos
alimentarios, nutricionales y suplementos dietarios.
3.4. Azúcares intrínsecos: son los que se encuentran presentes en las células de las
paredes de las plantas principalmente en frutas (fructosa) o como la lactosa en la
leche.
3.5. Azúcares libres: los azúcares libres incluyen los monosacáridos y los disacáridos
añadidos intencionalmente a los alimentos y las bebidas por el fabricante, el cocinero
o el consumidor (sacarosa, jarabe de maíz alto en fructosa, jarabe de malta, miel y
melaza) más los azúcares naturalmente presentes en la miel, los jarabes, los jugos de
frutas y los concentrados de jugos de frutas.
cnICA-OlD
003803 22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO' 2016 HOJA No 4 de 26
Continuación de la resolución "Porta cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
3.10. Dieta equilibrada: es aquella que contiene todos los alimentos necesarios para
conseguir un estado nutricional óptimo, cumpliendo los siguientes objetivos: a) Aportar
una cantidad de macronutrientes que generen la energía (calorías) suficiente para
llevar a cabo los procesos metabólicos y de trabajo físico; b) Suministrar suficientes
nutrientes con funciones estructurales y reguladoras (proteínas, minerales y
vitaminas); c) Ser variada, debido a que no existe ningún alimento que contenga todos
los nutrientes esenciales, y d) Que las cantidades de cada uno de los macronutrientes
se encuentren en las proporciones establecidas en los Rangos de Distribución
Aceptable de Macronutrientes - AMDR como lo muestra la Tabla 1.
3.11. Digestibilidad: índice que cuantifica el proceso de transformación que sufren los
alimentos en el tracto gastrointestinal desde su ingestión hasta la excreción de los
residuos de alimentos no aprovechados.
3.12. Distribución de la ingesta usual: se construye con los datos de ingesta usual de un
individuo o población (promedio de las ingestas observadas obtenidas con mínimo dos
recordatorios de 24 horas en días no consecutivos o en tres días consecutivos). Para
construir esta distribución los datos deben ajustarse estadísticamente por la
variabilidad día a día en la ingesta.
3.14. Efecto Calorigénico del Alimento - ECA o termogénesis inducida por los
alimentos: aumento del gasto energético causado por la ingesta de alimentos e
incluye la energía necesaria para la digestión, absorción, transporte, metabolismo y
almacenamiento de los macronutrientes.
3.18. Fibra dietaria: conforme con el artículo 3° de la Resolución 333 de 2011, son
carbohidratos, análogos de carbohidratos y lignina, que no son hidrolizados por las
enzimas endógenas del tracto gastrointestinal de los humanos.
3.20. Gasto de energía en actividad física: componente del gasto energético que depende
de las características del trabajo realizado y su duración.
3.21. Gasto Total de Energía (TEE - Total Energy Expediture): es la energía que gasta
en promedio un individuo o grupo de individuos, en un período de 24 horas. Incluye la
energía necesaria para cubrir la Tasa Metabólica Basal - TMB, ECA, actividad física,
termorregulación, síntesis de tejidos en crecimiento. Este último aplica a la energía
demandada para la producción y secreción de la leche materna.
3.22. índice de Masa Corporal - IMC: es un indicador simple de la relación entre el peso y
la talla. Se obtiene al dividir el peso expresado en kilogramos entre la talla expresada
en metros al cuadrado.
3.23. lngesta aceptable: término establecido por FAO - OMS, representa la mejor
estimación de la necesidad realizada con base en la ingesta aceptable, término que
únicamente aplica para la vitamina E, que sustenta la función conocida de esta
vitamina, debido a que los datos disponibles para definir una recomendación fueron
insuficientes.
3.24. lngesta Adecuada (Al - Adequate Intake): nivel de ingesta promedio recomendado
sobre la base de estimaciones de ingesta observada de un nutriente o ingesta
determinada por aproximaciones experimentales o a partir de estimaciones de la
ingesta de nutrientes para un grupo o grupos de personas aparentemente saludables,
en quienes se asume que ésta es adecuada, según criterios de adecuación
establecidos para cada nutriente. La Al se establece en lugar del RDA cuando no hay
suficiente evidencia científica para establecer el EAR y así calcular el RDA.
3.25. lngesta usual: ingesta promedio a largo plazo, de alimentos, nutrientes o un nutriente
especifico, de un individuo o grupo de población.
