Cortes de Burgos (1301) para niños
Las Cortes de Burgos de 1301 fueron reuniones importantes que se llevaron a cabo en la ciudad de Burgos, en el reino de Castilla, entre abril y mayo de 1301. Estas reuniones ocurrieron cuando el rey Fernando IV de Castilla era todavía un niño.
Según algunos historiadores, estas Cortes muestran lo mucho que los ayuntamientos del reino estaban involucrados en el gobierno. También demuestran que la autoridad del rey se había vuelto un poco más fuerte en Castilla durante la época en que Fernando IV era menor de edad.
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¿Quién convocó las Cortes de Burgos de 1301 y por qué?
Las Cortes de Burgos de 1301 fueron convocadas por la reina María de Molina, que era la madre de Fernando IV. También las convocó el infante Enrique de Castilla el Senador, hijo de Fernando III de Castilla y tutor del joven rey.
A estas Cortes asistieron personas muy importantes, como Diego López V de Haro, señor de Vizcaya, y Juan Núñez II de Lara, señor de Lara. También estuvieron presentes los representantes de los ayuntamientos de Castilla y de la Hermandad de las Marismas. Además, acudieron nobles y caballeros del reino. Sin embargo, no hay registro de que asistieran representantes de la Iglesia.
Poco después, se convocaron las Cortes de Zamora de 1301 para los reinos de León, Galicia y Asturias.
La reina María de Molina decidió convocar Cortes separadas para cada reino. Hizo esto para evitar que su cuñado, el infante Juan de Castilla el de Tarifa, Juan Núñez II de Lara y Diego López V de Haro estuvieran juntos, ya que no se llevaban bien.
Además, Fernando IV estaba en guerra con el reino de Aragón, que apoyaba a su primo, Alfonso de la Cerda, quien quería el trono de Castilla. También había conflictos con el reino nazarí de Granada. Un año antes, el rey Muhammad II de Granada había tomado una parte de Jaén y conquistado Alcaudete. Este último lugar fue recuperado por el infante Pedro de Castilla, hermano de Fernando IV, en septiembre de 1312.
¿Cómo era la situación económica en Castilla en 1301?
La economía en Castilla era muy difícil en ese momento. Uno de los problemas más grandes fue una gran hambruna que afectó al reino en 1301. Algunos historiadores creen que esto fue causado por varias malas cosechas seguidas.
Los representantes de los ayuntamientos acordaron dar cinco "servicios" (dinero) al rey. Cuatro de estos servicios se usaron para pagar a los nobles que servían al rey. El quinto servicio se destinó a pagar unos documentos especiales que Fernando IV necesitaba para su matrimonio con Constanza de Portugal, hija del rey Dionisio I de Portugal.
La reina María de Molina envió una delegación al Papa Bonifacio VIII con 10.000 marcos de plata para pagar estos documentos. Sin embargo, el dinero no fue suficiente. Por eso, la reina María de Molina pidió prestada toda la plata labrada de Guzmán el Bueno, que valía 1.500.000 maravedís. Como garantía para devolver el préstamo, le entregó las villas de Marchena y Medina Sidonia.
Se conservan varias copias de las leyes y acuerdos de estas Cortes.
¿Qué decisiones importantes se tomaron en las Cortes de Burgos?
- Fernando IV confirmó los privilegios, leyes y buenas costumbres que las ciudades y villas del reino tenían desde tiempos de Alfonso VII de León y otros reyes anteriores.
- El rey ordenó que quienes no respetaran estas leyes pagarían una multa y compensarían los daños causados. También se aseguró de que las autoridades locales hicieran cumplir estas normas.
- Se prohibió la entrada a Palencia a ciertas personas que habían intentado entregar la ciudad a un noble en 1298. Si entraban, el ayuntamiento y los alcaldes debían castigarlos.
- Se decidió que los "merinos" (oficiales del rey) debían ser personas de confianza y de la misma región, para que respondieran por sus acciones.
- Fernando IV prohibió que las tierras del rey (realengo) pasaran a ser propiedad de la Iglesia o de nobles, ya que esto perjudicaba los ingresos del reino.
- Los clérigos (miembros de la Iglesia) también pagarían impuestos por las propiedades que compraran en tierras del rey, igual que el resto de la gente.
- Las quejas contra los oficiales del rey debían resolverse en el lugar donde ocurrieron, según las leyes locales, y no llevarse a la Corte del rey.
