¿Cómo accedo?
Perfil de ingreso
Se recomienda que la formación de las personas interesadas en este grado sea de perfil científico-tecnológico (R. D. 1467/2007, BOE del 6 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas) y que posea conocimientos de Matemáticas, Física e Informática de nivel de segundo de bachillerato. Al estudiantado de este grado deben interesarle las ciencias de la salud y la labor asistencial y clínica, dado el importante componente biosanitario de la profesión.
Vías de acceso al grado
Podrán solicitar la admisión a esta titulación las personas que reúnan alguno de los siguientes requisitos de acceso:
-  BACHILLERATO Y PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD (PAU)  : Aunque se pueda acceder desde cualquier modalidad de bachillerato, se recomienda haber cursado la modalidad  Ciencias  .
Se puede mejorar la nota de admisión para este estudio, realizando la fase voluntaria de la PAU. Las asignaturas de la fase voluntaria con sus ponderaciones para este curso académico se pueden consultar en la tabla 1. 
Las asignaturas de 2023 de ECONOMÍA DE LA EMPRESA del bachillerato anterior, ponderarán en 2025, pero no en 2026, con las mismas ponderaciones que las asignaturas EMPRESA Y DISEÑO DE MODELOS DE NEGOCIO, respectivamente.
TODAS las notas de las asignaturas de la PAU de 2023 se utilizarán para las ponderaciones en la Preinscripción de 2025, las de todas las asignaturas, aunque en 2023 no ponderaran.
- 
BACHILLERATOS ANTERIORES CON O SIN PAU SUPERADA:Con selectividad superada, se mantendrá la nota de acceso. Se podrá mejorar presentándose a la fase voluntaria de la PAU (tabla 1) y/o a la fase obligatoria completa. FORMACIÓN PROFESIONAL: títulos de técnico/a superior de Formación Profesional, técnico/a superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico/a Deportivo superior: se puede acceder desde cualquier familia profesional.Se puede mejorar la nota de admisión a estos estudios realizando la fase voluntaria de la PAU. Las asignaturas de la fase voluntaria con sus ponderaciones para cada curso académico son las mismas que para los alumnos provenientes de bachillerato y se encuentran recogidas en la (tabla 1). 
-  ESTUDIANTES DE SISTEMAS EDUCATIVOS DE PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA O DE OTROS ESTADOS CON LOS QUE ESPAÑA HAYA SUSCRITO ACUERDOS INTERNACIONALES AL RESPECTO. Se requiere acreditación de acceso, expedida por la UNED.
Pueden reconocer o examinarse de asignaturas en las Pruebas de Competencias Específicas (PCE) que organiza la UNED (Universidad Nacional de Educación a Distancia) para mejorar su nota de admisión hasta 14 puntos, de acuerdo con el sistema de ponderaciones de la (tabla 1). 
-  ESTUDIANTES DE SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS, previa solicitud de homologación del título de origen al título español de bachillerato, podrán examinarse de un máximo de 6 asignaturas de las ofertadas en las Pruebas de Competencias Específicas (PCE) de la UNED (al menos, una asignatura troncal común).
Se les aplicará la tabla de ponderaciones de la (tabla 1) en caso de haberse examinado y superado asignaturas troncales de modalidad y/o de opción. 
- OTROS: titulados/as universitarios/as y asimilados/as, pruebas de acceso para mayores de 25 años (opción preferente: Ingeniería y Arquitectura), acceso con acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40 años), acceso para mayores de 45 años mediante prueba.
Acreditación B2 de español para la admisión
Dado que la docencia se realiza en español, y con el fin de asegurar que el alumnado es capaz de seguir todas las actividades formativas, se exigirá para la admisión del estudiantado procedente de países no hispanohablantes, la acreditación de un nivel equivalente a B2 de español, certificado por cualquiera de los organismos reconocidos por ACLES (Asociación de Centros de Lenguas de la Enseñanza Superior en España) y que debe estar verificado y validado en la acreditación emitida por la UNED. Además, a criterio de la Comisión Académica, se podrá establecer alguna otra prueba específica para verificar la adecuación del nivel de idioma del alumnado al de la titulación. Quedará exento de esa acreditación el alumnado que haya cursado sus estudios en sistemas educativos que empleen el español como lengua vehicular.