3.26. Kilocaloría (kcal): una kcal es la cantidad de energía necesaria para incrementar la
temperatura de 1 litro de agua destilada de 14,5 °C a 15,5 °C; utilizada de manera
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO 003803 2016 HOJA No 6 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de lngesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
3.27. Nivel de Ingesta Máximo Tolerable (UL - Tolerable Upper Leve/ lntake): nivel de
ingesta promedio más alto de la ingesta diaria de un nutriente que probablemente no
genera riesgo de efectos adversos para la salud de la mayoría de individuos de la
población general; no se debe ingerir de manera crónica más de este valor. El término
"tolerable" tiene la connotación de un nivel de ingesta que puede, con alta probabilidad,
ser tolerado biológicamente por un individuo.
3.29. Nivel de Actividad Física (PAL - Physical Activity Leve!): gasto de energía de 24
horas expresado como un múltiplo de la TMB y se calcula como Gasto Energético
Total TEE/TMB para 24 horas. Según la intensidad, la actividad física habitual o PAL
se clasifica en ligera, moderada y fuerte que se asocian a estilos de vida sedentario,
moderado o vigoroso respectivamente.
3.30. Nutriente: conforme con el artículo 3 de la Resolución 333 de 2011, se entiende como
cualquier sustancia química consumida normalmente como componente de un
alimento que aporta energía, o es necesaria para el crecimiento, el desarrollo y/o el
mantenimiento de la salud, o cuya carencia hará que se produzcan cambios químicos
a (vil
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMEROs 0038u3 2016 HOJA No 7 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
o fisiológicos característicos.
3.32. Planificación dietética: proceso que tiene como objetivo lograr una dieta usual
nutricionalmente adecuada, es decir, que tenga una probabilidad baja de inadecuación
por defecto o exceso de nutrientes.
3.40. Tasa Metabólica Basal - TMB: es la energía utilizada para el metabolismo basal
referida a un periodo de tiempo, por lo general, se expresa como kilocalorías/24 horas.
Representa el valor mínimo de gasto energético compatible con la vida; se mide en
¿Ante /11)/g
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO 00 3 u3 2016 HOJA No 8 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
4.2 Proveer información básica para establecer las normas y los valores diarios para el
etiquetado o rotulado nutricional de productos alimenticios.
4.4 Servir como marco de referencia para la actualización de las Guías Alimentarias Basadas
en Alimentos —GABA para la población colombiana.
4.6 Ser referencia básica para la planificación y evaluación dietética para individuos y grupos.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
N#1 OGAVIRIA
(." URIBE
e alud y Protección Social
¿rival-a> X9—
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO, C C03803 2016 HOJA No 9 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
ANEXO TÉCNICO
El presente anexo establece las bases técnicas para las Recomendaciones de Ingesta de Energía
y Nutrientes - RIEN para la población colombiana definiendo los valores de referencia para calorías,
proteína, carbohidratos, grasas, fibra, agua, vitaminas y minerales para los diferentes periodos de
la vida y grupos de edad con sus respectivas tablas en donde se registran los respectivos valores.
INDICE
1. BASES CONCEPTUALES 10
1.1. Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de
Energía y Nutrientes - RIEN. 10
1.1.1. Población aparentemente saludable: 10
1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: 10
1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores
de Referencia: 10
1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y
nutrientes establecidos para la población colombiana 11
1. BASES CONCEPTUALES
1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: Los períodos de vida y grupos
de edad utilizados para la expresión de las RIEN se presentan en la Tabla 1:
Tabla 1. Períodos de vida y grupos de edad utilizados para la expresión de las RIEN en la
población colombiana.
mk,)
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO •• 0038u0 2016 HOJA No 12 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
Se adoptan los requerimientos de energía establecidos por el Comité FAO — OMS - UNU
(2001), con base en la pertinencia de la metodología utilizada para su desarrollo, que reflejan
los avances en el conocimiento en este campo de la nutrición humana y considerando que se
ajustan a las características de la población colombiana.
Se adoptan las recomendaciones de ingesta para vitamina E del comité FAO - OMS (2001) el
cual estableció una "Ingesta aceptable" teniendo en cuenta que la principal función de la vitamina
E parece ser la prevención de la oxidación de los Ácidos Grasos Poliinsaturados - PUFA.
Para proteínas y el hierro se hacen ajustes para la población colombiana teniendo en cuenta
las características de calidad de la dieta que se consume en el país:
a) Proteínas: El Comité FNB -10M fija los requerimientos para una calidad de proteína del
100%, sin embargo, teniendo en cuenta que la dieta de la población colombiana es mixta,
se ajustan los requerimientos de proteína a partir de los 7 meses de edad y cero días
cumplidos, según los valores de digestibilidad (80%) y cómputo aminoacídico (90%),
según el criterio establecido por la Fundación Cavendes de Venezuela -para la dieta
latinoamericana.