- Se prohibió que los nobles o personas poderosas compraran pleitos (disputas legales) para perjudicar a los ayuntamientos o a los habitantes. Si lo hacían, serían castigados.
- Fernando IV ordenó que se derribaran las fortalezas construidas en lugares abandonados o aquellas desde donde se cometían robos o crímenes.
- Los procuradores pidieron que los escribanos públicos (personas que redactaban documentos) judíos no estuvieran separados de los demás. El rey permitió que los ayuntamientos siguieran nombrándolos si era su costumbre, como en tiempos de Fernando III de Castilla y Alfonso X de Castilla.
- El rey prometió no convocar Cortes separadas para León y Castilla, aunque, a pesar de ello, en 1302 se volvieron a reunir por separado en Burgos y en Medina del Campo.
Decisiones sobre la Cancillería
- Fernando IV decidió que no se cobrarían gastos por las copias de las leyes de estas Cortes ni por las cartas relacionadas con ellas.
- Se ordenó que solo hubiera dos llaves para guardar los sellos reales en la cancillería (oficina donde se hacían los documentos del rey).
- El rey prometió que la cancillería no emitiría documentos que fueran en contra de los derechos y privilegios de las ciudades. Si esto ocurría, los alcaldes debían desobedecerlos e informar al rey.
Decisiones sobre los impuestos
- Los procuradores pidieron que no se cobrara el impuesto de la fonsadera en los lugares que estaban exentos. El rey aceptó para aliviar la carga de impuestos.
- Se decretó que las personas que no pudieran pagar impuestos no serían encarceladas si no tenían bienes para saldar sus deudas.
- Las herramientas de trabajo y los bueyes no debían ser embargados por los recaudadores si los deudores tenían otros bienes para pagar.
- Los habitantes no debían ser arrestados por impuestos sin ser escuchados primero. Los ayuntamientos no serían embargados por las recaudaciones.
- Los bienes confiscados a los enemigos del rey y entregados a personas o ayuntamientos para mantener murallas no debían ser reclamados.
- Los impuestos aprobados en estas Cortes no serían alquilados a terceros, y los caballeros, clérigos o judíos no podrían ser los encargados de recaudarlos.
- El rey se comprometió a nombrar personas honestas para recaudar impuestos en Castro Urdiales y Laredo.
- Castro Urdiales y Laredo estarían exentas de pagar los diezmos del pescado, como ya se había acordado antes.
Decisiones sobre el comercio
En las Cortes de Burgos de 1301 se tomaron medidas para mejorar el comercio y ayudar a la gente por la hambruna.
- Fernando IV ordenó que no se impidiera la circulación de alimentos entre los municipios del rey. Nadie podía embargar alimentos o los animales que los transportaban.
- Sobre la exportación de "cosas prohibidas" (como caballos, por su valor), el rey ordenó que los comerciantes no fueran detenidos en los caminos. Sin embargo, en los puertos se mantendría una vigilancia especial para evitar que estas cosas salieran del reino.
- Si alguien sacaba caballos u otras "cosas prohibidas" por primera vez, las perdería. La segunda vez, pagarían el doble de su valor. La tercera vez, su persona y bienes quedarían a disposición del rey, quien podría castigarlos como quisiera.
- Si alguien era acusado de sacar un caballo del reino y no se podía probar, quedaría libre. Pero durante dos años, tendría que explicar cómo lo vendió o entregó.
- Los extranjeros que sacaran caballos u otras "cosas prohibidas" de Castilla serían embargados y perderían lo que llevaran, pero no recibirían castigos corporales a menos que se escondieran.
- Fernando IV ordenó que todas las mercancías que salieran del reino por "la puente de Sant Vicente" (en San Vicente de la Barquera) serían confiscadas por el rey, y los culpables quedarían a su disposición.
Decisiones sobre los judíos
- Los procuradores pidieron que los judíos no tuvieran sus propios alcaldes, y que sus pleitos fueran resueltos por los alcaldes de cada villa o ciudad, elegidos por el rey.
- Fernando IV permitió que los prestamistas judíos reclamaran deudas hasta seis años después del préstamo, como ya había ordenado en las Cortes de Valladolid de 1299.
- El rey confirmó lo que Fernando III de Castilla y Alfonso X de Castilla habían dispuesto sobre los escribanos judíos y las deudas de los cristianos con prestamistas judíos.
- También ordenó que en los lugares donde era costumbre que los merinos o alcaldes se encargaran de las entregas de deudas de los judíos, podían seguir haciéndolo así.