+info:
Notas de corte por cupo y año académico
| CURSOS | OFERTA DE PLAZAS | GENERAL | MAYOR. 25 | MAYOR. 40 | MAYOR. 45 | TITULADOS/AS | DEPORTISTAS | DIVERSIDAD FUNCIONAL | 
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2015-16 | 60 | 5,000 | 5,420 | --- | --- | 6,200 | --- | --- | 
| 2016-17 | 60 | 5,560 | --- | --- | --- | --- | --- | --- | 
| 2017-18 | 60 | 5,400 | --- | --- | --- | --- | --- | --- | 
| 2018-19 | 60 | 5,000 | --- | --- | --- | --- | --- | --- | 
| 2019-20 | 60 | 11,312 | 5,000 | --- | --- | 6,860 | 10,818 (Junio) | --- | 
| 2020-21 | 60 | 12,199 | 8,425 | --- | --- | 6,700 | --- | 5,000 | 
| 2021-22 | 60 | 12,527 | 7,380 | --- | --- | 8,910 | --- | --- | 
| 2022-23 | 60 | 12,430 | --- | --- | --- | 7,906 | 5,000 | 5,000 | 
| 2023-24 | 60 | 12,374 | 6,79 | - | - | 8,64 | 10,278 | 5 | 
| 2024-25 | 60 | 12,511 | 5 | - | - | 6,04 | 10,85 | 5 | 
Procedimiento de Admisión
- Para solicitar plaza hay que atenerse al procedimiento y plazos que se establezcan cada año. Información del procedimiento de solicitud de plaza (Preinscripción).
- Las personas admitidas deben formalizar la matrícula en los plazos que anualmente se establezcan en el calendario de matrícula. Información de matrícula.
Reconocimiento y transferencia de créditos
La Universidad de Alicante cuenta con una Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Estudios Oficiales que actualmente se encuentra en proceso de adaptación al Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.
Reconocimiento de créditos
- Se entiende por reconocimiento la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
- La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
Transferencia de créditos
- Se entiende por transferencia de créditos la inclusión en el expediente y en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. La transferencia de créditos requiere la previa admisión del estudiante en el estudio correspondiente.
- Los módulos, las materias o asignaturas transferidas al expediente académico de los nuevos títulos de grado no se tendrán en cuenta para el cálculo de la baremación del expediente .
- En los supuestos de simultaneidad de estudios, no serán objeto de transferencia los créditos obtenidos en los mismos, salvo que estos sean objeto de reconocimiento, o el estudiante renuncie a dicha simultaneidad, por abandono de dichos estudios.
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO, MÁSTER UNIVERSITARIO Y DOCTORADO
Reconocimiento de créditos obtenidos en estudios oficiales conforme a anteriores ordenaciones universitarias:
En el caso de créditos obtenidos en estudios oficiales de la UA regulados por el R.D. 1497/1987 o el R.D. 56/2005, el reconocimiento se realizará teniendo en cuenta la tabla de adaptación de créditos de las asignaturas de dichos planes de estudio con las asignaturas de los nuevos planes de estudio regulados por el R.D. 822/2021, de 28 de septiembre que acompañará a cada memoria para la solicitud de verificación de títulos de la Universidad de Alicante
En el caso de créditos obtenidos en otros estudios oficiales, estos se podrán reconocer teniendo en cuenta la adecuación entre los conocimientos asociados a las materias y/o asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, respetándose las siguientes reglas:
- que el número de créditos, o en su caso, horas, sea, al menos, el 75% del número de créditos u horas de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos, y
- que contengan, al menos, el 75% de conocimientos de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de crédito
Reconocimiento de créditos obtenidos en títulos de la actual ordenación y estudios no oficiales:
Los créditos podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos bien en otros módulos, materias, asignaturas o enseñanzas cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal, respetándose las siguientes reglas:
- que el número de créditos sea, al menos, el 75% del número de créditos de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
- que contengan, al menos, el 75% de conocimientos de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
- que confieran, al menos, el 75% de las competencias de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
En el caso particular de las enseñanzas de Grado, el reconocimiento de créditos deberá respetar además las siguientes reglas básicas:
- Siempre que el título al que se pretenda acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama, con la denominación, créditos y calificación de origen.
- Cuando el título al que se pretende acceder pertenece a una rama de conocimiento distinta de la de origen, serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
- En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos de fin de grado y máster
Reconocimiento de experiencia laboral y/o profesional:
- La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que confieran, al menos, el 75% de las competencias de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
A tener en cuenta:
El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.
No obstante lo anterior, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior o, en su caso, ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial.
Reconocimiento de créditos en programas de movilidad:
Los estudiantes que participen en programas de movilidad nacionales o internacionales suscritos por la Universidad de Alicante, cursando un período de estudio en otras Instituciones de Educación Superior, obtendrán el reconocimiento completo que se derive del acuerdo académico (Learning Agreement) establecido antes de su partida. Asimismo, serán objeto de reconocimiento los créditos cursados en enseñanzas oficiales regulados mediante convenios o acuerdos interuniversitarios que así lo recojan específicamente. En ambos casos, no será necesario el informe de las Comisiones de Centro o de Universidad, dado que dicho reconocimiento está sometido a compromisos previos.
Reconocimiento de asignaturas de Ciclos Formativos de Grado Superior
Los estudiantes con un Ciclo Formativo de Grado Superior podrá solicitar el reconocimiento de asignaturas en el Grado siempre que pertenezcan a la misma rama de conocimiento. El alumnado que solicite reconocimientos desde un ciclo formativo sólo debe presentar el certificado académico expedido por el centro de formación profesional.
Existen tablas de reconocimiento desde los distintos ciclos formativos a grados de la UA. Más información en los centros correspondientes.