Para Colombia se adoptan los valores de referencia de ingesta del zinc y vitamina l< del Comité
NHMRC de Australia - Nueva Zelanda, y además, para el zinc se aplican los ajustes y
correcciones del Grupo Consultivo Internacional de la Nutrición del Zinc (IZiNCG, 2004).
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO • 0 03 80 a 2016 HOJA No 13 de 26
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y
Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones".
Las MEN se aplican en todas las actividades de planeación y evaluación dietética, considerando
la variabilidad entre los individuos en cuanto a sus requerimientos y su ingesta, con el fin de hacer
una estimación más razonable del nivel del nutriente requerido para lograr adecuación nutricional,
prevenir déficit y efectos adversos para la salud por ingesta en exceso.
2.1.1. Planificación dietética para individuos: Se utilizan los valores de referencia de ingesta
para planificación dietética para lograr una dieta nutricionalmente adecuada, esto es, con
una probabilidad baja de inadecuación por deficiencia o exceso de ingesta de energía y
nutrientes.
En la Tabla 4 se muestra el resumen de los usos de los valores de referencia de ingesta para la
planificación en individuos y grupos.
Tabla 4. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la planificación dietética
en individuos y grupos.
2.2.1. Evaluación dietética para individuos: Los valores de referencia recomendados para
evaluación dietética en individuos son: El Requerimiento Promedio Estimado - EAR
que permite decidir con determinado nivel de confianza si la ingesta de un individuo
es adecuada; la Ingesta Adecuada - Al se utiliza para nutrientes que no tienen valor
de EAR, no se debe usar como punto de corte para estimar la proporción de la
población con ingesta inadecuada (deficiente); y el Nivel de Ingesta Máximo Tolerable
- UL que permite evaluar la probabilidad de inadecuación o riesgo de efectos adversos
por una ingesta excesiva del nutriente. También se utilizan el Requerimiento de
Energía - ER y el Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes - AMDR.
En la Tabla 5 se presentan los usos de los valores de referencia de ingesta para la evaluación
dietética en individuos y grupos.
Tabla 5. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética
en individuos y grupos.
bla 8. Requerimiento promedio de energía para tres niveles de actividad física ligera, moderada y vigorosa respectivamente de hombres de 18 y
2,21
c6 r r r r r ni ni ni ni- r r r r N - N. N C‘i r r r .- r N Ci Ni
TI N CI) <0 CO CD in r N ni. ni a) en Ni CD LO r »- TI' N CD CO Cc) CD 0 r N-
q in.°in N-.. °a CC- elID ip in.In. en i'
-.. CD.C°.0).C)
Ci (0 (0 CO N- CC CO 0 0 O
r r r r r r r r ni ni — r r r r r ni ni- r r r r r r ni CN-
N
0) N O) LO N CO I' 0) to o cm ai in ni co ni. ai in o N CS) LO N CO TI' O) LO O
eF ni- nt 0 CC) CO N- t-- CO O et er LO UD CO t-- 0),
9
ACTIVIDADVIGOROSA
kcal/k
REQUERIMIENTODIARIODEENERGÍADEACUERDOCONELFACTORDETMB (O PAL) YPESOCORPORAL
4.050
4.200
3.850
3.600
2.700
3.950
3.800
0 0 O
3.500
o o 0000 o
4.350
3.200
2.850
3.250
4.000
3.500
o o o
kcal
010 o in o o LO in o o in o in
eje N- r Lo cri tr) N co 0)r- r.
,
ele') ri ni: -1: ri ri ri Ni ni ni L-1 ri
57
Requerimiento promedio de energía para hombres de 18 a 29,9 años
o
48
47
1
•co
kcal/k
E
co e..) w- O) O CO CP CV ,-- 01 r--
55
0) en-
59
50
38
45
49
40
47
46
48
9
N
o
le
3.800
2.750
Requerimiento promedio de energía para hombres de 60 ai
2.900
4.200
40 3.900
3.2501
3.550I
3.450
1
2.550
3.000
00 o o o o o 0000 o o o 000
más años de la población colombiana,
kcal
Ln o Ln o Lo o in in o o o in o Ln Ln In LO
0' TI' 0 I-- 0) O CS) r N Ce) CD ni:
o
oj eo ri Ni ri ri nf ni ri cei ri ri N N 0 ci ri
PAL PARADOSNIVELESDE I
I
I
441
CD
kcal/k
otras disp osiciones".
37
r
43
o
9
LO LC) 0 TI' Tt Tt 'I' Tr Tt LO LO TI' TI' TI' 'U "I "U TI' 0 00 0 CD 09
TMB
ACTIVIDADMODERADA
2.450
2.650
2.750
3.000
2.900
3.900
3.0501
1
2.5501
3.600{
3.750{
1,90 x
000 0 0 0 0 0 0 O 00 0
2.800
3.500
o
2.750
kcal
INDICADO.
in o in in in o o o o o 10 10 o o
r o ni- co cs.) r N 0 It CO N 0 CD e-
00 0 0 ni ni Ni Ni Ni ri cri ni ni ni ri
l/
r 0) CO CO LC) TI' 0 CV N
kca
r
TMB
LO Cr TI. 't nr "Cr Cr Cr nr LO Tr TI' V Ce) Ce) Ce) el- CO Ce) CD O') CD 0 CO CO
1
3.050
2.750
3.600
2.550
2.050
3.200 I
2.8001
3.4501
1,75 x
0 0 0 O 0 0 0 0 O O 0 0 0 00
2.650
00 2.850
Kcal
LO 0 0 10 10 in in in in in in in in Ln ID 10 10
CO 0) 0 0 CO a C) r N C') r CT CO TI. 11, N- CO
I
34
1
l/kg
37
40
TMB
PAL PARA DOS NIVELES DE
TI' Ti' TY TI' el' Ce) Ce) Cc) C1 Tt 'I' `U Ce) 0 C1 CO 00 c” CO C1 0 Ce) Ce) N
kca
ACTIVIDADLIGERA
1,60 x
2.500
2.550
2.950
2.350
2.650
2.650
000 00 00 000 O 0 0 O O O O
3.300
2.600
2.800
2.900
l
O LO 0 LO LO 00 O 0 LO U) 0 O Llp LO 0 LO
kca
Cc') nt LO O r C1 l N- N- 00 O O) 0) 0 r N Tt
C‘i C‘i N ri ei ni ni ni ni ni ni r r ni ni ni ni
kcal/
2.750
2.850
L 2.050
2.4001
2.950
2.350
2.200
2.250
2.700
2.750
1,45 x
27
26
e» ra o co LO TI' TY Ce) Ce)
29
N-(OLC)TrCINNr CDNNrOCDCDO)C0
E -se u N CLI NNNNN NNNCNINNNN NNCLINNCTIr r r
I-
50
50
70
65
55 j
80
65
I
(eN)
0100 o 0 10
65
oupoino LOO Ln o Ln o
60
0103141021d in
LO (0
Li.) N- V- CO 0 O) CO N- N-- (DO) Lo I,- CO CO c»
0S3d
I Ta
Cont inuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de lngesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la poblac ión colombiana y se dic tan I
2,08I
Requerimiento promedio de energía para tres niveles de actividadfís ica ligera, moderada y vigorosa respectivamente de mujeres de 18 y
<O nt N O N LO r CO "7
(O 1
18,5
CO TI' N O N LO r ni :1- N O N LO r 00 It LO CO N CO CO O) O 0 r
LO «:), N CO CO 0) O r 11 Ck (2/ C5- "--
C‘i('4Ñ-
VALORESDEIMC
TALLA ( M) PARA
CD
21,0
CO N CD CO 09 0) LO r CID (l) O) LO r
":11 o_ co.(o.r-- co co a) o ni:Lo_ co,co,i-- co co m o
n1- Ln CD CO N CO CO O) O
r rrrr r r r Ni rr r r rr r r Ni -
24,9
1
ACTIVIDADVIGOROSA
u
al o 11 N r ro
57
52
O) N (O LO Cr) U) 0) CO nt N O CO nt N r CS) CO N
43
48
2,20 x TMB
in in Lo Tr ni- Tr m-
REQUERIMIENTODIARIODE ENERGÍADEACUERDOCONELFACTORDETMB (OPAL) YPESOCORPORAL
Y
o
2.850
3.2001
2.7001
0 00 00 0 00000 0 0 0O 00 0 0 0 000
3.700
34
38
37
46
44
48
m
s
a) a) CO
50
C0 (N
cc)
43
40
N N tO nr r CO (O r LO
48
2,05 x TMB
2.750
3.600
1 2.8001
00
1 2.500
0 O 00 O 00 O O O 0 0 O
2.650
3.000
O 00 0 0
o Ta Lo o in o o Lr) o LO LO 0 LO LO O O LO LO LO LO LO LO
CD U CO CO 0) ,— 09 nt LO CC) N Cr) 0 r N 0) CO cr LO CO CO 0)
wrzr Y
cri (i Ñ Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ni
más años de la población colombiana.
N N eg ri ("5 ni Ni Ni Ni Ni
1
I
I
O)
CSJ ..
co a) in ro Ni r o O) LO (N tr) c•)
37
CO
40
32
r CO LO 0) 0) CO ni-
40
47
TMB
7(5
— nr nr nr Tr Tr m- Ti- co 10 Ti 0) 0) el I' •:1" (O (") 01 01
PAL PARADOSNIVELESDE
o U
otras disp osiciones ".
Y
ACTIVIDADMODERADA
el
1,90 x
3.300
I
40 2.600
2.9001
2.750I
2.400
00 0 00 0 00 O 00 0 0 0 0 000 0
2.200
37 2.600
2.050
Tti LO LO LO LOO O Le) LO 0 LOO O O O 1.0 LO LO LO O
INDICADO.
a)
u
"ct Ce) N a LO •
cl- N r O O)
37
43
41
Tu ni- ni- ce) c'e) c,) co ro -a nt. 09 c,) er) m O) COCOCOCOCON
dio
U
Y
1,75 x
lequerimiento prome
prome
ACTIVIDAD LIGERA
000000000
2.700
0 0 0 0 00 0 0 0 0 0000 0 O 0
Ta o tr) o o Lo in o tr) lo o o in 14-) o o u-) O LO LO LO O O LO LO 0 O
U O r (O I1) CO OD 0) O r N N 0, ni' in in CO CO o o r N N CO cl- LO
Y
lequerimiento
Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ni Cti Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ni .L v- Ni Ni Ni Ni Ni Ni Ñ
40 1
37 1
43 1
I
1
a)
u
_ r a) CO LO LO ni' CO N CO (g r O C1) CO CO N r O O) 00 N-
34
34
1,60 x TMB
ES DE
,
1....
2.200
2.000
2,400
NIVEL
00 0
34 2.050
2.050
1.800
000 O O 0O O 00 0000 0 0 00
To In in o O Le) LO 0 O LOO LO O Lt, 10 11) O LO LO LO 0 0
U CO Cr) r CO nt Lt") N CO O).Q r ( \ 1 N e") nt N CO Cr) r N Cr)
Y r r N N N NN C‘i r e‘i N e‘i e \i e./ Cg r r r N NN
PAL PARADOS
30
33
25
39
37
26
1
O,
u
27
t0L000Nr r 0 CO r O) CO N nl' N r Cr) CO CC) nt
1,45 x TMB
2.300
2.050
oooooo 0 0 0 0 0 00 o
2.250
00 O 0 00000 0
Ta LC)00000 OLO LO O 10 10 O LO O LO inooLnootno
O co. co q 0 .— IN It LO N CO CC! ) O O r r LO CO N N CO O) O) O
Y r r N C‘i e‘i r r r r NI N C‘i
N ('i N r r r r r r r CV
23
26
22
24
I
I
Kcal
Er2 L''' L— r O 0) a) CO r O O) CO CO r--
22
TI
22
0) Lo "Lr LO r--
22
27
2 s N eg N NI N N NNr r r C‘J NN
1—
55
70
55
70
75
65
45
60
80
1
L.
Tabla 9.
PESO
O
55
50
O LO LO 0 LO ID O O LO LO LO LO 0 LO
oz
PROMEDIO LO CO VD N CO CO it LO (0(0 N CO Cr (0 (0
(kg)
1
I
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO 003803 2016 HOJA No 19 de 26
Tabla 11. Requerimiento adicional de energía durante la lactancia para la mujer colombiana.
PROTEÍNA
PERÍODOS DE LA VIDA /
EAR RDA AMDR I Al
GRUPOS DE EDAD
g/kg/dia g/kg/dia % l g/kg/día
Lactantes (meses)
0-6 ND ND ND 1,52
7-11 1 1,39 1,67 ND -
Niños y Niñas (años)
1-3 1,21 1,46 10-20
4-8 1,05 1,32 10-20
9-13 1,05 1,32 10-20
Hombres (años)
14-18 1,01 1,18 10-20
19-30 0,92 1,11 14-20
31-50 0,92 1,11 14-20
51-70 0,92 1,11 14-20
>70 0,92 1,11 14-20
Mujeres (años)
14-18 0,99 1,18 10-20
19-30 0,92 1,11 14-20
31-50 0,92 1,11 14-20
51-70 0,92 1,11 14-20
>70 0,92 1,11 14-20
Gestación (años)
Todas las edades 1,22 ó + 299 1,53 ó + 35 q 14-20
Lactancia (años)
Todas las edades 1,46 ó + 29 g 1,80 ó + 35 q 14-20
Convenciones: ND- No Determinado. Al - Ingesta Adecuada EAR - Requerimiento Promedio Estimado RDA - Aporte Dietético
Recomendado. Los valores de EAR y RDA han sido ajustados por calidad de proteína (digestibilidad 80% y cómputo aminoacídico
90%).
22 AGO 2016
RESOLUCIÓN NÚMERO 003803 2016 HOJA No 20 de 26
Se adoptan para Colombia, el valor de EAR y el RDA, para los nueve aminoácidos esenciales para
todos los grupos de edad, con excepción en el menor de 6 meses para quien se establece el valor
de Al.
Tabla 13. Ingesta adecuada de aminoácidos esenciales para población colombiana de niños de O a
6 meses, EAR y RDA de aminoácidos esenciales para niños y niñas entre 7 meses y 8 años de
edad.
GRUPOS DE EDAD
AMINOÁCIDOS
0—6
ESENCIALES 7-12 MESES 1-3 AÑOS 4 — 8 AÑOS
MESES
(mg/kg/día)
Al EAR RDA EAR RDA EAR RDA
Histidina 36 22 32 16 21 13 16
Isoleucina 88 30 43 22 28 18 22
Leucina 156 65 93 48 63 40 49
Lisina 107 62 89 45 58 37 46
Metionina + Cisteina 59 30 43 22 28 18 22
Fenilalanina + Tirosina 135 58 84 41 54 33 41
Treonina 73 34 49 24 32 19 24
Triptófano 28 9 13 6 8 5 6
Valina 87 39 58 28 37 23 28
Convenciones; Al - Ingesta Adecuada. EAR - Requerimiento Promedio Estimado RDA - Aporte Dietético Recomendado
Tabla 14. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de niños y niñas
entre 9 y 18 años.
Tabla 15. EAR y RDA de aminoácidos esenciales para la población colombiana de adultos (19
años y más), mujeres gestantes y lactantes.
PERIODO DE LA VIDA
AMINOÁCIDOS ESENCIALES ADULTOS 19 ANOS Y
GESTANTES LACTANTES
(mg/kg/día) MÁS
EAR RDA EAR RDA EAR RDA
Histidina 11 14 15 18 15 19
Isoleucina 15 19 20 25 24 30
Leucina 34 42 45 56 50 62
Lisina 31 38 41 51 42 52
Metionina + Cisteina 15 19 20 25 21 26
Fenilalanina + Tirosina 27 33 36 44 41 51
Treonina 16 20 21 26 24 30
Triptófano 4 5 5 7 7 9
Valina 19 24 25 31 28 35
Convenciones: Al - ingesta Adecuada EAR: Requerimiento Promedio Estimado RDA - Aporte Dietético Recomendado
Tabla 16. Recomendación de ingesta de grasa total, ácidos grasos y colesterol por grupos de edad
para la población colombiana.
Azúcares libres: Se adopta un valor guía de ingesta de azúcares libres para la población
colombiana correspondiente al 10% del Requerimiento Promedio de Energía por grupo de edad y
género.
Tabla 19. Recomendaciones de ingesta de agua total para la población colombiana, por grupos
de edad y género.
m alía
N- 00
1 - r- CNI Cr) "rt LO LO L.C, LO LO lt, LO 11) LO in 000 r-- N- r--
*1 N
ZZ
VITAMINAB12
pgidía
< o) r{ 03 ni- "1' '1' '1' '1' 03. ni' ni' (0 UD (.0 CO CO CO
O Ni. ri r‘i
0'- e- NÍ NNNi Ní N N N Ni c‘i" Ni Ni
CC
IY 1--0 11300000 U300000
< O' e- Ni- Ni- N i- Ni- Ni- r; cm- cm- C; N- Ni cm" c; c‘i Ni (-si
III
0000 0000 00 00
-I 00 000000 00 0000 oloo 0 00
0
00 0000cDio 0 00000 000 0 00
01 •
cl'
LOO
pg EFD/día°
•
-j 00
FOLATO
HOJANo 24de 26
CO
7
CI
mg/día
:ici
NIACINA
vacío.
< N (0 (O LO LO O N ni' ni' ni' el' ni' 03
O (O CO ,- r-
b
e r r e r
IY
CC VI
1.0 oNNNNN ah r e
<
EAR: Requerimiento Promedio Estimado; RDA: Aporte Dietético Recomendado; Al: Ingesta Adecuada;
r r e e e e r r r r r
r
III
1
Cri
Zr 0O
RIBOFLAVINA
RESOLUCIÓNNÚMERO
o 00
ce
I
ct ug co ..- 03 N CM 0) 0, N. NI_ NI.
0,9
< S S •
-- •
— r T.- S. S 00
N CO
< 00
TIAMINA
mg/día
ó
6ó r e "-
IX
CC ni' UD 1--- 0 0 0 0 N-- N N 000 NI N N NI NI NI
-0
00 Ó rr 00ó Ó00 r r r
(U
C> 0 0 0 0 O CD CD CD CD 0 C> 000 000
-J 00 000000 000000 000 000
0 C, LO N CO 0000 O O O O 00 00 0000
"Y 10
ÑÑÑÑ Ni N Ni Ni Ni Ni Ni Ni
00
71 "t N
mg/día
< 1000
O 101) in in o o o o t.0 0 U3 N tO (0 O N LO e NN
r CM "Y N- CD O O OI ni' 0 I--- N- N- N- 0000 r
CC
CC
a te,,, O c9 N N N LO O 0O O 0 0 000 (0
0) 88
I Gestación (años)
ILactancia (años)
ILactante (meses
Hombres (anos)
Convenciones:
VI DA/GRUPOS
PERIODOSDE
I Mujeres (años)
UL: Nivel
EDAD
00 O C3 CD ,--, ,,,00000 00 00
C°
DE
09 '9
LA
"- r? c° r '7 e? 1.? it- - ,- o? ,r,) r; re. °° COLO CO N
o r.2_ - 4 h
c a cn .-.-- A 4 vi ch e,
r
m' ,-cn
no ^ vi cl
y- r
c,
a
o
'ers
1
1
4.700
4.700
4.700
Continuación de la resolución "Por la cual se establecen las Recomendaciones de lngesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones
o
POTASIO
mg/día
O O 00 0 o 00
5.100
4.700
4.700
4. 700
4.700
4.700
4.700
3.000
3.800
------------------------
Cc
400
o Cc 000 O 00
< O in re- en N. S S r c-
ree- U) LO
o
mt ut uf ni < mr
o
1.900 1L.
o
)r1
•.
7c
—
r10
1
1
1
2.300
o O 000 O 00 00 00
2.300
2. 300
2.300
2.300
u) E
cri 0 -J 0
lO
0
en
000
en en e,
0
cm
CD O
e, N)
00
C,1 O,
00
CO C1
N N N N N N N N N N N
-
o 0 15
D o a =0
!-
-F
ri o zr-
co E
• w 00
-o 00 00
000000
000000
000000
000000
000
000
000
000
CO e_ 'cel ree I.- O N Lo Lt) 10 Lí) in N in in in LO cn N in in en en en ce)
CA a
x
o_ (1)
3501
3501
3501
3501
x o
as
HOJA No 25 de 26
en en en LO in LO LO in LO in u, In in to
o- va
Al 1
ro ro cn ro cen on en re en en en en cn en
O O
'o) a
o
9
z _1 o co
en r-
RDA 1
D
de Ingesta Máximo Tolerable
MAGNESIO
o -
mg/día
I
1
1
420j
1
1
400
135 <
as
• Cg O O O O O O O O O o
410
360
310
320
350
420
400
80
0) O en mr N ect ni cm CO c0 r N
nre N en en on el en ro
-0• '-
CU (I)
1
4.000 1 2551
300
4.000 1 300
4.000 1 265
255
265
-o o
o s.-
EAR
000000 0 en O O
265
265
o o O cde n en LO LO O en 010
-0 nicncncnclen cm el N O
W
O 92
Convenciones: EAR: Requerimiento Promedio Estimado RDA: Aporte Dietético Recomendado; Al - Ingesta Adecuada; UL: Nivel
- 7eir I
ao
ULI
4.000 1
1
1
1
1
3.000
3.000
4.000
• rts
> 000 0 0 O
3.000
3.500
4.000
4. 000
4. 000
4.000
000 0 O O
O O O o u, LO
CO
Al 1
en en
7.
CO
• C
O 0
7:3 O
2W o u,
O e--
j
12 e-,
FÓSFORO
Ce Ce
mg/d ía
_
700
700
700
700
700
500
1
u) a
II x 00
1.250
LO Ln
EAR 1 RDA
700
700
700
700
700
700
460
E I' Ni cm
O0
•c z
E2
i
580
580
580
580
RESOLUCIÓNNÚMERO
E' n
rn1
580
u'r
oo
1.055
OLÉ) c":, 0 in
580
O co o Lo en
cpc) OD OD
en
O
03 Cn mr r r 101010 1010 LO
ED
3. 0I
2.500 1
2.000
2.500
41) zr
03 00 00 00 O 000000 000
2.000
(13 00 00 Cr O O 000000 000
O O en en cD O c 0 LO u
< en en o ce LO
LO
111 a D °»'?
co
en ,- <- N N ene) N N rei c.i c.i c.i (-Ni rei c‘i cNi c‘i
200
260
cc a> 11.1 •
TZ
2 -0
CALCIO
o
mg/día
W
as as o
— _
-7571
c
1.200
1.200
ea .2 w co O <D O 0000 en ceo o 0
1.000
1.000
1.200
O
4-, o < o 000 o 0000 000 0 O
.
o ea 0 O o o . co. o cn cn O cD cn C1 0 en O
o -o pro CC r r r r r r r r r r r
en c
C —
800
1
—o E 2
o a
x g O O g g00 g0
1.000
1.000
°oí
CC O O 000
-o o
800
eloo
ce ce
< 00 .
-000
111 10 (0 • ceD c0 03 • (0 (0
• <ti)
) r
up
o o
PERÍODOS DE LA VIDA /
GRUPOSDEEDA D
-o c-)
Lactantes (meses)
0 0
0 -O >,
I Mujeres (años)
o cni- (1 0
7 -. cre ..., r
i
c. CU
ir
0, z...;
.
(.1042 r r CO LO
A
en LO
vi
•e,
os vi
CD G) o
• c0 i°2 o
c
I
-
1
2,2
I
:c
hierro en la dieta colombiana. Durante la gestac ión se corrigieron para una
FLUORURO
co —
E — á r
C; C>
N na a a t NMMMMM MMM MM
8.000
lo 000 j
I
3.000
5.000
8.000
10.000
10000
I
10.000
lo 000
O 00 O 00
5.000
,a) -J
0 00
00 o
o 00
00
O
á óó ó
Q
óó ó
o
5D — o .,-.
•- —
•< G3 00
ON
U) '5
pg/día
NN
cobre
C _
1.000 I
1.000 I
(i)
CT3 o
-0 00 000000 000000
000
000
o t t
mm-
000000 000000 o mnn
CC3 NOMMMM NOMMMO - -
s-
- --
_
700
2 I)
340
700
1.000
7 7615 1
O_ 13
X ti) 00000 00000 000
a 2
i0000 t0000 000
HOJA No 26 de 26
EAR RDA Al I UL
'Y) c O 00
o
SELENIO
,
-C‘I
pg /día
o
-o (o
coco ti 00 000000 000000 000 000
12%del
U) 0 U)
CU a
i >-N
03 6
as 0000 0000 00 00
a) a 882222 822
UL
0000
-a 2
00 -
00 0 r r r r
u) o
NM r
o o
a f2 00
2 S'
Al
o!5
o.
O) —1
EAR1 RDA j
o D
2
o cr, 0 000000 000000 000 000
>.• >a M N00000 N00000 NNN
NNN
MON
NNN
O<
-o o
2w a)
000 MMM
12
n) ec-
00 000000 M00000
co DD o N00000 NMMMMMNCON 000
o_ <
,--0-0- NNN
tf)
CD
UL
a) •Tc .0
-,r o r- " ooo
al as a) 000
NM t t t t
000000
NM t tt
000
Mtt
000
M t
a> -a
CC
RESOLUCIÓNNÚMERO ,
E L- a)
a)
EARRDAJ Al
2 o O
.0 -5 1
co
E -5 -o m mi- mi- mi- m-
isi 2 o E n n mp (D oh- MM 000 rr
-,-,- .-0-
N
a)
6,5
3,0
E
o
I
•
CI (u co o 00000 000
6,5
• 17) > 0 °C
6,0
0 - O 00 '
0O
rí ni - .- ,- ,-- o cci cci co- crr cri $22
S 8)1}
25c
UL I:
I
co °
J
6 0NN LoLo LS tcOtO
EAR
0000
cri a- cri cr) cri cr; cri rr ,ri cri ro
• g 5 03 n
c
to an
DE EDAD
ILactantes (meses)
cao
PERÍODOSDE LA
4.1 -0
ILactancia (años)
Hombres (años)
c o o
n,
t o
0709
. 0000 0 :O 0000 O O
C.) ÇI
O C o
<
• .173
a>
a
r
o
-
I